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El cheque


Enviado por   •  30 de Agosto de 2015  •  Resúmenes  •  558 Palabras (3 Páginas)  •  116 Visitas

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Para concluir con los requisitos formales del cheque me voy a referir al del romano V, que se refiere al tomador o beneficiario, que dice: nombre de la persona a cuyo favor se libre o indicación a ser al portador. Dijimos que los mismos formularios que se hagan para emitir cheques a la orden se pueden utilizar para emitir cheque al portador y que basta con no poner ningún nombre en el espacio donde sugiere que se ponga el nombre del tomador o beneficiario para que el cheque fuera al portador, pero es importante que aquí establezcamos una diferencia que con este requisito formal del cheque y el de la letra de cambio y el pagaré; en la letra de cambio el 702 romano VI dice: nombre de la persona de quien ejerce el pago, y el pagaré el 788 dice en el romano III: nombre de la persona que ejerce el pago.

Si recuerdan ustedes al analizar estos requisitos yo les decía “un cheque no se puede emitir a favor de empresa porque las empresas no son personas sino que son cosas” entonces se emiten a favor del comerciante, si es sociedad se pone la razón social o la denominación, con esto último de la denominación es que puede haber problemas, limitarse a poner el nombre comercial como tomador o beneficiario en la letra de cambio o el pagaré, y les dije “en ese caso no surte efecto porque se incumple requisito”.

¿Será igual en el cheque? pues fíjense que no, el romano V dice: el nombre de la persona a cuyo favor se libre, pero en el cheque se dio una disposición especial, y es la de que “si el cheque se libra a favor de una empresa o establecimiento, tendrá validez a favor del titular de la empresa o establecimiento de que se trate” es el artículo 798, obvio esto marca una diferencia entre la letra de cambio y el pagaré. Un cheque si lo podemos emitir a favor de “Almacenes Siman” que si es nombre comercial, es una empresa y valdrá a favor de Almacenes Siman S.A. que es el titular de esa empresa, o si es un comerciante individual podemos emitirlo a favor de “Los Asados de don Toño” por decir algo, y el titular de esa empresa, que es empresa individual, a lo mejor es Antonio y llevara cualquier apellido ,y pues, para pedir ese pago del cheque lo que hay que comprobar es que yo soy el titular de esta empresa o de este establecimiento.

Inquieta por qué el legislador ha dado esta disposición, y se afirma que es porque no quiere que haya problemas en el pago del cheque por ser instrumento de pago, entonces lo que trata es de facilitar el cumplimiento de obligaciones, y no de crear obligaciones, como en la letra de cambio y el pagaré en que las obligaciones si deben de tener un acreedor persona, quien se va a favorecer en la letra es el acreedor cambiario inicial, el tomador o beneficiario del pagaré es persona, pero en el cheque no se trata de crear obligaciones, sino al contrario, se trata de cumplirlas, de extinguirlas, entonces lo que no se quiere es perjudicar pues el cumplimiento de las obligaciones

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