ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

PROCEDIMIENTO PARA RESCINDIR DE MANERA UNILATERAL EL PERSONAL CONTRATADO POR TIEMPO DETERMINADO Y SU BASE LEGAL


Enviado por   •  20 de Octubre de 2016  •  Trabajos  •  808 Palabras (4 Páginas)  •  314 Visitas

Página 1 de 4

República Bolivariana De Venezuela

Ministerio Para El Poder Popular

De La Educación Universitaria, Ciencia Y Tecnología

I.U.T.I.R.L.A

 Instituto Universitario De Tecnología Industrial Rodolfo Loero Arismendi

Catedra: Legislación Laboral

Sección: 032NB

Título:

PROCEDIMIENTO PARA RESCINDIR DE MANERA UNILATERAL EL PERSONAL CONTRATADO POR TIEMPO DETERMINADO  Y SU BASE LEGAL

 

Integrantes:

Escobar, Francirelia C. I Nº 17.484.880

Mayora, Diviana C.I Nº 20.558.216

Rondon, Louise C.I Nº 17.959.297

Indice

Introducción…………………………………………………………..Pág 3

Desarrollo ……………………………………………………..Pág 4,5,6,7

Conclusiones…………………………………………………………Pág 8

Anexos………………………………………………………..….Pág 9, 10

Bibliografía………………………………………………..……..….Pág 10

Introducción

Para dar inicio a este trabajo es importante aclarar dos términos fundamentales que forman parte del procedimiento que investigaremos a continuación, el primer significado que debemos tener claro es el contrato, en nuestro caso contrato a tiempo determinado, que es aquel mediante el cual se establecen las condiciones en las que una persona presta sus servicios en el proceso de trabajo bajo dependencia, a cambio de un salario justo, equitativo y conforme a las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de esta Ley por un tiempo específico y determinado el cual debe estar establecido en dicho documento, donde el trabajador no podrá ser obligado a  prestar servicio  por más de un año. Todo esto fundamentado en los Artículos 55 y 62 de la L.O.T.

Y el segundo significado y no menos importante es la Rescisión que es sencillamente dejar sin efecto mediante una declaración legal un negocio, contrato o acto jurídico, en pocas palabras es la acción de nulidad de los contratos. Teniendo esto claro podemos  avanzar en la investigación que desarrollaremos adelante.  

Desarrollo

En la actualidad venezolana existen muchas contrariedades respecto a la Legislación Laboral sobre todo cuando se trata de los contratos de trabajo ya sean en tiempos determinados o indeterminados, en este trabajo trataremos de explicar cuál es el procedimiento a seguir por una empresa para rescindir el contrato a tiempo determinado de un personal.

Lo primero que se debe tener en cuenta cuando un patrón quiera rescindir o sea anular un contrato de trabajo a tiempo determinado es que debe haber una causa que lo justifique sino se considerara un despido injustificado según el Artículo 89 de la L.O.T, esto se debe a que aun siendo contratado a tiempo determinado está amparado por la estabilidad laboral, siendo esto explicado en el Artículo 87 de la L.O.T.

Teniendo esto claro explicaremos el procedimiento a seguir para la Rescisión:

  1. Cuando el patrón pretenda despedir por causa justificada a un trabajador investido por inamovilidad laboral deberá solicitar la autorización correspondiente al Inspector del trabajo, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en la que el trabajador cometió la falta alegada para justificar el despido.
  2. El patrón o sus representantes deberán dirigir un escrito al Inspector del Trabajo de la jurisdicción donde el trabajador presta servicios, indicando nombre y domicilio del solicitante y el carácter con el cual se presenta; el nombre y el cargo o función del trabajador a quien se pretende despedir y las causas que se invoquen.
  3. El Inspector dentro de los tres días hábiles siguientes a la solicitud , notificara al trabajador para que comparezca a una hora determinada del segundo día hábil siguiente a su notificación para que de contestación a la solicitud presentada y en este acto oirá las razones y alegatos que haga el trabajador o su representante y exhortará a las partes a la conciliación. La comparecencia del patrono al acto de contestación se entenderá como desistimiento de la solicitud.
  4. De no lograrse la conciliación se abrirá una articulación probatoria de ocho días hábiles, de los cuales los tres primeros serán para promover pruebas y los cinco restantes para su evacuación. Si el trabajador no compareciere se considerará que rechazo las causales invocadas en el escrito presentado.
  5. Terminada la etapa probatoria, las partes tendrán dos días hábiles para presentar sus conclusiones.
  6. Terminado el lapso establecido en el numeral anterior el Inspector del trabajo tendrá un lapso máximo de diez días hábiles para dictar su decisión.

De esta decisión no se oirá apelaciones, quedando a salvo el derecho de las partes de interponer el Recurso Contencioso Administrativo Laboral ante los Tribunales Laborales competentes.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.7 Kb)   pdf (126.3 Kb)   docx (43.9 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com