MAPA EVACUACION
MGRANADO811 de Abril de 2014
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Plan de evacuación
Amenazas
Una Amenaza es la posibilidad de ocurrencia de cualquier tipo de evento o acción que puede producir un daño (material o inmaterial) sobre los elementos de un sistema, en el caso de la Seguridad Informática, los Elementos de Información. Debido a que la Seguridad Informática tiene como propósitos de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y autenticidad de los datos e informaciones, las amenazas y los consecuentes daños que puede causar un evento exitoso, también hay que ver en relación con la confidencialidad, integridad, disponibilidad y autenticidad de los datos e informaciones.
¿las salidas están identificadas?
• Si
¿Las puertas de salida se pueden abrir con facilidad?
• Si, pues no existen conflictos para abrir o cerrar
¿las salidas, corredores, pasillos o escaleras son apropiadas para circulación rápida en caso de evacuación?
• Si, aunque en las escaleras si salieran corriendo muchas personas podría causar algún accidente.
¿Hay extintores en el lugar? ¿Cuántos? ¿ En qué estado y en que ubicación?
• Si, 3 en la biblioteca,
¿Mangueras de incendio?
• No aun no se cuenta con eso.
¿Se dispone de elementos mínimos para atender emergencias: botiquines, escaleras, herramientas, etc.?
• Si, se encuentran en oficinas.
¿Qué sistemas de comunicación hay disponibles?
• Teléfonos, internet.
¿Están a mano los teléfonos de emergencia (bomberos, policía, asistencia sanitaria)?
• Si son inmediatos.
¿Hay sistema de alarma?
Si, se utiliza la misma que el toque para receso y salida o entrada
¿existe señalización de emergencia?
Si, una que te marca la ruta de evacuación
DEFINICION
Es el sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.
MARCO JURIDICO
LA LEY No. 226 DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO, EN EL ARTÍCULO 58, CAPÍTULO OCTAVO DE LA PLANEACIÓN, PREVENCIÓN Y CULTURA DE LA PROTECCIÓN CIVIL ESTABLECE QUE:
Las dependencias y entidades del sector público federal ubicadas dentro del territorio del Estado, así como las del sector público estatal y municipal, los propietarios o poseedores de fabricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, clubes sociales, deportivos y de servicio, centros educativos, hospitales, teatros, cines, discotecas, sanatorios, terminales y estaciones de transporte de pasajeros y de carga, mercados, plazas comerciales, centrales de abasto, gaseras, gasolineras, almacenes, bodegas, y talleres que manejan o almacenen sustancias peligrosas, y los inmuebles que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas, deberán contar con una Unidad Interna que implementará el Programa correspondiente, de conformidad con los dispuesto en la Ley y los lineamientos de los Programas Estatal y Municipal así como lo establecido por la Secretaría de Protección Civil.
ACTA CONSTITUTIVA DE LA UNIDAD INTERNA DE PROTECCION CIVIL
a) Selección de Personal.
b) Organización
c) Redacción del Acta Constitutiva.
d) Adecuación del Reglamento Interno.
e) Ubicación de la Unidad Interna.
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