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La Contestacion De La Demanda

andrewmm30 de Julio de 2013

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Contestación a Demanda

Desarrollo de la demanda CIUDADANO:

Juez Primero del Municipio Heres del Primer Circuito de la

Circunscripción Judicial del Estado BOLÍVAR.-

SU DESPACHO.-

Nosotros, DAVID ALFONZO MARTINEZ y RICARDO MANUEL AQUINO, Abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 125.612 y 124.942, actuando en nuestro carácter de co-apoderados judiciales de MARY YOLANDA CONTRERAS, Venezolana, con cédula de identidad numero 8.869.535, domiciliada en esta ciudad, acreditando tal representación mediante Instrumento Poder que nos fuera conferido y que anexamos marcado con la letra “A”, estando en la oportunidad procesal fijada por el Tribunal, damos CONTESTACIÓN A LA DEMANDA, en los siguientes términos CAPÍTULO I.

PUNTO PREVIO A DECIDIR EN ESTA CONTESTACIÓN.

En fecha 21 de febrero de 2011, la ciudadana ENEIDA MORENO, Venezolana, con cédula de identidad numero 8.869.535, domiciliada en esta ciudad, presentó demanda por ACCIÓN REIVINDICATORIA en contra de nuestra representada MARY YOLANDA CONTRERAS, alegando su condición de UNICA PROPIETARIA DEL INMUEBLE DISTINGUIDO CON EL NUMERO 42-B, Edificio 5-17-B, Piso 3, ubicado en el Sector 5 del Conjunto Residencial La Paragua, avenida Libertador de Ciudad Bolívar y cuya condición de única propietaria se deriva de venta que le hiciera el Señor ______________.- V.-7777777, según afirma la demandante en el libelo-----------

A esta demanda oponemos la cuestión previa prevista en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, es decir, “… que el asunto deba acumularse a otro proceso por razones de accesoriedad, de conexión o de continencia…” Ciudadano Juez, en fecha 28 de marzo del año en curso, fue admitida en el Juzgado segundo de Primera instancia en lo civil, mercantil, agrario y del transito del primer circuito de la circunscripción judicial del Estado Bolívar, demanda Por Nulidad Absoluta y Daños Morales, dicha causa quedó identificada con la Nomenclatura siguiente: FP02-V-2011-000453, en esta demanda estamos solicitando la Nulidad absoluta del documento de venta utilizado por el Prestamista ____________________________para supuestamente venderle el apartamento de nuestra representada a la parte actora de esta litis.

Como usted, podrá apreciar Ciudadano Juez, son dos causas, cuyo objeto es el mismo -el apartamento de nuestra representada- y en ambos se litiga su propiedad y nuestra representada se encuentra involucrada en ambas causas, en una es parte actora y en la otra es parte demandada, ciertamente se cumple lo establecido en el artículo 52 eiusdem, el cual establece los supuestos en los cuales es procedente la conexión.

En este mismo orden de ideas, Ciudadano Juez, se puede observar que ambas causas se encuentran en una misma Instancia, las dos causas han sido asignadas a tribunales civiles ordinarios y ninguna de las dos cursa en tribunal especial alguno, en ambos procesos el lapso de promoción de pruebas no está vencido y en las dos causas las partes demandadas han sido citadas para la contestación, como usted podrá apreciar, Ciudadano, Juez, ninguno de los hechos enunciados está previsto en el artículo 81 eiusdem, el cual establece los supuestos en los cuales no procede la acumulación de autos o procesos----------.

Por lo antes expuesto, es que acudimos ante su competente autoridad, a los fines de pedirle, como en efecto lo estamos haciendo, se sirva admitir el punto previo alegado, sustanciarlo conforme a derecho y en la definitiva declararlo con Lugar, con todos los pronunciamientos de Ley y emita auto ordenando la acumulación de esta causa a la causa FP02-V-2011-000453, que cursa en el Juzgado segundo de Primera instancia en lo civil, mercantil, agrario y del transito del primer circuito de la circunscripción judicial del Estado

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