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El derecho. Aspectos Históricos


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2020  •  Resúmenes  •  604 Palabras (3 Páginas)  •  101 Visitas

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Aspectos Históricos

  • Derechos natural origen en él ius gentium que los Romanos invocaron para darle un tratamiento más humanitario a los pueblos conquistados y que reemplazó con normas jurídicas. Obligatorio para todos los hombres.

  • Durante la Edad Media la idea el derecho natural fue sostenida y defendida, entre otros, por algunos de los más altos exponentes del pensamiento cristiano como San Agustín (S. IV-V), San Isidoro de Sevilla (S · VII) y Santo Tomás de Aquino, quién es la consideraban básica para la organización de la sociedad y de la defensa de la personalidad humana frente a los abusos cometidos por el sistema feudal y los regímenes tiránicos.
  • Siglo XVI la teoría del derecho natural se prolonga con los españoles Francisco Suárez y Francisco de Vitoria, hasta adquirir nuevos perfiles en el siglo XVII con la contribución del holandés Hugo a Rocío (158 3 - 164 3) considerado como el pensador que formuló el concepto de derecho natural de manera más completa y el primero que la aplicó a las relaciones internacionales.
  • Derecho de naturaleza y de gentes (1672). Las diversas declaraciones de derecho promulgadas en circunstancias diversas a lo largo de los siglos XVII Y XVIII en Inglaterra, Estados Unidos y Francia.

Aspectos Sociales

  • Para evitar la anarquía el derecho limita el poder de los individuos particulares.

  • Para evitar el despotismo el derecho frena el poder del gobierno.
  • Reglas a las cuales debe sujetarse el hombre como integrante de una sociedad organizada. Al igual que de modo particular quienes gobiernan esta sociedad les competen no sólo cumplir sino hacer cumplir las reglas.
  • La ordenación de la razón para el gobierno común, dada y promulgada por quien tiene a su cargo el gobierno de la comunidad.
  • Sistema de normas que regulan la conducta humana en forma bilateral, externa y coercible.
  • Reglamentación de relaciones fundamentales para la convivencia y supervivencia del grupo social.

Aspectos Políticos

  • El derecho público se aplica a una persona soberana, en tanto que el derecho privado se aplica a personas no soberanas.
  • Todo derecho constituye una formulación de la voluntad del estado y es, por lo tanto, derecho público.

  • Derecho público corresponde al interés colectivo.

  • El derecho público si se establece entre un particular y el estado existiendo subordinación del primero al segundo en el derecho público las reglas se imponen mediante la fuerza o coacción, recorriendo a menudo al acto unilateral, o sea aquel que impone obligaciones a los gobernados sin su consentimiento.
  • Derecho público interno comprende: derecho constitucional, derecho administrativo, derecho penal, derecho procesal, derecho laboral, derecho Financiero.
  • Derecho público externo comprende:
  • Derecho internacional público
  • Derecho internacional privado

Aspectos Jurídicos

  • Derecho, en sentido objetivo, el sinónimo de norma jurídica, es así, lo establecido en un ordenamiento jurídico como forma válida de conducta.

  • Derecho en sentido subjetivo, en cambio, en su aceptación más estricta y restringida, el sinónimo de facultad jurídica, es decir, la pretensión jurídicamente válida que alguien puede interponer frente a la conducta ajena.

  • El derecho como facultad no se opone a la Norma, sino al de jurídico.
  • La noción de facultad jurídica cobra sentido en correlación con la del deber jurídico, pone de manifiesto que la expresión derecho subjetivo quiere decir, En rigor, derecho en sentido subjetivo.
  • Cossio: la norma es un deber jurídico, porque implica una conducta debida para eludir la sanción.
  • En el derecho como facultad, la voluntad del, puede ser uno de los elementos integrantes del supuesto de la consecuencia normativa.
  • Derecho público = derecho objetivo del estado.
  • Reglas jurídicas que se aplican a los particulares = derecho objetivo de los particulares.
  • Relación Jurídica (Coordinación) = contrato de compraventa o de arrendamiento.

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