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Normas generales para la asignación de nombres


Enviado por   •  30 de Mayo de 2014  •  1.974 Palabras (8 Páginas)  •  226 Visitas

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Normas generales para la asignación de nombres

1. Normas generales para la asignación de nombres

El nombre de un proyecto de inversión es la máxima síntesis de lo que se quiere hacer y por lo tanto, debe ser válido para todo su ciclo de vida, debe ser representativo de la naturaleza del proyecto y además, debe tener las características de ser claro y preciso en cuanto a su identificación, es decir, debe necesariamente responder a las preguntas: a) ¿qué se va a ejecutar?, b) ¿sobre qué se va a ejecutar? y c) ¿dónde se va a ejecutar?. En este sentido, el nombre de un proyecto tiene que entregar información muy clara tanto a la autoridad como a la sociedad en general sobre el destino de los recursos de inversión, de manera que en cualquier instante el proyecto pueda por si sólo ser capaz de dar una señal muy precisa sobre la utilización o destino de los recursos públicos.

Para poder cumplir adecuadamente con esta finalidad, el nombre de un proyecto de inversión se debe estructurar en tres partes claramente identificables por sí sola, donde cada parte posee un nombre propio, a través del cual debe responder a las características que se le han asignado al nombre de todo proyecto: a) La primera parte se denomina Proceso y a través de ella siempre se debe responder a la pregunta: ¿Qué se va a ejecutar?; b) La segunda parte recibe la denominación de Objeto, y con ella se debe responder a la pregunta: ¿Sobre qué se va a ejecutar? y c) El tercer elemento recibe el nombre de Localización específica, y con su identificación se responde a la pregunta: ¿Dónde se va a ejecutar?.

El cuadro siguiente ilustra gráficamente como se debe representar el nombre de un proyecto de inversión en el Sistema Nacional de Inversiones Públicas:

2. Estandarización de los Nombres de un Proyecto

Proceso: Es la acción que caracteriza la naturaleza de la inversión en cualquier tipo de proyecto, por ejemplo: Construcción, Conservación, Ampliación, Capacitación, Vacunación, Diagnóstico, Censo, Investigación.

Objeto: Es la materia o motivo de la inversión en cualquier tipo de proyecto, por ejemplo: Escuela primaria, Centro de Salud, Carretera ruta CA - 13, Camino vecinal, Acueducto.

Ubicación Específica: Es la ubicación específica de la inversión en cualquier tipo de proyecto, representa el nombre exacto de la ubicación específica y está representado por el nombre del centro poblado, la aldea o el caserío. Corresponde en la práctica al nivel inferior de un municipio donde está localizado geográficamente el proyecto de inversión, por ejemplo: aldea Pajales, caserío Asunción, asentamiento La Esperanza.

En cuanto a la primera parte del nombre denominada proceso, existe un glosario de procesos válidos para los tipos de proyectos de inversión que tenga identificado en sus normas el Sistema Nacional de Inversiones Públicas.

Para realizar la identificación del objeto y la ubicación específica de un proyecto de inversión, existirá un espacio máximo de setenta caracteres, cuarenta de ellos para identificar el objeto y los treinta restantes para su ubicación específica. El objetivo de esta estandarización busca que los usuarios del Sistema Nacional de Inversiones Públicas puedan lograr la correcta identificación de la materia o motivo de un proyecto y el lugar específico en que éste se ejecutará.

La normativa para asignar nombres a los proyectos de inversión forma parte del componente normas e instrucciones de dicho Sistema y por ende, se adopta como obligatoria dentro del Sistema Nacional de Inversión Pública.

3. Objetivos de la Estandarización de Nombre

La estandarización de los nombres de los proyectos de inversión busca conseguir los siguientes objetivos generales: Que cada proyecto de inversión tenga un nombre propio dentro del Sistema Nacional de Inversiones Públicas;

 Que el nombre permanezca invariable durante todo el ciclo de vida del proyecto;

 Que a través del nombre del proyecto, se pueda tener una idea clara de lo que se pretende realizar con el proyecto;

 Que se pueda disponer de nombres uniformes para proyectos de inversión de una misma naturaleza.

4. Tipos de Proyectos de Inversión

El Sistema Nacional de Inversión Pública, con el objetivo de ordenar el proceso ha procedido en primer lugar a definir dos conceptos básicos en el tema de la inversión, como son los de inversión pública y de proyecto.

Por Inversión Pública se entiende los recursos que invierte el sector público para crear, incrementar, modernizar, reponer, reconstruir y mejorar la capacidad del país de producir bienes y servicios, con el propósito de incrementar el bienestar de la sociedad.

Por Proyecto de Inversión se entiende al conjunto de actividades planificadas y relacionadas entre sí, que mediante el uso de insumos generan productos dentro de un período de tiempo determinado, apuntan a solucionar un problema, promover el desarrollo o mejorar una situación específica.

Los tipos de Proyectos de Inversión, que según su naturaleza, reconoce como válidos el Sistema Nacional de Inversión Pública son: proyectos que forman capital fijo y proyectos que no forman capital fijo. Se entenderá dentro del Sistema Nacional de Inversión Pública por cada uno de estos tipos de proyectos de inversión, lo siguiente:

Proyecto que forma capital fijo: Es el que genera o modifica bienes que permiten la formación bruta de capital fijo y que se materializan en una obra física, por ejemplo: carreteras, escuelas, hospitales, puentes.

Proyecto que no forma capital fijo: No generan ni habilitan bienes de capital fijo. Su propósito es incrementar, mantener o recuperar la capacidad de generar beneficios, por ejemplo: capacitación, alimentación, censo, vacunación, investigación, catastro, diagnóstico.

Con el objeto de apoyar de una manera más eficiente el proceso de ordenamiento, el Sistema Nacional de Inversiones Públicas ha definido para cada uno de estos tipos de proyectos un glosario con la identificación de los procesos válidos para cada tipo de proyecto y su respectiva definición. Esto significa que en el Sistema Nacional de Inversiones Públicas no podrán utilizarse nombres de procesos que no estén previamente definidos e identificados dentro del glosario existente para tales efectos

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