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ORGANIZACIÓN POLITICA DEL ESTADO COLOMBIANO

valeigarciaApuntes21 de Abril de 2020

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INVESTIGACION ESTADO COLOMBIANO

ORGANIZACIÓN POLITICA

MANUELA VALENTINA CALDAS GARCIA

FUNDAMENTOS CONTABLES

RAFAEL SEGUNDO MARTINEZ FUENTES

UNIVERSIDAD AUTONOMA DE COLOMBIA

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS, ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

PROGRAMA DE ECONOMIA

BOGOTA D.C.

19 de SEPTIEMBRE

2019

TABLA DE CONTENIDO

ORGANIZACIÓN POLITICA DEL ESTADO COLOMBIANO        3

RAMAS DEL PODER PUBLICO        3

Rama Legislativa        3

Rama Ejecutiva        4

Rama Judicial        5

PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION        6

LEY 42 DE 1993        6

PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL        10

CRONOGRAMA DE PROGRAMACIÓN PRESUPUESTAL        10

EJECUCIÓN PRESUPUESTAL        11

REGISTRO PRESUPUESTAL        11

PROGRAMACIÓN ANUAL MENSUALIZADO DE CAJA        11

CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL        11

INFORMES PRESUPUESTALES        12

VIGENCIA FUTURA        12

RENDIR CUENTAS        12

BIBLIOGRAFIA        13

ORGANIZACIÓN POLITICA DEL ESTADO COLOMBIANO

El estado colombiano esta divido en dos partes: las Ramas del poder público y los Organismos del estado. Las ramas del poder púbico son: la rama ejecutiva, la rama legislativa y la rama judicial. Dentro del conjunto de organismos encontramos: las instituciones que componen el grupo de los organismos de control como la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del pueblo y la Contraloría General de la República. Un segundo grupo es el de los organismos de la Organización electoral, los cuales son: el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil. En el tercer grupo están el Banco de la República y la Comisión Nacional del Servicio Civil.  

[pic 1]

Ilustración 1. Estructura orgánica del Estado. Banco de la Republica.

RAMAS DEL PODER PUBLICO

Rama Legislativa: Le corresponde formular las leyes, ejercer control sobre el Gobierno y reformar la constitución. Esta representada por el Congreso de la República, el cual está integrado por el Senado de la República y la Cámara de Representantes, conformando así un sistema bicameral; es decir, una cámara alta representada por el Senado y una cámara baja representada por la Cámara de Representantes.

Congreso de la República: Le corresponde reformar la constitución, hacer las leyes y ejercer control político sobre el gobierno y la administración.

Funciones.

  • Constituyente: reformar la Constitución política mediante actos legislativos.
  • Legislativa: elaborar, interpretar, reformar y derogar las leyes y códigos en todas las ramas de la legislación.
  • Control Político: requerir y emplazar a los ministros del Despacho y demás autoridades y conocer de las acusaciones que se formulen contra altos funcionarios del Estado.
  • Judicial: juzgar excepcionalmente a los altos funcionarios del Estado por responsabilidad política.
  • Electoral: elegir Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, Defensor del Pueblo, vicepresidente de la República, cuando hay falta absoluta.
  • Administrativa: establecer la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.
  • Control Público: emplazar a cualquier persona, natural o jurídica, a efector de que rindan declaraciones, orales o escritas, sobre hechos relacionados con las indagaciones que la Comisión adelante.
  • Protocolo: recibir a Jefes de Estado o de Gobierno de otras naciones.

Rama Ejecutiva: Le corresponde ejecutar, en forma coordinada, todas las actividades administrativas que están al servicio de los intereses generales de la comunidad para el cumplimiento de los fines esenciales del Estado. Está representada por el presidente de la República, quien simboliza la unidad nacional, es el Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y suprema autoridad administrativa.

El Gobierno Nacional está formado por el presidente de la República, los ministros del despacho y los directores de departamentos administrativos. El presidente y el ministro o director de departamento correspondientes, en cada negocio particular, constituyen el Gobierno.  

Órdenes:

Sector Central: Presidencia de la República.

Sector descentralizado por servicios: Entidades adscritas a Ministerios o Departamentos Administrativos:

  • Establecimientos públicos: INPEC, ICA, INVIMA, SENA, etc.
  • Superintendencias con Personería Jurídica: Superintendencia Financiera de Colombia, Superintendencia de Notariado y Registro, etc.

Entidades vinculadas a Ministerios o Departamentos Administrativos:

  • Empresas Industriales y Comerciales del Estado: Imprenta Nacional de Colombia, COLJUEGOS, INDUMIL, COLPENSIONES, FONADE, etc.
  • Empresas Sociales del Estado: Sanatorio Agua de Dios, Centro Dermatológico “Federico Lleras Acosta”, Instituto Nacional de Cancerología.
  • Entidades descentralizadas indirectas: Asociaciones entre Entidades Públicas: Radio Televisión Nacional de Colombia y Corporación Agencia Nacional de Gobierno Digital.
  • Asociaciones y fundaciones de participación mixta: AGROSAVIA, CCI, IETS, PROPAIS.

Funcionamiento: Mecanismos de Coordinación: Consejo de ministros.

  • Consejo Nacional de Política Económica y Social, CONPES.
  • Consejo Superior de Política Fiscal, CONFIS.
  • Consejo para la Gestión y Desempeño Industrial.
  • Comisiones Intersectoriales.
  • Comisiones de Regulación.
  • Sectores Administrativos.

Rama Judicial: Le corresponde administrar justicia, solucionar los conflictos y controversias entre los ciudadanos y entre estos y el Estado y decidir cuestiones jurídicas controvertidas mediante pronunciamientos que adquieren fuerza de verdad definitiva. Es la encargada de hacer efectivos los derechos, obligaciones, garantías y libertades consagradas en la Constitución y en las leyes, con el fin de lograr y mantener la convivencia social.

Normas Orgánicas:

  • Ley 270 de 1996. Estatutaria de la Administración de la Justicia.  
  • Ley 497 de 1999. Se crean jueces de paz y se reglamenta su organización y funcionamiento.
  • Decreto 2637 de 2004. Acto Legislativo No. 3 de 2002.
  • Decreto 2697 de 2004. Corrección de yerros tipográficos del Decreto 2637 del 19 de agosto de 2004.
  • Ley 1149 de 2007. Reforma al Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social para hacer efectiva la oralidad en sus procesos.
  • Ley 1285 de 2009. Reforma a la Ley 270 de 1996 Estatutaria de la Administración de Justicia.
  • Acto Legislativo 02 de 2015. Reforma de equilibrio de poderes y reajuste institucional.
  • Acto Legislativo 01 de 2017. Creación de un título de disposiciones transitorias de la Constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera.

PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION

Es una herramienta de planificación que permite orientar los recursos hacia los diferentes planes o programas, en cumplimento del Plan de Desarrollo. El presupuesto se define como la proyección de ingresos y gastos del Gobierno Nacional que le permiten alcanzar sus objetivos dentro de cada vigencia. Está compuesto por:

  1. Presupuesto de Rentas: Contenderá la estimación de los ingresos corrientes de la Nación; de las contribuciones parafiscales cuando sean administradas por un órgano que haga parte del presupuesto, de los fondos especiales, los recursos de capital y los ingresos de los establecimientos públicos del orden nacional.

Marco legal

LEY 42 DE 1993

Título I. Del control fiscal: sus principios, sistemas y procedimientos técnicos.

Capítulo III. De la contabilidad presupuestaria, registro de la deuda, certificaciones, auditaje e informes.

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