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PAREJAS DEL MISMO SEXO PUEDEN CONSTITUIR UNA SOCIEDAD PATRIMONIAL


Enviado por   •  26 de Octubre de 2013  •  272 Palabras (2 Páginas)  •  419 Visitas

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La Corte Constitucional de Colombia, en la sentencia C-075 del 7 de febrero de 2007, reconoció que la Ley 54 de 1990 que trata el tema de las uniones maritales de hecho heterosexuales o “uniones libres” como se les conoce más comúnmente, se había quedado corta y decidió por vía jurisprudencial proteger también a las parejas conformadas por personas del mismo sexo.

Según la Corte, reconocer exclusivamente derechos a las parejas heterosexuales, ignorando la realidad de las parejas del mismo sexo, viola la Constitución y los derechos fundamentales de la población gay y lesbiana.

Por tanto, se debe tener en cuenta que en materia de derechos patrimoniales y de afiliación a salud, las diferencias entre parejas heterosexuales y homosexuales dejaron de existir, ya que están cobijadas por las mismas leyes y mecanismos.

QUE HACER

Toda esta teoría desarrollada por la Corte Constitucional, carecería de sentido, sino se pudiera llevar a la práctica.

El hecho de la convivencia en pareja, por más de 2 años, de dos personas del mismo sexo, para el caso que nos ocupa, da origen a unos derechos patrimoniales, que se garantizan por medio de una figura llamada “SOCIEDAD PATRIMONIAL”, que se crea con el conjunto de bienes y capital de quienes forman la pareja.

Quienes cumplan con el requisito de haber convivido al menos por 2 años, pueden acercarse a un CENTRO DE CONCILIACIÓN, para solicitar al conciliador, que por medio del levantamiento de un ACTA DE CONCILIACIÓN, declare la existencia de la Unión Marital de Hecho y de la Sociedad Patrimonial. Si aun no tienen los dos años de convivencia pueden solicitar solamente la declaración de la Unión Marital.

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