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INTESTADo


Enviado por   •  4 de Marzo de 2012  •  1.486 Palabras (6 Páginas)  •  1.101 Visitas

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SUCESION INTESTAMENTARIA A BIENES

DE xxxxxxxxxxxxxxxxx.

C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO

DISTRITO JUDICIAL DE VERACRUZ

MUNICIPIO VERACRUZ

PRESENTE

C. xxxxxxx, mexicana, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el ubicado en _________________, de esta Ciudad y Puerto de Veracruz, y autorizando en términos del artículo 89 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a los licenciados en derecho ____________________, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito, en mi carácter de cónyuge supérstite como lo acredito con el acta de matrimonio que anexo al presente escrito, y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 604, 605, 607, 608 y demás relativos del código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, vengo a denunciar para efectos de la apertura y radicación del juicio respectivo la sucesión intestamentaria de mi esposo xxxxxxx.

Para dar mayor claridad a la presente solicitud me permito detallar las siguientes consideraciones de hechos y preceptos jurídicos aplicables:

HECHOS:

1.- Mi esposo, el sr xxxxxxxxxxxxx., falleció en esta Ciudad de Veracruz, Veracruz., el día xxxxxxxxxxxx, según lo acredito con el acta de defunción que se anexa al presente escrito.

2.- La que suscribe xxxxxxxxxxxxxxx, contraje matrimonio con el cujus, el día xxxx de xxxxxx del año xxxxx bajo el régimen de Sociedad conyugal, tal como se acredito con la correspondiente acta de matrimonio que se anexa a la misma.

3.- De nuestro matrimonio procreamos una hija de nombre xxxxxxxxxxxxxx, quien nació el xxxxxxxxx; mi hija tiene su domicilio actual en la xxxxxxxxxxxxxde esta Ciudad y Puerto de Veracruz. Siendo que, sobre la particular, pido a su Señoría se sirva mandar notificar personalmente a mi hija en su domicilio, a efecto de hacerle saber la radicación de este juicio sucesorio y comparezca a deducir sus derechos, requiriéndole para que exhiba los documentos con los cuales acredite su entronque parental con el autor de la sucesión;

4.-El ultimo domicilio del de cujus fue el ubicado en xxxxxxxxxxxxxxxxde esta ciudad y Puerto de Veracruz, Veracruz.

5.- Bajo PROTESTA DE DECIR VERDAD que al momento del fallecimiento del autor de la sucesión, no sobreviven padres del de cujus, solo sobreviven la suscrita en carácter cónyuge y la descendiente directa en primer grado xxxxxxxxxxx, manifestando que el de cujus, no tuvo hermanos; razón por la que se promueve en esta vía intestamentaria, para que en su momento se dicte sentencia declaratoria de herederos.

6.-Bajo protesta de decir verdad que no habiendo disposición testamentaria, se solicita de su señoría ordene girar los oficios de rigor y estilo al Registro Publico de la Propiedad y el Comercio y encargada del Archivo de Notarias del Estado, para que informen si existe testamento alguno depositado realizado por el de cujus.

DERECHOS:

1. Al fondo es aplicable lo dispuesto por los artículos 1532, 1535, 1557 y demás relativos y aplicables del Código Civil para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

2. Determinan el procedimiento lo dispuesto por los artículos 604, 605, 607, 608 y demás relativos aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

3. Rigen la competencia lo dispuesto por el artículo 116 fracc. V del Código de Procedimientos Civiles para el para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

4.- TESIS JURISPRUDENCIAL. Registro No. 816090. Localización: Quinta Época. Instancia: Sala Auxiliar. Fuente: Informes. Informe 1952. Página: 88. Tesis Aislada. Materia(s): Civil

SUCESION LA LEY NO SEÑALA TERMINO PARA DENUNCIARLA.

La ley no señala término para denunciar una sucesión y pedir la radicación del procedimiento respectivo, y no puede señalarlo porque si lo hiciera, provocaría el absurdo jurídico de sacar bienes de un patrimonio para dejarlos sin titular, pues incluso para que el Estado (beneficencia pública), se adjudique bienes de una herencia, es indispensable la denuncia de ella en cualquier tiempo y su tramitación.

Amparo directo 7094/49. Ana María Castillo, sucesión de. 17 de octubre de 1952. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

5.- TESIS JURISPRUDENCIAL .- Registro No. 803092. Localización: Sexta Época. Instancia: Tercera Sala. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. Cuarta Parte, XXXIV.Página: 151. Tesis Aislada. Materia(s): Civil

SUCESIONES. IMPRESCRIPTIBILIDAD DEL DERECHO A DENUNCIARLAS.

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