PODER GENERAL
durmina22 de Mayo de 2015
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PODER GENERAL A DOS MANDATARIOS
Yo, (nombre y apellido), (nacionalidad), mayor de edad, (estado civil), (profesión u oficio), titular de la cédula de identidad número (______) y domiciliado en (________), Estado (________),y hábil, por medio del presente documento declaro: Confiero PODER GENERAL, amplio y suficiente cuanto en derecho se requiere a (nombre y apellido) y (nombre y apellido), (nacionalidades), mayores de edad, (estado civil), (profesión u oficio), titulares de las cédulas de identidad números (______) y domiciliados en (________), Estado (________),para que conjunta o separadamente ejerzan mi plena representación en todos mis asuntos en la República Bolivariana de Venezuela. En virtud del presente mandato, podrán los prenombrados apoderados, celebrar conforme a las Leyes todo género y especie de operaciones, vender, permutar, hipotecar, ampliar hipotecas y liberar hipotecas, constituir prenda o de cualquier otra manera, enajenar a título gratuito u oneroso todos y cada uno de los bienes, ya sean muebles o inmuebles actuales o futuros de mi propiedad, con la facultad de poder fijar el precio y demás prestaciones y condiciones que tenga por conveniente, y recibir en todos los casos las sumas, títulos, certificados, créditos o valores que pueda corresponderme; podrán asimismo mis apoderados adquirir mediante compra, permuta, opción o licitación o de cualquier otra manera toda clase de bienes y derechos; arrendar por cualquier período de tiempo, inclusive si fuere por período de más de dos años los bienes muebles o inmuebles de mi propiedad; aceptar donaciones, herencias y legados, repudiarlos, aprobar y formalizar adjudicaciones y divisiones de bienes, inventarios y valoraciones; transigir diferencias y tomar posesión de los bienes; ejecutar operaciones en cualquier instituto bancario de Venezuela o del exterior, pudiendo abrir, movilizar y cerrar cuentas, de ahorros o corriente, en los respectivos institutos bancarios; inclusive representarme en cualquier asunto relacionado con tarjetas de crédito, documentos de fianza y avalar letras de cambio, solicitar protestos de letras de cambio y cheques; dar y tomar dinero a préstamo bajo las bases y estipulaciones que tenga a bien pactar; representarme en todo lo relativo a instrumentos negociables, acciones y operaciones crediticias, bonos, giros. Ejercer la administración total de dinero o prestaciones, rentas, frutos e intereses que me correspondan por cualquier concepto; celebrar, modificar, resolver o rescindir contratos de todo género; recibir cantidades de dinero o valores que lo representen, otorgando los correspondientes recibos y finiquitos; gestionar, solicitar, peticionar y hacer declaraciones de todo género por ante la Universidad de los Andes, los Organismos y Poderes Públicos de la República o Dependencias Oficiales, ya sean Nacionales, Estatales, Municipales o Institutos Autónomos. En materia judicial, quedan facultados mis apoderados para intentar y contestar demandas, darse por citados y/o notificados, oponer y contestar excepciones y reconvenciones, desistir, transigir, convenir, comprometer en árbitros arbitradores o de derecho; promover y evacuar pruebas, pedir y hacer ejecutar medidas preventivas y ejecutivas, ejercer los recursos ordinarios o extraordinarios que nos conceden las Leyes, inclusive el de Casación; hacer posturas en remates y recibir adjudicaciones; recibir cantidades de dinero, hacer uso de todos los recursos legales para le mejor defensa de mis intereses. Mis apoderados podrán nombrar apoderados especiales para asuntos determinados cuando lo juzguen conveniente o lo requiera la Ley. Sustituir este poder en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio y reasumirlo en cualquier tiempo, cuando a bien lo tuviere. Hago constar que todas las facultades anteriormente enumeradas han de entenderse siempre en sentido expositivo y nunca en sentido taxativo,
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