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Latifundio


Enviado por   •  6 de Mayo de 2013  •  445 Palabras (2 Páginas)  •  378 Visitas

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Ahora bien, en fecha 1° de abril, 2000, entra en vigencia la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, instrumento legal que implica la derogación de la Ley Tutelar de Menores, tal y como se asienta en su Exposición de Motivos, y transforma la doctrina de la Situación Irregular al de Protección Integral, haciéndose referencia por este término, según la ya referida Exposición de Motivos de la citada ley ´…a un conjunto de nstrumentos jurídicos internacionales que constituyen su marco referencial.

Tiene su antecedente directo en la „Declaración Universal de los Derechos del Niño‟, y se condensa en seis instrumentos básicos…/ Estos instrumentos contienen disposiciones idóneas y suficientes que permiten construir un nuevo derecho para niños y adolescentes; propiciar un cambio en las instituciones sociales a fin de activar ese derecho y pasar del reproche individual de la situación del niño a una consideración estructural del problema.

El nuevo derecho, fundamentado en la doctrina de la Protección Integral debe respetar una serie de principios rectores que constituyen sus pilares fundamentales: el niño como sujeto de derechos; el interés superior del niño; la prioridad absoluta; la participación y el rol fundamental de la familia en la garantía de los derechos de los niños y adolescentes´.

´Como se observa, con esta nueva concepción se cambia la doctrina de que el menor no es sujeto de plenos derechos sino objeto de tutela por parte del Estado, a la consideración de niños y adolescentes como sujetos de plenos derechos, siendo este el objetivo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, tal y como se evidencia en su artículo 1°, al consagrar que: ´Esta Ley tiene por objeto garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción´. En este contexto, por niño debe entenderse, según definición del artículo 2 del citado instrumento legal, toda persona menor de doce años de edad y por

adolescente, toda persona con doce años o más y menos de dieciocho años de edad.

Para hacer efectivos estos derechos que la nueva normativa les reconoce a los niños y adolescentes, el legislador reguló a su vez en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, los mecanismos idóneos para garantizarlos, creando de esta manera dos sistemas diferenciados, tal y como lo afirma María G. de Morais de Guerrero : ´El Sistema de Protección del Niño y del Adolescente…y el Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente

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