Macroeconomia
sa10m331 de Mayo de 2013
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Índice
1.- Antecedentes y Origen………………….………..p.2
2.-Objetivos…………………………………………………p.3
3.-funcionamiento…………………………………………p.4
4.-forma de operar………………………………..……p.14
5.-impactos, logros o alcances……..……..………p.15
6.-concluciones…………………………………………..p.30
FONDO MONETARIO INTERNACIONAL
1.-Antecedentes y Origen
“El Fondo Monetario Internacional (FMI) busca fomentar la cooperación monetaria internacional, afianzar la estabilidad financiera, facilitar el comercio internacional, promover un empleo elevado y un crecimiento económico sostenible y reducir la pobreza en el mundo entero. Fundado en 1945, es administrado por los 188 países miembros ―casi todos los países del mundo— a los cuales les rinde cuentas.”
Por qué se creó el FMI y cómo funciona
La idea de crear el Fondo Monetario Internacional, también conocido como el “FMI” o “el Fondo”, se planteó en julio de 1944 en una conferencia de las Naciones Unidas celebrada en Bretton Woods, Nuevo Hampshire (Estados Unidos), cuando los representantes de 44 gobiernos acordaron establecer un marco de cooperación económica destinado a evitar que se repitieran los círculos viciosos de devaluaciones competitivas que contribuyeron a provocar la Gran Depresión de los años treinta.
Las responsabilidades del FMI: El principal propósito del FMI consiste en asegurar la estabilidad del sistema monetario internacional, es decir el sistema de pagos internacionales y tipos de cambio que permite a los países (y a sus ciudadanos) efectuar transacciones entre sí. Este sistema es esencial para fomentar un crecimiento económico sostenible, mejorar los niveles de vida y reducir la pobreza. Recientemente, el FMI ha clarificando y actualizado su cometido a fin de cubrir toda la problemática de la macroeconomía y del sector financiero que incide en la estabilidad mundial.
Un rápido vistazo al FMI
• Número actual de países miembros: 188 (i)
• Sede: Washington, DC, Estados Unidos
• Directorio Ejecutivo: 24 Directores, en representación de países o grupos de países
• Personal: Aproximadamente 2.503 funcionarios procedentes de 144 países
• Total de cuotas: US$360.000 millones (al 14-III-13)
• Recursos adicionales prometidos o comprometidos: US$1 trillón
• Préstamos comprometidos (al 7-III-13): US$266.000 millones, de los cuales US$166.000 millones permanecen sin girar (véase cuadro) (i)
• Principales prestatarios (monto acordado al 7-III-13): Grecia, Portugal, Irlanda.
• Principales préstamos de carácter precautorio (monto acordado al 7-III-13): México, Polonia, Colombia.
• Consultas de supervisión: Consultas concluidas: En 2011, 122 consultas y en 2012, 123 consultas
• Asistencia técnica: Prestación in situ en el ejercicio 2012; 246 años-persona
• Transparencia: En 2012, se publicaron alrededor del 91% de los informes preparados por el personal técnico en el marco de las consultas del Artículo IV y los relacionados con los programas (al 20-III-2013).
2.-Objetivos
Fines
Los fines del Fondo Monetario Internacional son:
• Fomentar la cooperación monetaria internacional por medio de una institución permanente que sirva de mecanismo de consulta y colaboración en cuestiones monetarias internacionales.
• Facilitar la expansión y el crecimiento equilibrado del comercio internacional, contribuyendo así a alcanzar y mantener altos niveles de ocupación y de ingresos reales y a desarrollar los recursos productivos de todos los países miembros como objetivos primordiales de política económica.
• Fomentar la estabilidad cambiaria, procurar que los países miembros mantengan regímenes de cambios ordenados y evitar depreciaciones cambiarias competitivas.
• Coadyuvar a establecer un sistema multilateral de pagos para las transacciones corrientes que se realicen entre los países miembros, y eliminar las restricciones cambiarias que dificulten la expansión del comercio mundial
• Infundir confianza a los países miembros poniendo a su disposición temporalmente y con las garantías adecuadas los recursos generales del Fondo, dándoles así oportunidad de que corrijan los desequilibrios de sus balanzas de pagos sin recurrir a medidas perniciosas para la prosperidad nacional o internacional.
• De acuerdo con lo que antecede, acortar la duración y aminorar el grado de desequilibrio de las balanzas de pagos de los países miembros
3.- funcionamiento
Sección 1.
Organismos que podrán mantener relaciones con el Fondo los países miembros mantendrán relaciones con el Fondo solo por conducto de su ministerio de Hacienda, banco central, fondo de estabilización u otros organismos fiscales semejantes, y el Fondo mantendrá relaciones únicamente con dichos organismos o por conducto de los mismos.
Sección 2.
Limitación de las operaciones y transacciones del Fondo
a) Salvo lo dispuesto en contrario en este Convenio, las transacciones por cuenta del Fondo se limitarán a las que tengan por objeto suministrar a un país miembro, a solicitud de este, derechos especiales de giro o monedas de otros países miembros con cargo a los recursos generales del Fondo, que se mantendrán en la Cuenta de Recursos Generales, a cambio de la moneda del país miembro que desee efectuar la compra.
b) De mediar una solicitud al efecto, el Fondo podrá tomar la decisión de prestar servicios financieros y técnicos, entre ellos la administración de recursos proporcionados por los países miembros, siempre que sean compatibles con los fines del Fondo. Las operaciones que la prestación de dichos servicios financieros entrañe no serán por cuenta del Fondo. Los servicios que se presten con arreglo a este apartado no impondrán ninguna obligación al país miembro que los reciba a no ser que este exprese su consentimiento.
Sección 3.
Condiciones que regulan el uso de los recursos generales del Fondo
El Fondo adoptará normas acerca del uso de sus recursos generales, incluso sobre los acuerdos de derecho de giro (stand-by) u otros acuerdos semejantes, y podrá adoptar normas especiales referentes a problemas específicos de balanza de pagos que ayuden a los países miembros a resolverlos de modo compatible con las disposiciones de este Convenio y que establezcan garantías adecuadas para el uso temporal de los recursos generales del Fondo
Todo país miembro tendrá derecho a comprar al Fondo las monedas de otros países miembros, a cambio de una cantidad equivalente de su propia moneda, con sujeción a las condiciones siguientes:
1) el país miembro utilice los recursos generales del Fondo conforme a las disposiciones de este Convenio y las normas que se adopten con arreglo a ellas;
2) el país miembro declare que necesita realizar la compra debido a su posición de balanza de pagos o de reserva o a la evolución de sus reservas;
3) la compra propuesta esté comprendida en el tramo de reserva, o no dé lugar a que las tenencias del Fondo en la moneda del país comprador excedan del doscientos por ciento de su cuota;
Sección 4.
Dispensa del cumplimiento de condiciones.
El Fondo podrá dispensar, a su discreción y en forma que salvaguarde sus intereses, el cumplimiento de cualquiera de las condiciones prescritas en la Sección 3 b) iii) y iv) de este Artículo, especialmente cuando se Art. V, Sec. 4
V. Operaciones y transacciones del Fondo 11trate de países miembros cuyos antecedentes indiquen que han evitado utilizar de modo considerable o continuo los recursos generales del Fondo. Para otorgar una dispensa, el Fondo tendrá en cuenta las necesidades periódicas o excepcionales del país miembro que la solicite. El Fondo también tendrá en cuenta la anuencia del país miembro a entregar como garantía prendaria activos aceptables cuyo valor sea suficiente, a juicio del Fondo, para proteger sus intereses, y podrá exigir como condición para la dispensa la prestación de dicha garantía real.
Sección 5.
Inhabilitación para utilizar los recursos generales del Fondo Siempre que el Fondo considere que un país miembro está utilizando los recursos generales del Fondo en forma contraria a los fines de este, presentará al país miembro un informe en el que se expondrán sus puntos de vista y le señalará un plazo razonable para que conteste. Después de presentado este informe, el Fondo podrá limitar el uso de
sus recursos generales por parte del país miembro. Si no se recibiera respuesta al informe en el plazo señalado o si la respuesta recibida no fuera satisfactoria, el Fondo podrá continuar limitando el uso de sus recursos generales por parte del país miembro o, después de darle aviso con anticipación razonable, declararlo inhabilitado para utilizar los recursos generales del Fondo.
Sección 6.
Otras compras y ventas de derechos especiales de giro que efectúe el Fondo
El Fondo podrá aceptar los derechos especiales de giro que un
participante ofrezca, a cambio de una cantidad equivalente de las
monedas de otros países miembros.
A solicitud de
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