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El Derecho


Enviado por   •  26 de Abril de 2015  •  421 Palabras (2 Páginas)  •  113 Visitas

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La ley: Es toda norma jurídica emanada de los órganos legislativos del Estado en la forma que prescribe la constitución para la formación de Leyes.

El contrato: El contrato es definido por nuestro C.C (art. 1133) como “una convención entre dos o más personas para constituir, reglar, transmitir, modificar, o extinguir entre ellas un vínculo jurídico”.

Caracteres del contrato:

1. El contrato es una convención: Involucra el concurso de las voluntades de dos o más personas conjugadas para la realización de un determinado efecto jurídico, que puede consistir en la creación, regulación, transmisión, modificación o extinción de un vínculo jurídico.

2. El contrato regula relaciones o vínculos jurídicos de carácter patrimonial, susceptibles de ser valorados desde un punto de vista económico. El carácter patrimonial de los vínculos jurídicos objeto del contrato es lo que permite distinguirlo de la convención propiamente dicha, la cual está reservada para las relaciones jurídicas de carácter extra patrimonial, tales como las relaciones jurídicas personales o familiares. (Ej.: Separación de cuerpos, matrimonio).

3. El contrato produce efectos obligatorios para todas las partes. Estas han querido y consentido en limitar sus respectivas voluntades al cumplimiento obligatorio del contrato.

Hecho ilícito: ocurre cuando una persona, denominada agente, causa por su culpa un daño a otra, denominada víctima, violando conductas o normas de conducta preexistentes, supuestas y tuteladas por el ordenamiento jurídico positivo.

Fundamento legal: El hecho ilícito está contemplado en el artículo 1185 del Código Civil: “El que con intención, o por negligencia, o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo. Ejemplo: Cuando ocurre un accidente automovilístico, por imprudencia de un chofer que estaba hablando por teléfono, sería el caso de un hecho ilícito.

Caracteres del hecho ilícito:

1. El hecho que lo genera consiste en un acto voluntario y culposo por parte del agente. El término culpa abarca no sólo la imprudencia y negligencia, sino también el dolo (intencional).

2. Se origina en el incumplimiento de una conducta preexistente o supuesta, que el legislador no la enumera ni especifica expresamente y la sanciona con la obligación de reparar. Esa conducta preexistente consiste en una actuación negativa (no hacer) del sujeto de derecho, que radica en no causar daños a otros por intención, negligencia o imprudencia.

3. El incumplimiento culposo de la conducta preexistente debe causar un daño, para que se pueda realizar la reparación del mismo. De no causarse un daño, el incumplimiento de la conducta preexistente será irrelevante desde el punto de vista del Derecho Civil.

4. El incumplimiento culposo de la conducta preexistente debe ser

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