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JURISCONSULTO


Enviado por   •  19 de Junio de 2015  •  917 Palabras (4 Páginas)  •  154 Visitas

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JURISCONSULTO : La persona versada en la ciencia de las leyes, que hace profesion de explicarlas o de dar respuesta sobre las cuestiones de derecho a los que le consultan.

Si quaeretur (dice Calderon en el libro primero de Oratote) quisnam jurisconsultos vere nominaretur, eum dicerem, qui legum et consuetudinis ejus qua privati in civitate uterentur, et ad respondendum, et ad agendum, et ad cavendum peritus esset.

Los antiguos daban á sus jurisconsultos el nombre de sabios y de filósofos, porque la filosofía encierra los primeros elementos del derecho, prohibiéndonos todo lo que es contra las leyes de la naturaleza, y porque así la filosofía y la jurisprudencia tienen igualmente por objeto el amor y la práctica de la justicia.

La institución del patronato de los patricios dió origen en Roma á la profesion de jurisconsulto, pues uno de los deberes del patrono era explicar la ley á sus clientes y defenderlos en sus litigios. Tito Caruncanio, gran Pontífice, fué el primero que dió consejo acerca de los negocios forenses á todos los que le consultaban, y su ejemplo fué seguido por otros como Manlio, Mucio Scevola, Trebacio y Sulpicio. Los jurisconsultos acostumbraban pasearse por el Foro, adonde acudian las gentes á buscarlos para pedirles sus dictámenes, siendo considerados como oráculos. Daban respuestas desde un asiento elevado, ex solio, tamquam ex trípode: acercábase el cliente, diciendo, licet consulere? el jurisconsulto respondía: consule: entonces aquel refería su asunto, y este concebía en una breve fórmula verbalmente ó por escrito su respuesta, casi siempre sin dar las razones: secundum ea quae proponuntur existimo, placet, puto, etc.

Cuando se ofrecían casos arduos y cuestionables, solían reunirse muchos jurisconsultos en el Foro, junto al templo de Apolo, y después de haber discutido el punto, lo cual se decía disputatio fori, manifestaban á la parte el dictamen que se había adoptado.

No solo interpretaban las leyes los jurisconsultos, sino que sacaban de ellas por vía de inducción decisiones nuevas que no siempre resultaban del texto, y guiados por las luces de la razón y de la equidad suplían los vacíos y las omisiones que eran naturales en leyes escritas, con demasiada concisión, que si decían mucho en pocas palabras no lo decían todo: y de aquí proviene que no solamente se les llamaba intérpretes, sino autores del derecho, legisladores, sacerdotes de la justicia y doctores de la verdadera filosofía.

Después que la jurisprudencia dejó de ser patrimonio especial de los patricios por la enseñanza pública que de ella hizo Caruncanio, cualquiera podía ser jurisconsulto, y desde entonces pudo decirse con verdad:

Tamen ima plebe quiritem Facundum invenies, solet hic defendere causas Nobilis indocti : veniet de plebe togata, Qui juris modos ac legum aenigmata solvat.

Mas Augusto restringió el ejercicio de la profesión y concedió

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