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PROCEDIMIENTOS PARA SANCIONAR


Enviado por   •  18 de Agosto de 2021  •  Trabajos  •  509 Palabras (3 Páginas)  •  19 Visitas

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PROCEDIMIENTOS PARA SANCIONAR

 

 El hecho de no informar a las autoridades competentes de todas las fallas que se presentaban en el edificio como las deflexiones de hasta 60 cm provocando un riesgo a todos los inquilinos del edificio

 

INVESTIGACIÓN PRELIMINAR

Esta comienza con una investigación previa y la aprobación de que esta misma se realice, tendrán una duración de hasta seis (6) meses prorrogables hasta por la mitad del término si fuesen varias las faltas a los investigados o si faltaran pruebas que decretar, pero si no hubieran pruebas que decretar, se procederá mediante el Secretario Seccional, según el caso, al culminar la investigación preliminar con la formulación de cargos que abre la etapa formal.

 

FINES DE LA INDAGACIÓN PRELIMINAR

 

En esta etapa se verifica el tipo de conducta que tuvo el implicado y se determina si la falta puede llegar a sanción disciplinaria o no.

 

NOTIFICACIÓN PLIEGO DE CARGOS

 Esta etapa consiste en todo lo concurrente a la notificación de los implicados, los cargos puestos por la secretaria regional o seccional del COPNIA a los inculpados. No obstante, de no poder efectuarse la notificación personal, se hará por edicto en los términos establecidos en el Código Contencioso Administrativo. Si transcurrido el término de la notificación por

edicto, el inculpado no compareciere, se proveerá el nombramiento de un apoderado de oficio de la lista de abogados inscritos ante el Consejo Seccional de la Judicatura.

TRASLADO DEL PLIEGO DE CARGOS

Después de ser notificados los inculpados tendrán 10 días hábiles para presentar o aportar pruebas para su defensa y dicho expediente permanecerá a su disposición.

ETAPA PROBATORIA

Después de vencido los 10 días hábiles, la Secretaría Seccional resolverá sobre las pruebas solicitadas por el investigado y decretará las demás que de oficio considere conducentes y pertinentes.

FALLO DE PRIMERA INSTANCIA

En esta etapa el presidente regional o seccional propone un proyecto sobre la decisión que se someterá a la consideración de la Junta de Consejeros Regionales o Seccionales, la cual podrá aceptarlo, aclararlo, modificarlo o revocarlo. Si la mayoría de los miembros asistentes a la sesión aprueban el proyecto de decisión, se adoptará la decisión propuesta mediante resolución motivada.

NOTIFICACIÓN DEL FALLO

La decisión tomada por el consejo profesional se notificará personalmente al interesado.

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