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JURISCONSULTO

samaelmagaly19 de Junio de 2015

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JURISCONSULTO : La persona versada en la ciencia de las leyes, que hace profesion de explicarlas o de dar respuesta sobre las cuestiones de derecho a los que le consultan.

Si quaeretur (dice Calderon en el libro primero de Oratote) quisnam jurisconsultos vere nominaretur, eum dicerem, qui legum et consuetudinis ejus qua privati in civitate uterentur, et ad respondendum, et ad agendum, et ad cavendum peritus esset.

Los antiguos daban á sus jurisconsultos el nombre de sabios y de filósofos, porque la filosofía encierra los primeros elementos del derecho, prohibiéndonos todo lo que es contra las leyes de la naturaleza, y porque así la filosofía y la jurisprudencia tienen igualmente por objeto el amor y la práctica de la justicia.

La institución del patronato de los patricios dió origen en Roma á la profesion de jurisconsulto, pues uno de los deberes del patrono era explicar la ley á sus clientes y defenderlos en sus litigios. Tito Caruncanio, gran Pontífice, fué el primero que dió consejo acerca de los negocios forenses á todos los que le consultaban, y su ejemplo fué seguido por otros como Manlio, Mucio Scevola, Trebacio y Sulpicio. Los jurisconsultos acostumbraban pasearse por el Foro, adonde acudian las gentes á buscarlos para pedirles sus dictámenes, siendo considerados como oráculos. Daban respuestas desde un asiento elevado, ex solio, tamquam ex trípode: acercábase el cliente, diciendo, licet consulere? el jurisconsulto respondía: consule: entonces aquel refería su asunto, y este concebía en una breve fórmula verbalmente ó por escrito su respuesta, casi siempre sin dar las razones: secundum ea quae proponuntur existimo, placet, puto, etc.

Cuando se ofrecían casos arduos y cuestionables, solían reunirse muchos jurisconsultos en el Foro, junto al templo de Apolo, y después de haber discutido el punto, lo cual se decía disputatio fori, manifestaban á la parte el dictamen que se había adoptado.

No solo interpretaban las leyes los jurisconsultos, sino que sacaban de ellas por vía de inducción decisiones nuevas que no siempre resultaban del texto, y guiados por las luces de la razón y de la equidad suplían los vacíos y las omisiones que eran naturales en leyes escritas, con demasiada concisión, que si decían mucho en pocas palabras no lo decían todo: y de aquí proviene que no solamente se les llamaba intérpretes, sino autores del derecho, legisladores, sacerdotes de la justicia y doctores de la verdadera filosofía.

Después que la jurisprudencia dejó de ser patrimonio especial de los patricios por la enseñanza pública que de ella hizo Caruncanio, cualquiera podía ser jurisconsulto, y desde entonces pudo decirse con verdad:

Tamen ima plebe quiritem Facundum invenies, solet hic defendere causas Nobilis indocti : veniet de plebe togata, Qui juris modos ac legum aenigmata solvat.

Mas Augusto restringió el ejercicio de la profesión y concedió tan solo a cierto número de jurisconsultos el derecho exclusivo de interpretar las leyes y dar decisiones, mandando que los jueces se conformasen con ellas. Calígula quiso abolirlos; pero Adriano les confirmó los privilegios que les había otorgado Augusto. Teodosio el joven y Valentiniano III, deseosos de hacer desaparecer la incertidumbre que nacía de las diferentes opiniones de los jurisconsultos que tenían autoridad en el foro y que hablan hecho, de la jurisprudencia un laberinto inextricable, creyeron poner remedio á este mal, estableciendo que no tuviesen fuerza de ley sino las obras de Papiniano, Cayo, Paulo, Ulpiano y Modestino, que cuando estos jurisconsultos se hallasen divididos prevaleciese la opinión del mayor número, y que en caso de empate ó igualdad de autoridades en pro y en contra, se estuviese a la de

Papiniano.

Sin embargo, los que bajo las órdenes de Justiniano trabajaron en la formación del Digesto, hicieron uso, no solamente de las

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