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La Relacion Juridica


Enviado por   •  18 de Junio de 2014  •  358 Palabras (2 Páginas)  •  153 Visitas

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La relación jurídica

La generalidad de la doctrina manifiesta que la llamada relación jurídica es “un vínculo de persona a persona determinado por una regla jurídica” (clásica definición de F.K. von Savigny), o bien dice que la relación jurídica consiste en “un determinado comportamiento interhumano, conformado jurídicamente”.

Si nos detenemos a pensar en el significado de tales definiciones, correctas desde el punto de vista teórico, son tan abstractas que la pregunta seguirá siendo ¿qué es una relación jurídica? La respuesta es de tal sencillez que puede sorprender: en términos generales se habla de relación jurídica para referirse a todas las relaciones o situaciones sociales, de cualquier índole, que son susceptibles de ser contempladas jurídicamente. Por tanto, puede afirmarse en general que cuando las relaciones sociales son contempladas por el Derecho, cabe hablar de relaciones con trascendencia jurídica o, sencillamente de relaciones jurídicas. Ahora bien, sólo cuando estamos ante un interés merecedor de tutela jurídica y lícito, puede considerárselo objeto de una relación jurídica. Naturalmente, la determinación de qué intereses son dignos de protección y lícitos es el fruto de las valoraciones que en este sentido haga una sociedad en un concreto momento histórico: son valoraciones contingentes, tanto en el espacio como en el tiempo.

Dicho esto, se comprenderá que la abstracción de las definiciones a las que hacíamos referencia se debe a la amplitud y multiplicidad de situaciones o relaciones sociales que encajan dentro del concepto de relación jurídica. En efecto, si recordamos cualquiera de las actividades realizadas durante un día por cualquier ciudadano (usted mismo), posiblemente habremos de llegar a la conclusión de que la mayor parte de los actos de la vida cotidiana están sometidos al Derecho, salvo algunos inspirados por el altruismo o la buena educación (ceder el asiento en el ómnibus, ayudar a cruzar la calle a un niño o anciano) o en consideraciones de índole estrictamente personal (sentimentales, religiosas, etc.). Otra cosa es que, normalmente, no nos apercibimos en concreto de que subir a un transporte público, comprar el diario, tomar un café en un bar, respetar los semáforos, asistir a un cine o espectáculo... son actuaciones humanas que encuentran un marco jurídico de desarrollo.

Clasificación de

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