Fundamentos Teoricos De Venezuela
mariaclandes25 de Noviembre de 2014
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I.- MANDATO CONSTITUCIONAL
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sus principios fundamentales define la organización jurídico-política que adopta la nación venezolana como un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia. De acuerdo con esto, el Estado propugna el bienestar de los venezolanos, creando las condiciones necesarias para su desarrollo social y espiritual, y procurando la igualdad de oportunidades para que todos los ciudadanos puedan desarrollar libremente su personalidad, dirigir su destino, disfrutar los derechos humanos y buscar su felicidad.
Los principios de la solidaridad social y del bien común conducen al establecimiento de ese Estado social, sometido al imperio de la Constitución y de la ley, convirtiéndolo entonces en un Estado de Derecho. Estado social de Derecho que se nutre de la voluntad de los ciudadanos, expresada libremente por los medios de participación política y social para conformar el Estado democrático. Estado social y democrático de Derecho comprometido en el progreso integral que los venezolanos aspiran con el desarrollo humano que permita una calidad de vida digna, aspectos que configuran el concepto de Estado de Justicia.
Se corresponde esta definición con una de las principales motivaciones expresadas en el preámbulo de la Constitución, es decir, el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad verdaderamente democrática. Ya no solo es el Estado el que debe ser democrático, sino también la sociedad. Siendo democrática la sociedad, todos los elementos que la integran deben estar signados por los principios democráticos y someterse a ellos.
Se incorporan al texto constitucional, valores superiores del ordenamiento jurídico del Estado y de su actuación, la vida, la libertad, la Justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad individual y social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética pública y el pluralismo político.
En cuanto a la estructura del Estado venezolano, el diseño constitucional consagra su Estado Federal que se define como descentralizado y se regirá por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad que son características de un modelo federal corporativo.
En cuanto al territorio, se adoptó cambios importantes en la definición del espacio geográfico venezolano, se adoptó la expresión mas amplia de espacio geográfico para sustituir la de territorio, su organización política divide el territorio nacional en el de los Estados, Distrito Capital, dependencias federales y el de los territorios federales, mientras que el territorio se organiza en Municipios.
La ciudadanía expresa la condición jurídica o vínculo de una persona con el Estado, que le permite el ejercicio de los derechos políticos, sobre los derechos civiles se reafirma el derecho a la vida como derecho fundamental, base para disfrutar y ejercer los demás derechos. En cuanto a los derechos políticos, se concibe la gestión pública como un proceso en el cual se establece una comunicación fluida entre gobernantes y pueblo, implica modificar la orientación de las relaciones entre el Estado y la sociedad, para devolverle a esta última su legítimo protagonismo, y mas allá de eso, la responsabilidad de los servidores públicos de ser garantes del cumplimiento constitucional, elaborando productos públicos con niveles de conciencia y en el marco de las políticas enmarcadas en el contexto micro y macroeconómico.-
En cuanto a los derechos sociales y de las familias se consolidan las demandas sociales, jurídicas, económicas y culturales de la sociedad en un momento histórico en que los venezolanos y venezolanas se redescubren como actores en la construcción de un nuevo país.
La participación directa de la gente en la toma de decisiones para la solución de sus problemas y los de su comunidad, crea una nueva relación ciudadana que en el ámbito de los derechos sociales, desarrolla la solidaridad entre la sociedad, familia y Estado.
Los derechos económicos están establecidos en el derecho de los consumidores, a disponer de bienes y servicios de calidad y a un tratamiento digno y no discriminatorio, el derecho de propiedad se garantiza sin ambigüedades, en tanto la acción del Estado es considerada fundamental en la definición de un marco institucional apropiado para el crecimiento y el bienestar.
Uno de los aspectos mas importantes a considerar es el de los Deberes de los venezolanos y venezolanas, se consagra el deber de honrar y defender la patria, independientemente de cualquier tipo de posición ideológica, como una obligación consustancial con la nacionalidad.
El Poder Público adquiere especial significación al agregársele a las funciones tradicionales, la innovación de los denominados Poder Electoral y Poder Ciudadano. Se abre la posibilidad aun no concretada de colocar el Poder Judicial en función no solo de los lineamientos constitucionales como marco de referencia, sino de las leyes específicas orgánicas, especiales y demás, teniéndose la oportunidad para que este Poder, contribuya de manera ostensible al incremento de la ética, al empoderamiento de la nacionalidad como eje de comportamiento ciudadano, a la generación de la seguridad jurídica tan necesaria en momentos de cambios revolucionarios.
Las relaciones internacionales de la República responden a los fines del Estado en el ejercicio de la soberanía y de los intereses del pueblo, promoviendo la integración latinoamericana y caribeña. El estado venezolano debe promover a través de sus representaciones diplomáticas y consulares una suerte de plataforma de la realidad venezolana que consideramos de primer orden para apuntalar un nivel adecuado de conciencia nacional en nuestros funcionarios que coadyuve a la difusión sencilla y honesta de los objetivos revolucionarios en paz, democracia y libertad.
Mención aparte se merece los conceptos sobre el Sistema Socioeconómico y de la función del Estado en la Economía. El régimen socioeconómico no se define de manera rígida, consagrando los principios de justicia social, eficiencia, democracia, libre competencia e iniciativa, defensa del ambiente, productividad y solidaridad fuera de cualquier dogmatismo ideológico en la discusión sobre el papel del Estado y el del mercado, no hay una visión extrema de los contenidos sociales de todo sistema económico pero si una economía de respeto a la acción individual.
El Estado no puede estar ausente, se le asigna un rol fundamental como regulador de la economía en el aseguramiento del desarrollo humano integral, promover la creación de valor agregado nacional y de fuentes de trabajo, se garantiza la seguridad jurídica suficiente para fomentar, junto a los privados, el desarrollo armónico de la economía nacional y la justa distribución de la riqueza. Se plantea constitucionalmente un equilibrio entre Estado y Mercado, motorizando un Estado más eficiente y hacer del mercado un medio para satisfacer las necesidades de la población, en fin libertad a la iniciativa privada preservando el interés del colectivo.
El Estado es el ductor y orientador de las políticas macroeconómicas y sectoriales en la promoción del crecimiento y bienestar. Es esencial la acción reguladora del Estado para el establecimiento de un marco normativo de estabilidad que brinde seguridad jurídica a la actividad económica bajo la apertura a las inversiones extranjeras en igualdad de condiciones de la inversión nacional.
La estabilidad macroeconómica se establece con base en tres principios fundamentales a saber: equilibrio fiscal y un nivel prudente de deuda pública, autonomía del Banco Central de Venezuela en sus funciones, con claridad en la rendición de cuentas y coordinación y transparencia en las políticas macroeconómicas. El Estado se reserva constitucionalmente determinadas actividades económicas, en particular la minera y la petrolera, cuyo dominio puede hacerse de acuerdo con el sector privado, dejando claramente establecido que el Estado puede entrar en convenios de asociación con el sector privado para el desarrollo y la explotación de esas actividades. La nacionalización petrolera tiene rango constitucional, pero al mismo tiempo establece la posibilidad de continuar en convenios de asociación con el sector privado siempre y cuando sean de interés público y no desnaturalice el espíritu y propósitos de la nacionalización petrolera.
Por otra parte, el Estado debe ejercer acciones prioritarias en algunos sectores económicos para darle dinamismo, sustentabilidad y equidad al desarrollo económico, con el propósito de incentivar la actividad agropecuaria, la pequeña y mediana industria, el turismo, el sector de cooperativas y demás formas de economía popular, la producción de alimentos es esencial para el país, bajo el principio de la seguridad alimentaria para el acceso oportuno y permanente por parte de los consumidores.
Otro principio referido a la seguridad de la Nación, establece la corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad civil para dar cumplimiento a los principios de independencia, democracia, igualdad, paz, libertad, justicia, solidaridad, promoción y conservación ambiental y afirmación de los derechos humanos.
La Fuerza Armada Nacional unificada, con las características y especificidades de cada una de las fuerzas. Se permite que los integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad ejerzan el derecho al sufragio
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