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“HARAKIRI PATRONAL: avisos de rescisión de contrato. “


Enviado por   •  29 de Febrero de 2016  •  Ensayos  •  498 Palabras (2 Páginas)  •  584 Visitas

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ALUMNO. OSCAR HERNANDEZ ESCANDON.

“HARAKIRI PATRONAL: avisos de rescisión de contrato. “

El harakiri en japonés significa abrirse el vientre, es una práctica de suicidio ejercida en este país en un principio por la clase noble, es lo que realizan algunos patrones en sentido figurado cuando realizan una rescisión de contrato aunque este sea de forma justificada, principalmente por la inexperiencia, la falta de asesoría de un experto en derecho laboral .

En muchas ocasiones el patrón al querer aplicar la ley en un  despido justificado es condenado a pagar indemnizaciones muy elevadas.

En el art. 47 de la ley federal del Trabajo nos habla de las principales causas imputables al trabajador por las cuales puede ser rescindido su  contrato, algunas de las causas son las de: probidad y honradez por parte del trabajador, injurias cometidas contra el patrón o sus familiares, haber faltado más de 3 veces en un periodo de 30 días y por presentarse a trabajar en estado de embriaguez todas ellas razones justificadas para despedir a un trabajador.

Sin embargo este articulo nos habla de que si el patrón decide seguir los procedimientos legales en su mayoría de las ocasiones termina perdiendo el juicio laboral.

Una de las recomendaciones hechas hacia los patrones es la de asesorarse por su representante en derecho laboral antes de realizar una rescisión de contrato justificadamente y no solicitar la ayuda de figuras que  no tengan el conocimiento suficiente.

La ley nos dice que el aviso de rescisión de contrato debe formularse por escrito  y debe ser entregado al trabajador para que este lo firme,   en caso de que este se niegue a firmarlo el patrón tendrá que probar en un juicio la negativa de firma además de probar las causas de la rescisión.

También en caso de que el trabajador se niegue a firmar el aviso el patrón cuenta con cinco días para dar aviso  por escrito a la junta de conciliación y arbitraje que a su vez esta deberá notificar al trabajador.

Es muy importante observar los siguientes puntos ya que si se cumple alguno de estos el despido se considerara INJUSTIFICADO.

  • El aviso de rescisión no sea elaborado por un experto.
  • El trabajador se niegue afirmar el aviso de rescisión.
  • El patrón no de aviso a la Junta de Conciliación y Arbitraje dentro del tiempo estipulado.
  • El patrón no acredite las causales de rescisión durante el procedimiento.
  • O de que el patrón no acredite la negativa del trabajador a firmar el aviso.

Y al ser calificado como despido injustificado el patrón será condenado al pago de la indemnización que consiste en 90 días de salarió o bien la restitución del trabajador, además el pago de los salarios caídos desde la fecha del despido.

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