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JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE.


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2016  •  Ensayos  •  702 Palabras (3 Páginas)  •  208 Visitas

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VS

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EXP: _____________

H. JUNTA

DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

P R E S E N T E.

_________________________________________ con la personalidad que ostentamos en el expediente al rubro indicado, comparecemos respetuosamente para exponer lo siguiente:

Que por medio de este escrito, venimos a RENUNCIAR al poder que nos fuera otorgado por el C. _______________, en lo particular se enfatiza que se renuncia a dicho poder aún y cuando nunca fuera aceptado, ni expresa ni tácitamente por alguno de los antes mencionados, manifestaciones que realizamos para los efectos legales conducentes.

En consecuencia, se solicita se le notifique personalmente al actor _________________, en el domicilio ubicado en _______________, la renuncia al poder realizada a efecto de que no quede en estado de indefensión en el presente juicio y este en posibilidad de comparecer a juicio sin que sea vulnerada su garantía de audiencia.

MANDATARIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL. SU RENUNCIA DEBE NOTIFICARSE PERSONALMENTE AL MANDANTE EN EL DOMICILIO QUE APAREZCA EN AUTOS.

Si en el contrato de mandato: A) El mandatario asume una obligación que pudiera derivar en autónoma en la materia litigiosa, pues debe practicar, bajo su responsabilidad, cuanto sea necesario para la defensa de su poderdante. B) La relación entre ambos es reveladora de la naturaleza de este contrato que involucra como elemento fundamental la confianza que el mandante deposita en el mandatario, es decir, se celebra en atención a las calidades o cualidades del mandatario, por lo que es explicable que: C) El mandante no puede revocar el mandato, ni el mandatario renunciar a él, sin que previamente se haga la notificación correspondiente, pues la parte que revoque o renuncie el mandato en tiempo inoportuno, debe indemnizar a la otra de los daños y perjuicios que le cause. D) En el mandato judicial existe una razón toral para notificar personalmente al mandante la renuncia del encargo, que se refleja en la observancia de la garantía del debido proceso legal consagrada en el artículo 14 de la Constitución Federal, según se advierte del artículo 2603 del Código Civil Federal. E) Es en los tribunales laborales, y no en las partes, en quienes recae la obligación de velar porque esa garantía sea puntualmente observada, pues solamente conociendo los argumentos de los contendientes y las pruebas allegadas al sumario estarán las Juntas en aptitud de resolver a verdad sabida y buena fe guardada, de manera clara, precisa y congruente, según lo disponen los artículos 841 y 842 de la Ley Federal del Trabajo

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