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La Ocupacion


Enviado por   •  16 de Mayo de 2013  •  1.058 Palabras (5 Páginas)  •  233 Visitas

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LA OCUPACION:

Es el modo originario de adquirir propiedad que consiste en tomar poseción de una cosa apropiable y sin dueño, con la intensión de adquirir la propiedad.

Constan nos dice: “es el acto consistente en tomar la poseción de una cosa que no tiene dueño, con la intensión de hacerla propia”

La ocupación se encuentra establecida en el art 796 del Código Civil Venezolano:

“La propiedad se adquiere por la ocupación. La propiedad y los demás derechos se adquieren y trasmiten por la Ley, por sucesión y por efectos de los contratos.

Pueden también adquirirse por medio de la prescripción”

Tomando en cuenta que solo pueden ser adquiridas por ocupación las cosas muebles; pero no las inmuebles.

Porque en virtud del art 542 del Código Civil Venezolano se establece:

“Todas las tierras que estando situadas dentro de los limites territoriales carecen de otro dueño, pertenecen al dominio privado de la nación, si su ubicación fuere en el Distrito Federal o en territorio de dependencias federales, y el dominio privado del Estado si fuere en esta”

SUPUESTO PARA QUE EXISTA UN CASO DE OCUPACION:

1. EN CUANTO AL OBJETO ES NECESARIO:

a) Que la cosa sea apropiable: Que puedan estar a nombre de una persona.

b) Que la cosa no pertenezca a nadie: Ya sea porque nunca haya tenido propietario, o su dueño la ha abandonado. Por tanto, en nuestro derecho, la ocupación es un modo de adquirir cosas muebles, contando también con los casos de las cosas que podrían pertenecer a alguien pero no son reclamadas.

c) Que las cosas sean corporales: Que pueda ser percibida por los sentidos.

d) Que la cosa no sea universal: Que no se tate de un conjunto de bienes, sino de una individualidad.

El acto constitutivo de la ocupación es la toma de posesión de la cosa, para lo cual basta que el sujeto obtenga una disponibilidad de hecho sobre la misma, aunque no haya realizado su aprehensión en el sentido de la palabra, pero que verifique su intensión de adquirir la propiedad.

Como se requiere un acto internacional, el ocupante debe tener capacidad de ejercicio o negocial, sin embargo, domina la idea que basta simple capacidad natural de entender y querer ya que la ocupación no es un acto jurídico.

EFECTOS:

Produce la adquisición originaria de la propiedad, libre de cargas y gravámenes.

CASOS ESPECIALES:

• OCUPASION DE ANIMALES:

a) Respecto de los animales que son objeto de la caza o de la pesca: El Código Civil dispone que el ejercicio e estas actividades se regirá por leyes especiales y que no se permitirá introducirse en un fundo ajeno, contra la prohibición del poseedor para el ejercicio de la caza (art 798).

Debe observarse sin embargo que la propiedad del animal cazado o peseado pertenece al cazador o paseador, aunque haya violado las leyes especiales que regulan la caza o la pesca o aun cuando se hayan introducido indebidamente en un futuro ajeno. (Caso en el cual deberá pagar los daños y prejuicios cometidos).

b) Respecto de los animales de un fundo a otro: Existe una norma legal

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