Normas Juridicas
MaritzaMerazV26 de Febrero de 2015
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TIPOS DE NORMAS
Como bien sabemos las normas en general, son enunciados que no informan sobre aspectos de la realidad, ya que no dicen cómo son las cosas o los hechos, sino que prescriben cómo deben o deberían ser las conductas humanas con alcance general, imponiendo acciones o prohibiéndolas. Tales normas se caracterizan en razón del sujeto que las emite, de su exigencia, su cumplimiento y su ámbito de aplicación. Existen diversas normas, divididas en Normas Jurídicas, Morales, Religiosas y de Tracto Social.
Las normas jurídicas son las reglas de conducta, sancionadas por el Estado a través de sus órganos legislativos, por los procedimientos legalmente previstos, y que contienen sanción en caso de incumplimiento, estas son aplicables aun cuando el sujeto obligado las desconozca, ya que son heterogéneas, ajenas a la voluntad de aquél al que van dirigidas, y se suponen conocidas a partir de su publicación en el Boletín Oficial. Si no fueran sancionadas de acuerdo a los procedimientos legales, las normas jurídicas no serían válidas. Una norma válida puede caer en desuso y no ser cumplida por la población, por lo tanto podría no sancionarse su incumplimiento. En ese caso a pesar de ser una norma jurídica válida se dice que no se halla vigente. La característica esencial que tiene este tipo de normas es la “obligatoriedad” y la posibilidad que tiene la autoridad de hacerlas cumplir por medio de la fuerza.
Breves pero muy importantes ejemplos de estas normas son los siguientes:
• Manejar sólo si se tiene una licencia para conducir.
• No vender bebidas alcohólicas a menores de edad.
• No tirar basura en la vía pública.
• Es un delito robar.
Se dice que una norma jurídica es a su vez bilateral, externa y coercible, esto quiere decir que impone derechos y obligaciones, corresponde a la conducta que manifiesta el individuo de manera exterior y tiene la posibilidad de aplicar la fuerza por su incumplimiento, ya sea física, con la privación de la libertad o económicamente.
Por su parte las normas morales son las que el ser humano realiza en forma consciente libre y responsable con el propósito de hacer el bien, son propias del ser humano y su sanción en caso de incumplimiento es el remordimiento de conciencia. Las normas morales nacen con nosotros, pero las vamos rearmando día a día, en base a nuestras experiencias, de lo que nos enseñaron que se hace y qué no, y de los valores que se nos transmiten en el mundo en que vivimos. La moral social influye decididamente sobre la moral individual. La conciencia moral y sus normas, por ejemplo sobre la fidelidad, no serán iguales en el mundo occidental que en los países musulmanes. El conjunto de normas morales conforman un derecho no escrito llamado “derecho natural.”
Esta es una norma autónoma completa porque la autonomía viene dada en su cumplimiento. Por ejemplo la norma moral prescribe que debe decirse siempre la verdad y corresponde al sujeto determinar si aplicará o no tal forma., Incoercible pues no se puede exigir su cumplimiento, unilateral ya que sólo una de las partes la impone y no existe otra que pueda exigir su cumplimiento, e interna porque su campo de acción se inicia en la conciencia
Por lo general las normas morales coinciden con las normas jurídicas más las normas morales no pueden ser sancionadas por el estado.
En lo que corresponde a las normas religiosas, se trata de normas internas establecidas por una determinada religión o creencia cuyos principios acepta una persona, o bien, una religión o creencia en la que la persona participa, y cuyas normas acata y acepta como parte fundamental del desarrollo de la vida. Se trata de normas que, además de aceptar, cree y tiene fe en ellas y, por lo tanto, esas normas conforman su actuación en todos los aspectos de la vida.
Las normas religiosas de carácter
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