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La navegación y de la aeronáutica civil


Enviado por   •  29 de Junio de 2014  •  Trabajos  •  3.358 Palabras (14 Páginas)  •  182 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD DE FALCÓN

FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

INTEGRANTES

LUGO MARIA JOSÉ

22605155

La navegación y de la aeronáutica civil

En el año 2001 en Venezuela se materializó la actualización

de la legislación marítima venezolana, promulgándose el nuevo régimen de la

navegación en nuestro país, con la publicación de seis (6) leyes del sector, a saber:

Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares

Ley de Comercio Marítimo

Ley General de Marinas y Actividades Conexas

Ley General de Puertos

Ley de Procedimientos Marítimos

Ley de Zonas Costeras

Todo este conjunto de leyes introdujeron cambios fundamentales en el régimen

de la navegación venezolano, al crearse la jurisdicción especial acuática, con la

implementación de los Tribunales Marítimos de Primera Instancia y Superior con

competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, así como el procedimiento

especial para las causas marítimas que cursan ante dichos tribunales.

Por otro lado, la creación del Registro Naval venezolano, para la inscripción y

registro de buques de bandera nacional, la nueva autoridad acuática, con la creación

del Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos e Insulares (INEA).

En el ámbito privado, la ley de comercio marítimo actualizó la legislación

venezolana con el tratamiento de las más modernas figuras que caracterizan este

derecho, tomando como fuente de inspiración los más recientes convenios

internacionales en la materia.

Todas estas razones justifican la necesidad académica de llenar una laguna en

esta especialidad del derecho para contribuir con su desarrollo.

OBJETIVOS

GENERALES.

brindarle a los participantes un conocimiento teórico de alto nivel

académico en cada una de las instituciones del Derecho de la Navegación y

del Comercio Exterior en el campo nacional e internacional, mediante el

análisis del régimen legal, el estudio de la doctrina y la jurisprudencia, y en la

práctica de un método casuístico, que les permita a los estudiantes

desempeñarse con propiedad en cargos del área jurídica relacionados con la

actividad del comercio acuático, tanto en el sector empresarial, como de la

administración pública, lo mismo que en el ejercicio independiente de la

profesión de abogado.

Específicos:

• Promover la actividad investigativa en el área de Derecho Marítimo.

• Desarrollar y ejecutar investigaciones propias del Derecho de la

Navegación y Comercio Exterior.

• Ofrecer soluciones específicas a los asuntos relacionados con el Derecho

de la Navegación y con el Comercio Exterior, tanto teóricos como

empíricos, a nivel nacional e internacional.

• Actualizar el conocimiento del Derecho de la Navegación y del Comercio

Exterior en nuestro país.

• Promover estudios e investigaciones sobre los temas del Derecho de la

Navegación.

• Analizar y discutir las tendencias actuales del Derecho de la Navegación y

Del Comercio Exterior.

Ley de la marina

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular el ejercicio de la autoridad acuática en lo concerniente al régimen administrativo de la navegación y de la Gente de Mar, lo pertinente a los buques de bandera nacional en aguas internacionales o jurisdicción de otros estados, estableciendo los principios fundamentales de constitución, funcionamiento, fortalecimiento y desarrollo de la marina mercante y de las actividades conexas, así como regular la ejecución y coordinación armónica de las distintas entidades públicas y privadas en la aplicación de las políticas y normas diseñadas y que se diseñen para el fortalecimiento del sector.

Artículo 2. A los efectos de esta Ley la Marina Nacional comprende los buques de la Fuerza Amada Nacional, la Marina Mercante con el transporte marítimo, fluvial y lacustre nacional e intencional de bienes y personas, la marina de pesca, de turismo, deportiva, recreativa y de investigación, salvo lo dispuesto en contorno en forma expresa en esta Ley..

Artículo 3. A los efectos de esta Ley se consideran actividades conexas, sin perjuicio de otras relacionadas con el sector acuático, las siguientes actividades:

1. La industria naval de construcción, mantenimiento, reparación modificación y desguace de buques.

2.

...

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