Joint Venture VS.
pamelauraSíntesis2 de Julio de 2014
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Joint Venture VS. Franquicia
Mariano Alonso, director general de mundoFranquicia consulting
1. - ¿Qué diferencias existen entre una Franquicia y un Joint Venture?
Una Joint Venture es una alianza estratégica, un acuerdo de inversión conjunta y a riesgo compartido entre dos o más empresas que puede tener por objeto la producción y/o comercialización de determinados bienes y/o servicios, o la apertura de nuevos mercados nacionales o internacionales.
Por su parte, una franquicia es un contrato de asociación comercial entre dos o más empresas jurídica y económicamente independientes que tendrá por objeto la comercialización de determinados productos o servicios mediante la explotación por el franquiciado de un modelo de negocio o actividad mercantil que el franquiciador venga desarrollando anteriormente con suficiente experiencia y éxito y que comprenda (i) la cesión de unos derechos de uso de marca, (ii) la transmisión de experiencias de negocio y conocimientos técnicos y (iii) la prestación de una asistencia técnica y comercial continua.
En la franquicia el franquiciado actúa por su propia cuenta y riesgo y es el que acomete las inversiones y afronta los costes de explotación y gestión del negocio.
2. - ¿Cómo se establece una Franquicia? Es decir, cómo funcionan, cómo operan, qué tipos o modelos existen, aspectos técnicos, operativos y legales importantes.
La franquicia es un acuerdo asociativo entre partes independientes que interactúan en un marco de libre competencia, de ahí que sea la defensa de esta competencia lo que fundamentalmente regirá la relación empresarial regulada por el contrato que ambas otorgan. Aunque el contrato de franquicia no tiene una legislación específica en nuestro ordenamiento jurídico (más allá de las obligaciones de información a potenciales franquiciados y de un registro de franquiciadores -RD 201/2010-), le será de aplicación una extensa relación de leyes y normativas. Pero es en el ámbito comunitario en el que la franquicia, al igual que cualquier otro acuerdo vertical y práctica concertada, donde la franquicia queda regulada a través de Reglamento 330/2010 de la Comisión. Es en este reglamento donde se establecen las prohibiciones y cláusulas que no pueden recogerse en los contratos de franquicia por afectar negativamente a la libre competencia de los otorgantes.
Al margen de estas prohibiciones (cláusulas negras), el acuerdo de franquicia es un acuerdo entre partes y en el que se puede pactar libremente (art. 1255 del Código Civil).
La franquicia es una triple estrategia - de negocio, de asociación y de crecimiento - que es preciso definir mediante la realización de un proyecto, así como su plasmación en documentos -informativos, contractuales y operativos- legalmente exigidos.
3. - ¿Cómo se establece un Joint Venture?
Se trata de un acuerdo de una alianza empresarial y no existen requisitos legales que vayan más allá de los que establece la propia legislación societaria. El acuerdo de joint venture por lo general consistirá en un mero contrato de colaboración empresarial, aunque si bien puede acudirse a la constitución de una Unión Temporal de Empresas (UTE). En todo caso, las empresas mantienen su independencia sin que exista la fusión entre ellas o la absorción por parte de alguna.
Los resultados financieros de la joint venture afectarán a las cuentas de pérdidas y ganancias de las empresas en los términos en las que éstas hayan pactado o, en caso de creación de una sociedad conjunta, en la cuenta de resultados de esta última.
4. - ¿Cuáles son las ventajas y desventajas de cada modelo? ¿Cuándo es más oportuno un modelo u el otro?
Tanto la franquicia como la joint venture son sistemas de asociación empresarial. Las mayores o menores ventajas y fundamentos de ambas opciones vendrán determinadas
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