JUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE
classic923Tesis27 de Octubre de 2013
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jUNTA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE
PRESENTE
MANUEL PEREZ LOPEZ, mexicano, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones en la calle madero # 1153 de la colonia centro de esta ciudad de colima, colima, autorizando para tales efectos a los CC. LIC. ERIC DE JESUS RAMIRES BARBOSA, LIC. JOSE DE JESUS ALVARES ANGUIANO, LIC IRVING IVAN GUDIÑO ROLON Y/O AL LIC. JOEL MAGAÑA ESPINOZA, ante esta h. junta, comparezco y
EXPONGO:
Que vengo por medio del presente escrito a demandar por la VIA LABORAL ORDINARIA LA INDEMNIZACIÓN POR EL MOTIVO DE DESPIDO INJUSTIFICADO que sufrí por parte de la empresa denominada “CONGELADOS CHULA VISTA SA de CV”, que se ubica en la calle Vicente guerrero # 159, colonia jardines de vista hermosa de la ciudad de colima, colima, por medio de su representante legal el C. JOSE ANGUIANO NEGRETE, por lo cual exijo las siguientes
PRESTACIONES:
A) INDEMNISACION CONSTITUCIONAL que consta de tres meses de salario integrado con base al salario integrado que percibía cuando laboraba en la empresa que es de $ 500.00 (QUINIENTOS PESOS M.N 00/100) salario integrado que percibía diariamente, que en total serian $45,000.00CUARENTA Y CINCO MIL PESOS M.N 00/100).
B) EL PAGO DE SALARIOS CAIDOS que se han suscitado desde que deje de prestar mis servicios el día 20 de Enero de 2011 lo cual es la fecha en donde se acabo la relación laboral con la susodicha empresa.
C) LOS SALARIO DEVENGADOS que han transcurrido, toda vez que trabaje todo el mes de diciembre del 2010, y lo que va del año en curso, hasta que se me despidió injustificadamente en la empresa antes mencionada en donde no se me ha pagado nada, todo esto asciende a $25,000.00 (VEINTICINCO MIL PESOS M.N 00/100).
D) LA PRIMA DE ANTIGÜEDAD que ha tenido el suscrito desde que inicio la relación laboral el 16 de enero del 2000 hasta que termino que fue el día 20 de enero del 2011, lo cual asciende a $13,440.00 (TRECE MIL CUATROSCIENTOS CUARENTA PESOS M.N 00/100).
E) EL PAGO DEL AGUINALDO concerniente al año 2010, que consiste en 90 dias de salario integrado, que asciende a la cantidad de $45,000.00 (CUARENTA Y CINCO MIL PESOS M.N 00/100).
Por las prestaciones anteriormente expuestas, proseguimos al siguiente capítulo de
HECHOS:
1.- El día 16 de enero del 2000, fui contratado como JEFE DE DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO por el C. JOSE ANGUIANO NEGRETE que funge como director general de la empresa “CONGELADOS CHULA VISTA SA de CV” prestando mis servicios laborales de lunes a sábado de 8:00 am a 4:00 pm.
2.- El mismo día firme un contrato colectivo de trabajo en donde se estipulo el puesto que desempeñaba en dicha empresa y el salario integrado que ascendía a $7,500.00 (SIETE MIL QUINIENTOS PESOS M.N 00/100) por quincena, es decir que percibía un salario integrado diariamente de $500.00 (QUINIENTOS PESOS M.N 00/100).
3.- La relación laboral que mantuve con la empresa antes mencionada, duro aproximadamente 10 años, en los cuales no tuve conflicto alguno con ninguno de mis compañeros de trabajo, así como tampoco con ningún directivo de la empresa, en la cual desempeñe de manera responsable mis obligaciones y asignaciones.
4.- El día 20 de enero del 2011, a las 8:45 de la mañana, me mandaron llamar del departamento de recursos humanos, ubicada en el tercer piso de dicho inmueble de la empresa, en donde se encontraba el director de recursos humanos el LIC. ANTONIO RODRIGUES HEREDIA, su asistente la C. IRIS MONSERRAT BARBOSA BRICEÑO, así como su secretario el C. SALVADOR CANO DIAS, en donde el director me informo con sus palabras “ te jodiste campeón, se te acabo la chamba”, por lo que yo le conteste que me explicara el motivo de mi despido, a
lo que me contesto “no
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