Políticas Contables
cocatrix18 de Septiembre de 2014
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Con la finalidad de contar con las bases necesarias para llevar a cabo el proceso de consolidación de Estados Financieros de las Empresas bajo el ámbito de PYMES, es necesario definir y aprobar políticas contables uniformes tomando en cuenta las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC); y las Interpretaciones a las NIC y NIIF, oficializadas y vigentes en el Perú por la actualDirección General de Contabilidad Pública (DGCP).
En ausencia de lineamientos específicos en este texto, las políticas contables deben ser seleccionadas en el contexto de las NIIF, y supletoriamente de acuerdo con los lineamientos contenidos en la NIC 8[1]La adopción de políticas contables o los cambios en políticas contables debe ser coordinada con la Dirección General de Contabilidad Pública a fin de asegurar que son consistentes con las aplicadas por otras entidades.
• 1. Nota a los Estados Financieros sobre Políticas Contables utilizadas por las PYMES.
La nota de políticas contables debe incluir la revelación de políticas contables para todos los rubros cuya acumulación para los periodos que se presentan haya sido importante o cuyos saldos, en cualquiera de los dos periodos, sean significativos dentro del rubro, y dentro de los estados financieros tomados en su conjunto.
Para asegurar que la nota está completa, deberá repasar el Balance General y el Estado de Ganancias y Pérdidas para cada rubro de presentación importante, y verificar la revelación de la política contable[2]
Los cambios en políticas, métodos y prácticas contables deben ser claramente revelados y debe exponerse el efecto en los Estados Financieros. Su tratamiento se rige por la NIC 8, versión 2003, párrafos 14 al 27.
• 2. Política contable: Revelaciones en las notas a los Estados Financieros
La información que se revele en las notas a los Estados Financieros deberá considerar la siguiente estructura en el orden que se expone a continuación:
a) Nota de operaciones, donde se cubren los requerimientos de la NIC 1[3]como la naturaleza de sus operaciones y sus principales actividades; el domicilio legal, incluyendo el correspondiente a sus áreas de operación o localización de facilidades; su forma legal, incluyendo el dispositivo o dispositivos de ley pertinentes a su creación o funcionamiento; la indicación de que es una subsidiaria de las PYMES, y otra información breve sobre cambios fundamentales referidos a incrementos o disminuciones en su capacidad productiva, área de operaciones, entre otros;
b) Nota de políticas contables, según lo indicado en el punto 1 de este documento;
c) Notas de desagregación de la composición de rubros presentados en el Balance, incluyendo la información requerida por cada NIIF y por el Reglamento de Preparación de Información Financiera para CONASEV;
d) Notas sobre otra información financiera no expuesta en el cuerpo de los estados financieros, como descripción de las cuentas patrimoniales, situación tributaria, contingencias y riesgos financieros.
• 3. Política Contable: Moneda Extranjera
Valuación y registro
De acuerdo con la NIC 21 las transacciones se deben registrar al tipo de cambio de la fecha en que se realizan las mismas. Asimismo, el tipo de cambio a utilizar en la reexpresión de saldos por liquidar en moneda extranjera (activos y pasivos), es aquel que refleja el monto al que sería pagado o cobrado el saldo a la fecha de los estados financieros, el que corresponde al tipo de cambio de venta SBS.
Las ganancias o pérdidas por diferencia en cambio deben registrarse en cuentas de resultados.
Revelación
Se debe mostrar en una nota a los Estados Financieros, cada rubro del activo y pasivo en moneda extranjera el monto de la misma, distinguiendo entre monedas extranjeras, si fuera más
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