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JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO MARCELINO RAFAEL BERNARDO..


Enviado por   •  16 de Junio de 2016  •  Trabajos  •  1.382 Palabras (6 Páginas)  •  758 Visitas

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        JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO N°:_____________[pic 1]

CIUDADANA

JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO

DE PRIMERA INSTANCIA

DE  JALACINGO VERACRUZ

PRESENTE:

MARCELINO RAFAEL BERNARDO, AMELIA RAFAEL BERNARDO, EDUARDO RAFAEL BERNARDO Y  GALDINA BERNARDO GONZÁLEZ, los primeros tres en calidad de hijos y la ultima en calidad de concubina del de cujus, mexicanos mayores de edad, por derecho propio, señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones, los estrados de este Honorable Juzgado a su digno cargo,  autorizando para que las reciba en mi nombre y representación al Ciudadano Licenciado SALATIEL GARCIA OSORIO con Cedula Profesional 5829624, expedida por la Secretaria de Educación Pública  y en términos de lo dispuesto por el artículo 49 del mismo Código al Ciudadano Licenciado JESUS AVILA LAZARO, para que consulte los autos y tome apuntes de ellos, ante Usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:

Que venimos mediante el presente escrito y en términos de lo dispuesto por los artículos 1532, 1535, 1537, 1539, 1563 y demás relativos y aplicables del Código Civil vigente en nuestro Estado en íntima relación con lo que establecen los artículos 604, 605, 612, 616, 618, 620 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente en nuestro Estado, POR PROPIO DERECHO VENIMOS A DENUNCIAR LA SUCESIÓN INTESTAMENTARIA A BIENES DE NUESTRO DIFUNTO PADRE Y CONCUBINO RESPECTIVAMENTE, QUE EN VIDA LLEVARA EL NOMBRE DE AURELIANO RAFAEL GREGORIO, vecino que fue de la localidad de Juan Marcos perteneciente al Municipio de Altotonga Veracruz, lugar donde también tuvo su ultimo domicilio y el asiento de sus bienes, nos fundamos, para hacer la presente denuncia, en los hechos, documentos y disposiciones legales que a continuación pasamos a exponer:[pic 2]

H EC H O S

1.- Como lo justificamos fehacientemente con el acta de defunción número 00244, del libro  01, de fecha 18 de noviembre del año 2005, levantada ante la fe del Oficial Encargado del Registro Civil de la Ciudad de Altotonga Veracruz, con la que acreditamos el fallecimiento de nuestro difunto padre  y concubino respectivamente  AURELIANO RAFAEL GREGORIO, ocurrido en fecha 17 de noviembre del año 2005, en la Ciudad de Altotonga Veracruz, la cual agrego a la presente promoción como Anexo número 1.

2.- Nuestro difunto padre que en vida llevara el nombre de AURELIANO RAFAEL GREGORIO, estuvo unido en concubinato con nuestra señora madre GALDINA BERNARDO GONZALEZ y establecieron su domicilio en la Congregación de Juan Marcos sección  Segunda, perteneciente al Municipio de Altotonga Veracruz, de la cual se agrega acta de nacimiento bajo el número 01816, del libro 08, de fecha 15 de octubre del año 1996, levantada ante la fe del Oficial Encargado del Registro Civil de la Ciudad de Altotonga Veracruz.(Anexo núm.2).

3.- De dicha unión fuimos procreados los Suscritos que respondemos a los nombres de MARCELINO RAFAEL BERNARDO, AMELIA RAFAEL BERNARDO y EDUARDO RAFAEL BERNARDO, todos nosotros registrados ante el Oficial del Registro Civil de la Ciudad de Altotonga Veracruz, lo cual acreditamos con nuestras correspondientes actas de nacimiento bajo los números 927, del libro 01,  de fecha de registro el día 08 de noviembre del año de 1976, a nombre de MARCELINO RAFAEL BERNARDO, el acta número 1123, del libro 01 de fecha de registro el día 25 de noviembre del año de 1979, a nombre de AMELIA RAFAEL BERNARDO y el acta número 00506, del libro 03 de fecha de registro el día 01 de marzo del año de 1985, a nombre de EDUARDO RAFAEL BERNARDO, las cuales agregamos a la presente promoción como anexo número 3.[pic 3]

4.- Para demostrar el entroncamiento familiar que nos unió con nuestro difunto padre y concubino AURELIANO RAFAEL GREGORIO, respectivamente, ofrecemos la información testimonial a cargo de las señoras VICTORIA LUCAS RAFAEL y ESPERANZA LUCAS RAFAEL, personas que conocieron a nuestro difunto padre y concubino, por ser originarias y vecinas de la misma Congregación comprometiéndonos a presentarlas ante este Juzgado el día y hora que se señale para que tenga verificativo la audiencia que previene el artículo 606 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado de Veracruz.

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