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La Prueba Testimonial


Enviado por   •  22 de Febrero de 2014  •  Informes  •  455 Palabras (2 Páginas)  •  194 Visitas

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LA PRUEBA TESTIMONIAL.

Se concreta a hacer una narración de hecho formulada por tercera persona respecto de un hecho ilícito específico , podrá versar esta prueba en relación a las circunstancias particulares del sujeto activo de la relación delictual, podrán ser testigos cualquier persona sin calidad especial requerida por la norma es de destacar que en la materia penal no procede la tacha de testigos, no obstante a petición de partes se harán valer deberá constar actuaciones todas aquellas circunstancias que resten valor a los testimonios quedando obligados a declarar todas las personas que tengan conocimiento de los hechos investigados o sobre los que se sigue la instrucción empero, quedan exceptuadas de dicha obligación en términos de los dispuesto por el artículo 192 del CPPDF las siguientes personas, el tutor, el curador, el pupilo, cónyuge, patentes, por consanguineidad o afinidad en línea recta ascendente sin limitación de grados , ni las personas que están ligadas por amor , respeto o gratitud en relación con el inculpado aún cuando dichas personas pueden emitir su declaración si así lo desean, todo testigo rendirá su testimonio bajo protesta de decir verdad artículo 205 en relación con el 280 CPPPDF, exceptuando hechos con los menores de edad a quienes solamente se les exhortará para conducirse con verdad en la emisión de su testimonio . Los testigos deberán ser examinados por separado cuando haya que declarar sobre los mismos hechos en tal virtud el juzgado procurará que no ha comunicación entre ellos por sí o por terceras personas.

Si de las constancias de autos se advierten indicios que hagan sospechar que un testigo se condujo con falsedad o se denotan contradicciones manifiestas en su declaración, se pondrá a disposición inmediata del M.P. quien iniciará la averiguación previa respectiva.

Para que un testimonio cuente con valor probatorio pleno deberán ser analizadas las siguientes reglas:

1.- Que el testigo no sea inhábil por disposición del CPPDF

2.- Que tenga el criterio suficiente para juzgar el acto respecto del acto del cual emita su declaración.

3.-Que el testigo sea completamente imparcial.

4.- Que el hecho de que se trate sea susceptible de conocerse por medio de los sentidos

5.- Que conozca los hechos por sí y no por inducciones de otro.

6.-Que la declaración que rinda sea clara y precisa sin dudas ni reticencias respecto de la substancia o circunstancias esenciales del hecho.

7.-Que el testigo no haya sido obligado a declarar por fuerza o miedo ni impulsado por engaño error o soborno. Destacándose el hecho de que las medidas de apremio establecidas en el artículo 33 del Código Adjetivo para el D.F. No constituyen fuerza.

Esta prueba es funcional tanto para el M.P: como para la defensa y si en ella concurren las reglas supracitadas harán prueba plena en uno

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