Proceso Legislativo Del Presupuesto Publico
araromero7527 de Agosto de 2011
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RESUMEN DEL PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO EN MATERIA DE LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN Y PROCEDIMIENTO PARA LA FISCALIZACIÓN SUPERIOR DE LA CUENTA PÚBLICA. AUTOR: M. EN E. REYES TÉPACH M. INVESTIGADOR PARLAMENTARIO.
MATERIA: PRESUPÚESTO PÚBLICO
RESUMEN:
El documento elaborado por el Mtro. Reyes Tepach, identificar las facultades que tienen los actores políticos; así mismo menciona el calendario al que deben constreñirse para llevar a cabo el procedimiento legislativo relacionado con la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos de la Federación y el procedimiento para la fiscalización superior de la Cuenta Pública.
DESARROLLO
En el transcurso del documento se realiza una investigación sobre el proceso de planeación del desarrollo nacional con el paquete económico, éste último integrado por los Criterios Generales de Política Económica, la miscelánea fiscal, la iniciativa de Ley de Ingresos y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación. Desde una óptica piramidal, las proyecciones de las variables macroeconómicas contenidas en los Criterios Generales y la aprobación por parte del Congreso de la Unión de la miscelánea fiscal.
También, y de manera acertada y resumida se expone el procedimiento legislativo en materia de la Ley de Ingresos y de Presupuesto de Egresos de la Federación, que empieza el 8 de septiembre del año anterior al inicio del ejercicio fiscal.
Se hace mención de lo establecido en:
• En materia de Ley de Ingresos, la Constitución faculta al Ejecutivo Federal para presentar esta iniciativa ante la Cámara de Diputados; mientras que, la aprobación, previo examen, discusión, y, en su caso, modificación de la iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal corre a cargo de ambas Cámaras que integran el Congreso de la Unión. Este proyecto debe estar aprobado por la Cámara de Diputados a más tardar el 20 de octubre del año anterior al inicio del ejercicio fiscal y por la Cámara de Senadores a más tardar el 31 de octubre del año anterior al inicio del nuevo ejercicio fiscal.
• En materia de Presupuesto de Egresos, la Constitución faculta al Ejecutivo Federal para presentar esta iniciativa ante la Cámara de Diputados; mientras que, la aprobación, previo examen, discusión, y, en su caso, modificación del proyecto enviado por el Ejecutivo Federal es facultad exclusiva de la Cámara de Diputados, quién tiene que aprobarlo a más tardar el 15 de noviembre del año anterior al inicio del nuevo ejercicio fiscal.
• El Ejecutivo Federal, si no tuviera observaciones que realizar a ambas resoluciones, las publicará a más tardar 20 días naturales después de sus respectivas aprobaciones.
En lo que respecta al proceso legislativo de la elaboración, aprobación, ejecución y posterior revisión de la cuenta pública, me quedo claro debido a que en la página 57 en el apartado de conclusiones se resume de una manera clara y sintetizada el proceso, y en lo particular me sorprende el hecho de que el proceso completo
Algo que llamo mucho mi atención, es el análisis que realiza el Mtro. Tepach, con relación al fenómeno del voto dividido en México, en el cual los votantes fragmentan su voto, para no depositar la totalidad del poder en una sola fuerza política, lo anterior provoca que los gobiernos lleguen al poder, sin tener mayoría en los congresos, lo cual opinan algunos que es un obstáculo para la realización de obras públicas.
Como ejemplo del párrafo anterior, lo encontramos en el estado de Sinaloa, que en las elecciones pasadas fue ganado por el Partido Acción Nacional, sin embargo la mayoría en el congreso local fue para la alianza PRI, PVEM y Nueva Alianza, esto es una muestra de la gran madurez
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