ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Patrimonio

indiranrr19 de Mayo de 2013

773 Palabras (4 Páginas)280 Visitas

Página 1 de 4

Derecho Civil II.

TEMA 1: EL PATRIMONIO.

PATRIMONIO:

Es un conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona que tiene la utilidad económica y por ellos son susceptibles de estimación pecuniaria (valoración económica) y cuyas relaciones jurídicas están constituidas por activos y pasivos.

PATRIMONIO: (obligaciones, cargas y deudas), todo aquello relacionado con valor económico sean positivas o negativas.

COMPRENDE: Lo Activo y lo Pasivo.

ELEMENTOS DEL PATRIMONIO:

1.- La composición unitaria de activos y pasivo o derechos y obligaciones (están unidos).

2.- Su significación económica, porque tiene que tener un valor monetario (económica).

3.- Su atribución a un titular como centro de sus relaciones jurídicas (los activos y pasivos tienen que pertenecer a alguien).

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL:

Esta condicionada al incumplimiento de un deber de responsabilidad a cargo de un deudor convirtiendo el patrimonio en garantía jurídica representada, por elementos económicamente valorable, propiedad del deudor contra los cuales pueden ir el acreedor al cual se le ha incumplido una obligación que es cargo al titular del patrimonio.

El patrimonio se hace responsable por incumplimiento de la responsabilidad de pago.

Ej.: Si una persona natural o jurídica pide un crédito para la compra de un inmueble o mueble y la persona no cumple con su responsabilidad de pago, el acreedor va directo al patrimonio del titular como parte del cobro por incumplimiento de pago al crédito.

DOCTRINAS DEL PATRIMONIO

PATRIMONIO AUTONOMO:

Es aquel patrimonio que tiene identidad propia sin que se vincule un titular. Es un conjunto de derechos y obligaciones que no está imputado a una determinada persona.

Según la legislación venezolana, no es admitida porque no se concibe la existencia de derechos y deberes, sin estar imputados a una persona. Ejemplo: La herencia yacente, es decir, la herencia cuyo heredero o herederos se desconocen o cuyos herederos han renunciado a ella y que todavía no ha sido declarada vacante.

Artículo 1060 Código Civil:

“Cuando se ignora quién es el heredero, o cuando han renunciado los herederos testamentarios o abintestato, la herencia se reputa yacente y se proveerá a la conservación y administración de los bienes hereditarios por medio de un curador”.

PATRIMONIO SEPARADO:

Son creados y determinados por la ley. Son un conjunto de derechos y obligaciones que se encuentran aislados, pertenecientes a un sujeto jurídico o de derecho, de carácter general, en ellos no recaen el ataque de acreedores por que son inmunes.

TIPOS DE PATRIMONIOS SEPARADOS:

1. LA HERENCIA ACEPTADA A BENEFICIO DE INVENTARIO:

Para evitar la confusión de los patrimonios: el del causante y su heredero. Si se recibe la herencia en forma pura y simple, surgirá de inmediato la confusión patrimonial, de manera que el heredero deberá satisfacer a los acreedores del causante con su propio patrimonio (en caso de que el caudal del hereditario no bastare para cubrir las obligaciones del causante). Muy distinto si se recibe a beneficio de inventario, los patrimonios sema tienen separados, por eso el patrimonio, así aceptado, esta destinado a un fin exclusivo o cometido especial y que no pase a responder con los bienes personales de las obligaciones que gravan la masa hereditaria.

2. EL HOGAR LEGALMENTE CONSTITUIDO: conforme al Artículo 632 del código civil vigente, mediante el cual una persona puede constituir un hogar para sí y para su familia, excluido absolutamente de su patrimonio y de la prenda común de sus acreedores, el cual puede constituirse en favor de personas que exista en la época de su institución o constitución. Se entienda como hogar un conjunto de bienes destinados al uso disfrute

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com