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PERSONAS FISICAS SUJETOS DEL ISR


Enviado por   •  25 de Agosto de 2017  •  Documentos de Investigación  •  570 Palabras (3 Páginas)  •  146 Visitas

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ART. 90 LISR

PERSONAS FISICAS SUJETOS DEL ISR

  • Personas Físicas residentes en el extranjero.
  • Sin Establecimiento Permanente en el país.
  • Ingresos procedentes de Fuentes de Riqueza en territorio nacional
  • Personas físicas residentes en el extranjero
  • Con Establecimiento Permanente en el país
  • Por los ingresos atribuibles al Establecimiento Permanente
  • Personas físicas residentes en México
  • Por todos sus ingresos Independientemente de dónde se encuentre la Fuente de Riqueza

Con ingresos:

  • En efectivo
  • En bienes
  • Devengado (en los términos del Título IV)
  • En crédito
  • En servicios (en los términos de la LISR)
  • De cualquier otro tipo

Con ingresos en el país:

  • Por actividades empresariales.
  • Por prestación de servicios personales independientes Mediante un Establecimiento Permanente, por los ingresos atribuibles.

Personas Fisicas residentes en México deben informar en su anual:

  • Préstamos
  • Donativos y
  • Premios

Que en lo individual o en su conjunto excedan de $600,000.00 en el ejercicio

Por no informar los préstamos y donativos:

  • Se consideran ingresos omitidos de la actividad preponderante U otros ingresos del Capítulo IX del Título IV LISR

Si no se informan los premios:

  • La retención efectuada no es definitiva Se acumulan a los demás ingresos
  • Podrá acreditar contra el ISR del ejercicio, la retención del impuesto federal

INGRESOS NO OBJETO

  • Rendimientos de bienes otorgados en fideicomiso destinados a:
  • Fines científicos, políticos o religiosos
  • Establecimientos de enseñanza e instituciones de asistencia o beneficencia
  • Financiar la educación hasta licenciatura de descendientes en línea recta (con RVOE)

INGRESOS EN EL EXTRANJERO

  • No se consideran estos ingresos
  • Salvo ingresos por concepto de salarios

Art.91

DISCREPANCIA FISCAL

Aplica incluso a PF no inscritas en el RFC.

Se presenta cuando en un año de calendario se realicen erogaciones superiores a los ingresos declarados.

Si no presenta declaración anual, se considera como si se hubiera presentado sin ingresos.

Es un artículo que se refiere a las autoridades fiscales, quienes deben sujetarse al siguiente procedimiento: Determinan el monto de la discrepancia.

El contribuyente tiene 20 días para:

  • Establecer por escrito las razones que tiene para inconformarse.
  • Demostrar el origen de la discrepancia.
  • Ofrecer las pruebas que estime convenientes.
  • Si no se demuestra el origen o no se inconforma, la autoridad exactora lo considera como un ingreso de la actividad preponderante o del Capítulo IX
  • Se formula la liquidación respective

Art.92

COPROPIEDAD DE PERSONAS FISICAS

Si los ingresos de la PF derivan de copropiedad, debe designarse a uno de los copropietarios como representante común.

OBLIGACIONES DEL REPRESENTANTE COMÚN

  • Llevar los libros contables.
  • Expedir y recabar la documentación comprobatoria Conservar los libros y documentación.
  • Cumplir con las obligaciones de retención.

REGLAS SOBRE LA COPROPIEDAD

Existen reglas particulares de copropiedad en los ingresos por actividades empresariales.

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