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IVA DESCONTABLE


Enviado por   •  23 de Septiembre de 2013  •  932 Palabras (4 Páginas)  •  961 Visitas

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IVA DESCONTABLE

Cuando hablamos de impuestos descontables, nos referimos al Impuesto a las ventas que puede ser solicitado como descuento en la respectiva declaración de IVA. El IVA descontable es aquel que esté discriminado en la respectiva factura de venta expedida por el proveedor del bien o servicio gravado.

El IVA descontable se contabiliza como un débito en la cuenta 2408, y con la subcuenta 240805 y también se puede registrar en la cuenta 240810. Cada empresa puede decidir si trabaja la subcuenta como 05 o 10.

Como IVA descontable sólo se puede incluir aquellos IVA pagados que tienen relación directa o indirecta con la generación del ingreso gravado. Si un IVA pagado no tiene esa relación, debe llevarse como un mayor valor del costo o del gasto, según corresponda.

Los impuestos descontables son:

a. El impuesto sobre las ventas facturado al responsable por la adquisición de bienes corporales muebles y servicios, hasta el límite que resulte de aplicar al valor de la operación que conste en las respectivas facturas o documentos equivalentes, la tarifa del impuesto a la que estuvieren sujetas las operaciones correspondientes; la parte que exceda de este porcentaje constituirá un mayor valor del costo o del gasto respectivo.

b. El impuesto pagado en la importación de bienes corporales muebles. Cuando la tarifa del bien importado fuere superior a la tarifa del impuesto a la que estuvieren sujetas las operaciones correspondientes, la parte que exceda de este porcentaje constituirá un mayor valor del costo o del gasto respectivo.

PRORRATEO

La responsabilidad el IVA recae sobre quien lo recauda, lo factura, y si este se equivoca, será su única responsabilidad, pues no se le debe trasladar la responsabilidad a quien anda tiene que ver, ni a quien la ley le delegado la responsabilidad, y que tampoco control alguno sobre el responsable encargado de recaudar el IVA que pudiera derivar una responsabilidad solidaria.

El IVA descontable puede ser directo e indirecto, dependiendo de cómo se relaciona con la actividad u operación económica:

 el IVA descontable directo puede ser objeto de prorrateo por tarifa

 el IVA descontable indirecto se manejan los dos tipos de prorrateo, por tarifa y por operaciones excluidas.

PRORRATEO POR TARIFA

El prorrateo o proporcionalidad por tarifa se debe efectuar cuando la tarifa del IVA generado es menor que la tarifa del IVA descontable, como por ejemplo un comerciante que obtuvo ingresos gravados a la tarifa del 16% y pago servicio de telefonía celular por valor de $50 millones más el 20% de IVA, por consiguiente tiene un IVA descontable de $10 millones (50.000.000 X 20%), sin embargo el IVA que tendrá el tratamiento de descontable es de $8 millones (50.000.000 X 16%), porque la tarifa del descontable del 20% se debe limitar a la tarifa del generado del

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