El Sigecof
yogerluisaris11 de Julio de 2011
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2. EL SIGECOF
El sistema integrado de gestión y control de las finanzas públicas, como sistema central de la administración financiera, comprende todos los procesos involucrados en la formulación, obtención, asignación, uso, registro y evaluación de los recursos financieros del Estado, integrados en una misma base de datos, como un sistema informático único y lógico, que define normas y procedimientos, incorporando validaciones de autocontrol pertinentes, todo lo cual permite el registro y procesamiento de las operaciones presupuestarias, contables y financieras del sector público, regulados por la LOAF y demás leyes aplicables.
Las siglas S.I.GE.CO.F. significan:
Sistema Integrado
- Modelo desarrollado según la teoría de “sistemas”, como sistema abierto.
- Los sistemas y Subsistemas que lo conforman están interrelacionados entre si.
- Los Principios y Convenciones garantizan su integración.
- Asume una estructura modular y de niveles (Central – Local).
GEstión
- Esta vinculado con todas las actividades administrativas, presupuestarias, contables y financieras.
- Genera información oportuna, simplificada, pertinente y rápida.
- Es un apoyo eficiente para el proceso de la toma de decisiones.
- Los responsables de la gestión administrativa pueden desempeñarse con transparencia, eficacia, eficiencia y rendir cuentas apropiadamente.
COntrol
- Facilita el proceso de control de la administración de los recursos públicos.
- Viabiliza el proceso de evaluación del cumplimiento de objetivos y metas.
- Incorpora “validaciones” en el workflow y “rutas” como apoyo para el control interno y la auditoria.
- Permite la aplicación de los indicadores de gestión para el seguimiento, auto evaluación y control externo de la gestión publica.
F Se refiere a las finanzas públicas
En consecuencia:
“El SIGECOF, o sistema integrado de Administración Financiera, comprende el conjunto de leyes, principios, órganos, subsistemas, normas y procedimientos, que intervienen en la formulación, obtención, asignación, uso, registro y evaluación de la administración de recursos financieros del sector público, cuyo propósito central es la gestión eficiente de los mismos para el cumplimiento de los fines supremos del Estado”
El SIGECOF será administrado por la Oficina Nacional de Contabilidad Pública (ONCOP): mantenimiento; integridad; capacitación y adiestramiento de los funcionarios; realizar modificaciones, ajustes o mejoras al SIGECOF, en coordinación con los otros órganos rectores de la AFSP (R-4: Capitulo VI: artículos 31 y 32).
A N T E C E D E N T E S
El primer paso en la estrategia de creación del sistema financiero lo constituye el Decreto 570, del 23.01.95, cuando se formula y asignan recursos presupuestarios al “Programa de Modernización de la Administración Financiera del Estado”.
Luego, el programa se modifica y fortalece, según DECRETO 2.695, publicado en la G.O.Nº 36.572 del 02.11.1998 y allí se establece:
Artículo 1°|
“Se ordena elaborar el “Programa de Modernización de la Administración Financiera del Estado”, (PROMAFE) cuyo propósito será . . . .
• Desarrollar e implantar el “Sistema Integrado de Gestión y Control de las Finanzas Públicas” (SIGECOF).
• Fortalecer las funciones de control del gasto público y de auditoria interna en los organismos públicos ......
• ... Además, el Programa estudiará la redefinición y la reorganización de los órganos rectores de la administración financiera del Estado, para hacerlos más efectivos, eficientes y coherentes.
Igualmente en el Decreto se determina la Implantación del SIGECOF por ETAPAS:
1ª. Etapa: SIGECOF aplicable al Poder Nacional (2001).
2ª. Etapa: SIGECOF para los entes descentralizados funcionalmente sin fines empresariales (…Universidades…)
3ª.Etapa: Adecuación del SIGECOF a las Gobernaciones y Municipios.
3. BASAMENTO LEGAL DEL S I G E C O F
LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO (LOAFSP). Publicada en Gaceta # 37.029 del 05.09.2000 (Mod: G.O. 37.606 del 09.01.03; G.O. 37.978 del 13.07.04; G.O. 38.198 del 31.05.05).
En su Artículo 186 plantea que el Ministerio de Finanzas (MF) reestructurará el Programa de Modernización de las Finanzas Públicas a fin de que su objeto atienda prioritariamente a la implantación de los sistemas de administración financiera y de control interno; a la asistencia a los órganos rectores y a las labores de capacitación de los funcionarios de los organismos sujetos a las disposiciones de esta Ley; así como a la especialización de los consultores de dichos programas para integrar el personal de los órganos rectores.
Asimismo, en su Artículo 187 puntualiza:
“Sin prejuicio de lo establecido en el artículo 172 de esta Ley, la Administración Pública, antes del 31 de Diciembre del año 2002, ajustará sus estructuras y procedimientos a las disposiciones de esta Ley. Asimismo, el Ejecutivo Nacional dictará los reglamentos necesarios antes del 15 de Marzo de 2001”.
Los Reglamentos de La LOAF, promulgados son:
• REGLAMENTO Nº 1: “Del Sistema Presupuestario”. Publicado en G.O. Nº 37.348 del 18/12/01. Modif. Parcial: G.O. 5.592 del 27.06.02. Modif. Derogatoria: Decreto 3.776 G.O. 5.781 del 12.08.05, entrando en vigencia a partir del 01.01.06.
• REGLAMENTO Nº 2:“Del Sistema de Crédito Público”. G.O. Nº 38.117 del 28/01/05.
• REGLAMENTO Nº 3: “Del Sistema de Tesorería”.G.O. Nº 37.419 del 09/04/02.
• REGLAMENTO Nº 4: “Del Sistema de Contabilidad Pública”. G.O. Nº 5.623 Ext. del 29/12/02. Modf. Derogat. G.O. Nº 38.318 del 21/11/2005 (Decreto 4.099), por error material se publicó en G.O. Nº 38.333 del 12/12/2005 (corrección Art. 30).
Asimismo el Reglamento que parcialmente trata sobre el sistema de control interno, relacionado con el Título VI de la LOAF, es denominado “Reglamento sobre la Organización del Control Interno en la Administración Pública Nacional”, publicado en GO. 37.783 del 25.09.03.
La LEYORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (LOAP): G.O. 37.305 del 17/10/2001, que trata sobre la Organización y Funcionamiento del sector público.
Objeto de la LOAP:
• Regir la organización y funcionamiento de la administración pública y de los órganos y entes integrantes de la misma, tanto central como descentralizada.
• Regular los compromisos de gestión; promover la participación ciudadana y el control sobre las políticas y resultados.
• Normar lo relativo a los archivos y registros públicos
LOAP: Artículo 12
“La revisión y verificación de los procesos administrativos a los efectos de modificarlos, simplificarlos permanentemente informatizarlos, suprimir los innecesarios, aplicando los principios de economía, celeridad, simplicidad administrativa, eficacia, objetividad, imparcialidad, honestidad, transparencia, buena fe y confianza, según parámetros de racionalidad técnica y jurídica….”
La LEY ORGANICA DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y SISTEMA NACIONAL DE CONTROL FISCAL (LOCGR y SNCF) publicada en G.O. 37.347 del 17.12.2001. Esta ley define los elementos exigidos sobre Control y Evaluación de la Gestión.
Su objeto es:
• Regular las funciones de la CGR, el Sistema Nacional de Control Fiscal y la participación ciudadana en el ejercicio de la función contralora.
Órganos del control fiscal (Art. 24 y 26):
• La Contraloría General de la República.
• Las Contralorías de los Estados, Distritos, Distrito Metropolitano, Municipios y la Contraloría de la Fuerza Armada Nacional.
• La SUNAI.
• Las Unidades de Auditoria Interna.
• Lo integran también: las Máximas Autoridades y niveles directivos, el Poder Ciudadano.
• Los Ciudadanos. La Contraloría Social.
La LEY ORGANICA DE PLANIFICACIÓN (LOPLA), publicada en Gaceta # 37.323 del 13.11.2001 - Entró en vigencia: el 13.05.2002.
Su objeto es:
* Establecer las bases y lineamientos para la construcción, viabilidad, el perfeccionamiento y la organización de la planificación en los diferentes niveles territoriales de gobierno. * El fortalecimiento de los mecanismos de consulta y participación democrática en la misma.
Además, es importante señalar otras normas que constituyen en si mismas parte del basamento legal del SIGECOF contenidas en sus Manuales, Instructivos, Resoluciones y Providencias, Decreto-Leyes. Ejemplo: G.O. # 33.228 del 27-06-2001: “Instrucciones sobre el proceso de desconcentración, uso del Sigecof, desarrollo y aplicaciones informáticas y uso automatizado de toda la información”.
ORGANO COORDINADOR:
§ MINISTERIO DE FINANZAS (LOAF Art. 4)
ORGANOS RECTORES
§ OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO (Loaf Arts. 20 y 21)
§ OFICINA NACIONAL DE CRÉDITO PÚBLICO (Loaf Art. 96)
§ OFICINA NACIONAL DEL TESORO (Loaf Art.108)
§ OFICINA NACIONAL CONTABILIDAD PÚBLICA (Loaf Art.126)
§ SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE AUDITORIA INTERNA (Loaf Art.137)
§ MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO (Lopla Art.18).
§ CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA.
4. ASPECTOS FUNDAMENTALES DEL SIGECOF
Es importante conocer los aspectos conceptuales y metodológicos más resaltantes en los cuales se fundamenta el desarrollo del SIGECOF, muchos de ellos considerados como principios y requisitos del
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