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FUSION DE SUPUESTOS JURIDICOS


Enviado por   •  26 de Junio de 2015  •  839 Palabras (4 Páginas)  •  2.184 Visitas

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Para hablar sobre fusión de supuestos jurídicos, lo primero es saber que es un supuesto jurídico, pues bien el supuesto jurídico es el hecho abstracto, imaginario o ideal, que el ordenamiento jurídico considera capaz de producir un efecto en el ámbito del derecho al que le atribuye ciertas consecuencias. Cuando ese supuesto ocurra en la realidad será un hecho jurídico. Como por ejemplo:

Tenemos el caso de una persona que por llevar el nombre homónimo a otra y por cuestiones legales, decide cambiar de nombre, el capítulo cuarto del libro primero del código civil para el estado de Veracruz en sus artículos del 59 al 74 nos dice todo lo relacionado al respecto sobre condiciones, requisitos y casos en los cuales se podría llevar a cabo dicho acto, pero mientras la acción no se lleve a cabo sigue siendo un supuesto jurídico, pues la persona puede decidir o ejercer su derecho de hacer o no hacerlo.

Los supuestos jurídicos también pueden ser fuente de derechos, como el caso del supuesto de tener un hijo que traerá como consecuencia poder acceder a un subsidio por maternidad. Ese mismo supuesto jurídico también acarrea el nacimiento de derechos deberes emergentes de la patria potestad.

En ambos casos, para que se produzcan las consecuencias previstas normativamente (deberes, castigos o derechos) se necesita que ocurra el supuesto jurídico, la hipótesis contenida en la disposición legal.

En ciertos casos, como en el homicidio calificado, se necesita que sucedan todos los supuestos previstos en la norma, por ejemplo: que se haya dado muerte a otra persona y que se dé también la calificación, lo que puede suceder, entre otros casos, si se trata de un pariente contemplado en la ley penal.

Decimos que es abstracto pues el hecho puede o no suceder en la práctica, pero la ley lo considera posible en su concreción. Cuando ocurre se debe cotejar el hecho concreto con el supuesto contenido en la norma. En el Derecho Penal debe coincidir plenamente pues no se acepta la analogía.

Ahora bien tenemos la existencia de supuestos jurídicos simples y complejos, los primeros como su nombre lo dice parten de una sola hipótesis y los segundos, bueno estos se comprenden de dos o más hipótesis.

Por ejemplo:

Supuestos Jurídicos simples: La mayoría de edad o muerte natural de las personas.

Supuestos Jurídicos complejos: El homicidio calificado.

Cuando un supuesto jurídico se cumple o lleva a cabo en la vida real tenemos entonces un hecho jurídico. Un hecho jurídico es todo fenómeno de la naturaleza o del comportamiento humano que el legislador considere atribuirle consecuencia jurídica.

Los hechos

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