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Proteccion De Datos Personales


Enviado por   •  2 de Marzo de 2014  •  1.675 Palabras (7 Páginas)  •  406 Visitas

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INFORME DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES - LEY N° 29733 Y EL

REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN

DE DATOS PERSONALES - LEY 29733

I. Marco Legal:

1. Constitución Política del Perú.- Promulgada por el Congreso Constituyente Democrático el 29 de Diciembre de 1993, luego de ser ratificada mediante REFERÉNDUM del 31 de Octubre de 1993, la cual entró en vigencia el 01 de Enero de 1994. En el inciso 6 del artículo 2 de nuestra carta magna, fija el marco legal los servicios informáticos, com¬pu¬tarizados o no, públicos o privados, referidos a los derechos fundamentales de la persona.

2. Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley N° 27444.- Norma la finalidad y objeto de establecer el régimen jurídico aplicable para que la actuación de la Administración Pública y que sirva a la protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general.

3. Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública – Ley N° 27806.- La finalidad de la presente ley es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú.

4. Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva – Ley N° 26979: Establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva, que ejercen las entidades de la administración pública nacional, asimismo, constituye el marco legal que garantiza a los obligados el desarrollo de un debido procedimiento coactivo.

II. Análisis legal:

La Ley de Protección de Datos Personales, en adelante se le denominara “LA LEY”; recoge los derechos, principios y obligaciones relacionadas con la recolección, tratamiento y protección de los datos personales de los ciudadanos. Adicionalmente el Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, regula el procedimiento de tratamiento de datos personales y datos sensibles, asimismo se aprecia los órganos encargados del registro, infracciones y sanciones que tienen potestad para ejercer frente a cualquier incumplimiento a la ley.

A efectos de iniciar el análisis, resulta pertinente mencionar brevemente el marco general consignado en LA LEY y su reglamento, los cuales están íntimamente relacionados a los deberes y tratamiento de la base de datos personales y/o datos sensibles de terceros que administramos.

Resulta importante destacar que la mencionada LEY establece definiciones que resultan indispensables para su correcta interpretación y aplicación, con lo cual tenemos los conceptos de “datos personales” y “datos sensibles”. En la primera existe un anuncio enumerativo de las clases de información que identifica a la persona, y en caso de la segunda existe una ampliación del ámbito de estas siendo lo más remarcable lo siguiente “características físicas, morales, afiliación sindical, e información relacionada a la salud o a la vida sexual, es decir, información personal que corresponde a la esfera más íntima.

Respecto del tratamiento de datos personales LA LEY exige el consentimiento para tratar un dato personal debe ser previo, expreso, e inequívoco, a lo cual el reglamento ha añadido una nueva condición que es el de ser libre.

No obstante, el artículo 34 de LA LEY, menciona que el Titular del Banco de Datos Personales, es el responsable de realizar la inscripción en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales, adicionalmente en título V, capítulo I del reglamento de LA LEY en mención, establece el procedimiento de inscripción, formularios, subsanación, resolución de inscripción, duración del procedimiento, improcedencia e improcedencia que debe realizar según corresponda. Cabe resaltar, que la Registro Nacional tiene el plazo máximo de 30 días hábiles para emitir la resolución acerca de la inscripción, modificación o cancelación del banco de datos.

Al respecto, Ransa Comercial - División Archivo cumple 02 funciones importantes, las cuales pasare a explicar:

1. Encargado del Banco de Datos Personales: Toda persona natural, persona jurídica de derecho privado o entidad pública que sola o actuando conjuntamente con otra realiza el tratamiento de los datos personales por encargo del titular del banco de datos.

Según se aprecia en el artículo 2°, inciso 6 de LA LEY, es Ransa Archivo quien realiza esta función, toda vez que nuestros clientes del sector público y privado nos proporcionan su base de datos o documentos para generar una base de datos, según la necesidad de nuestros clientes. Como por ejemplo el servicio de administración de historias clínicas, el servicio administración de expedientes, etc.

2. Titular del Banco de Datos Personales: Persona natural, persona jurídica de derecho privado o entidad pública que determina la finalidad y contenido del banco de datos personales, el tratamiento de estos y las medidas de seguridad.

Conforme lo establece el artículo 2°, inciso 15 de LA LEY, nuestra representada también cumple la función de titular, por ejemplo el área de recursos humanos que maneja datos sensibles y datos personales de todo

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