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POTESTAD TRIBUTARIA


Enviado por   •  23 de Agosto de 2013  •  472 Palabras (2 Páginas)  •  524 Visitas

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LA POTESTAD TRIBUTARIA

Es la facultad que tiene el Estado de crear, modificar o suprimir unilateralmente tributos. La creación obliga al pago por las personas sometidas a su competencia. Implica, por tanto, la facultad de generar normas mediante las cuales el Estado puede compeler a las personas para que le entreguen una porción de sus rentas o patrimonios para atender las necesidades públicas.

Nuestra constitución de la República Bolivariana de Venezuela; establece que solo el Estado esta en capacidad de ejercer la potestad tributaria, esto quiere decir que, el mismo es quien establece las obligaciones pecuniarias a los contribuyentes. Según nuestra constitución; la nación, los estados y los municipios son los que están dotados de potestad tributaria.

La misma se denomina; como la facultad para crear el tributo, con el fin de recaudar los recursos para que el estado pueda cubrir el gasto público, es decir, las necesidades del colectivo.

CARACTERÍSTICAS DE LA POTESTAD TRIBUTARIA

La potestad tributaria es en resumen; la fuerza que emana de la propia soberanía del estado. La misma comprende varias características:

 Abstracta: Es abstracta porque independiente de que se ejerza o no la facultad de aplicar los tributos y el cobro de los mismos, el poder tributario existe radicado en el Estado aun antes de que se materialice su ejercicio.

 Permanente: Es de forma permanente porque resulta connatural (conforme a la naturaleza de cada ser) a la existencia del Estado, su poder de gravar a las personas, sin admitir que tal facultad desaparezca por caducidad, prescripción o cualquier otro motivo.

 Irrenunciable: Es de manera irrenunciable, ya que el poder de imponer tributos (el estado) se utiliza para cumplir con los fines del bien común, es decir, para satisfacer las necesidades de la población.

 Indelegable: Porque nuestra constitución nos dice que, solo por ley se pueden establecer tributos.

TIPOS DE POTESTAD TRIBUTARIA

a) Potestad Tributaria Originaria

La potestad tributaria originaria tiene su fuente y su fuerza en ser una facultad para crear, modificar y extinguir tributos sin necesidad de trámite previo o autorización. Es originaria cuando emana de la naturaleza y esencia misma del Estado, y en forma inmediata y directa de la constitución de la República. Nace de la propia carta fundamental, donde exista constitución escrita, o de los principios institucionales donde no exista la misma.

b)

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