Instancias De La Comision Nacional Del Ambiente En Nicaragua
cristalda24 de Agosto de 2013
681 Palabras (3 Páginas)341 Visitas
Según el Arto.6 del Capítulo I, Título I de la Ley no. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Ambiente se creó como foro de análisis, discusión y concertación de las políticas ambientales. Esta funciona como instancia de coordinación entre el Estado y la Sociedad Civil para procurar la acción armónica de todos los sectores, así como órgano consultivo y asesor del Poder Ejecutivo en relación a la formulación de políticas, estrategias, diseño y ejecución de programas ambientales.
Según el Arto.7 de esta misma Ley, la Comisión estará integrada en forma permanente por los representantes de las siguientes instituciones y organismos:
• Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, quien lo presidirá.
• Ministerio de Economía y Desarrollo.
• Ministerio de Finanzas.
• Ministerio de Construcción y Transporte.
• Ministerio de Salud.
• Ministerio de Relaciones Exteriores.
• Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales.
• Instituto Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados.
• Un delegado de cada uno de los Consejos Regionales Autónomos del Atlántico Sur y Norte
• Un delegado de la Asociación de municipios de Nicaragua.
• Dos delegados de los Organismos no gubernamentales ambientalistas, uno de ellos en representación del Movimiento Ambientalista Nicaragüense.
• Dos delegados de la Empresa Privada: uno del Sector Industrial y otro del Sector Agropecuario.
• Un delegado del Sector Sindical.
• Un delegado del Consejo Nacional de Universidades.
• Un delegado de la Comisión del Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Asamblea Nacional.
La Comisión Nacional del Ambiente tiene como objetivos específicos:
• Promover el uso sostenible de los recursos naturales y la calidad del ambiente.
• Impulsar el desarrollo de foros, para plantear la problemática ambiental y sus posibles soluciones específicas y contribuir a su implementación.
• Promover el acercamiento con instituciones y organismos internacionales y multilaterales, que por su naturaleza tengan relación con el quehacer de la "Comisión", a través de intercambio de información, organización y/o participación de eventos, entre otras.
• Promover la concertación e involucramiento de los diferentes sectores de la sociedad en la gestión ambiental
Según el Arto. 8 del Capítulo III del Título I del Reglamento de la Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales la Comisión tiene como funciones:
• Servir de foro de análisis, discusión y concertación de políticas ambientales.
• Servir de órgano consultivo y asesor del Poder Ejecutivo en relación a la formulación de políticas estrategias, diseño y ejecución de programas ambientales.
• Promover el fomento de la investigación científico técnica en materia ambiental.
• Actuar como instancia de coordinación entre el Estado y la Sociedad Civil; en actividades de información, capacitación y divulgación; y como proponente de disposiciones, normas y reglamentaciones relacionadas con el medio ambiente.
• Promover y coordinar acciones de concientización a la población sobre la problemática ambiental, a través de campañas y proyectos específicos.
• Promover y gestionar la búsqueda de apoyo financiero a nivel externo e interno para el desarrollo de programas específicos aprobados por MARENA.
• Revisar en el plazo de un año a partir de su instalación, las Leyes, Decretos, Reglamentos y Normas, proponiendo según sea el caso su reformulación, reemplazo, complementación o reglamentación de acuerdo a su competencia.
• Elaborar su Reglamento Interno.
...