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Organización del Estado Colombiano.


Enviado por   •  11 de Marzo de 2016  •  Informes  •  1.525 Palabras (7 Páginas)  •  218 Visitas

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Organizión del Estado Colombiano

Índice

1. ¿En qué eventos puede el presidente de la república crear leyes?........................Pág 3

2. ¿De acuerdo a la lectura de los Artículos 151 y siguientes, que clasificación tienen las leyes, en que se diferencia la una de las otras y cuál es el requisito de votación entre otros que usted considere para ser elegidas (votación)?...................................................

3. ¿Cuál es el proceso para la creación de una ley en Colombia,  y que ocurre si el  Presidente de la república  no firma una ley?...................................................................

4. ¿Cuál es la función de la Corte Constitucional?............................................................

5. ¿Por qué se dice que la Fiscalía General de la Nación es un organismo investigativo acusatorio?......................................................................................................................

6. ¿Cuáles son los órganos de control del Estado y qué hace cada uno?........................

7. ¿Quiénes conforman el gobierno (Rama Judicial, legislativa y Ejecutiva)  a nivel nacional, departamental y municipal?...............................................................................

8. ¿Qué diferencia encuentra entre el Consejo de Estado, La Corte Constitucional y la Corte Suprema de Justicia?.............................................................................................

9. ¿Cuál es la función de cada rama del poder público?.................................................

  1. ¿Que son, cuáles, en que se diferencia y  el término, que tienen los Estados de Excepción?....................................................................................................................

  1. El presidente de la república no tiene la facultad para crear leyes pero si puede dar iniciativas de ley, es decir , presentar un proyecto de ley a el congreso, ya que es ésta la institución que crea las leyes. Pero el Congreso puede  otorgarle al Presidente de la República facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley cuando la necesidad lo exija o la conveniencia pública lo haga aconsejable.
  1. Clasicación de las leyes:

 

  • Leyes orgánicas: A estas leyes se les encarga una función primordial dentro del ordenamiento jurídico, según el cual pretende ser un límite o una guía a la función legislativa que desarrolla el Congreso de la República. Desde el punto de vista que se reconoce dentro de las diferentes leyes, podría decirse que tiene mayor importancia comparada con otras leyes comunes, sobre todo porque la organicas tienen vocación de permanencia y estabilidad.
  • Leyes estatutarias: Se caracerizan por constituir una extensión o prolongación de la Constitución y sirven para regular y proteger los derechos, de conformidad con los establecido el artículo 152 de la Constitución Política de Colombia.
  • Leyes ordinarias: Son también denominadas “ leyes comunes “ son aquellas qu expide el Congreso en ejercicio de su facultad legislativa regular.  Estas leyes debn ajustar conforme al artículo 157 de la Constitución Política de Colombia.
  • Leyes de marco: Consisten en regulaciones generales, no detalladas, de los temas económicos que se establencen en el artículo 150 de la Constitución: crédito público, comercio exterior y régimen de cambio intenrcional; actividad financiera, bursátil y aseguradora; y régimen salarial y de preestacionees sociales de los servidores públicos, entre otros.
  • Leyes de facultades: Son las leyes que expide el Congreso con el fin de otorgar al Presidente de la República facultades extraordinarias para expedir normas con fuerza de ley cuando la necesidad lo exija o la conveniencia pública lo haga aconsejable. Dicha norma establece que como condición que las facultades sean precisas y sean solicitadas expresamente por el gobierno, y la aprobación de la ley requerirá la mayoría absoluta de los miembros de una y otra Cámaras. Además se establece la prohibición de expedir, mediante este tipo de leyes, códigos, leyes estatutarias, leyes órganicas y leyes que decreten impuestos, ni la provistas en el numeral 20 del mismo artículo 150 relativas a servicios administrativos y técnicos de las Cámaras .
  • Leyes de convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente y de convocatoria a referendo: Mediante una ley, que debe ser aprobada por la mayoria de los mimbros de una y otra Cámaras, el Congreso puede disponer que el pueblo convoque a una Asamblea Nacional Constituyente. Esta leyeterminara también la comptencia, el período y la composición de la Asamblea.

  • Leyes aprobatorias: A trevés de este tipo de leyes el legislativo aprueba diversos actos jurídicos en cumplimiento de las funciones que se desprenden de las disposiciones de los artículos 93, 150 ( numeral 14) y 150 (numeral 16).

  1. 3.  Proceso para crear una ley en Colombia:

En primer lugar inicia como un royecto de ley por parte de los representantes o senadores.  Se require tener pleno conocimiento del problema o la necesidad y asignarle un título correspondiente. Se establece el conjunto de artículos que compondran la ley, se realiza la declaración de los fundamntos o la finalidad del proyecto, se elabora tal proyecto y se da a conocer. El paso a seguir es trasladar el proyecto a la comisión para realizar la ponencia y dar inicio al primer debate. De acuerdo a la convencia o no del proyecto y a la ponencia se discute para aprobar o no un segundo debate o se archiva. En el caso de que sea aprobado se asignan los ponentes del segundo debate, se realiza el debate en plenaria donde el proyecto esta propenso a ser modificado. Después es trasladado a otra cámara y por último si es aprobado en todas las Cámaras es enviado al presidente de la república para su sanción. Si el presidente no firma el proyecto de ley entonces  concurre la inexistencia del acuerdo por faltarle el refrendo del presidente, lo que significa que el acta no ha sido cerrada y por tanto el acuerdo a que se refiere la disconformidad de aquél no han devenido ejecutivos, habiendo quedado posteriormente subsanada la situación.

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