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SERVICIOS Y SERVIODRES PUBLICOS


Enviado por   •  10 de Mayo de 2015  •  3.455 Palabras (14 Páginas)  •  253 Visitas

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I. CONCEPTO O DEFINICIÓN DE SERVICIO PÚBLICO.

Servicio público es el conjunto de presentaciones reservadas en cada Estado, directa o indirecta, de la administración pública que se encuentra activa o autorizada a los particulares, que ha sido creada y controlada por la misma ley, con la intención de regular de forma continua y sin ánimo de lucro, las actividades dirigidas a la satisfacción de una necesidad colectiva de interés general, sujeta a un régimen especial de derecho público.

En cambio, para Ernesto Gutiérrez y González, la noción de servicio público puede ser expresada desde un punto de vista amplio y otro restringido, lo expone con las siguientes palabras: es la actividad especializada que desarrolla una persona, para dar satisfacción, mediante prestaciones concretas y continúas a una necesidad, ya general o ya colectiva, mientras éstas subsistan. Mientras que el segundo lo expresa en los próximos términos: es la actividad especializada que desarrolla una persona particular o pública, ya por sí directamente, ya indirecta por medio de una persona empresa, para dar satisfacción, mediante prestaciones concretas y continuas, a una necesidad ya general, ya colectiva, mientras ésta subsista

II. CARACTERISTICAS Y DEFINICIÓN DE SERVICIO PÚBLICO.

La Generalidad: también llamada universalidad del servicio público, es la posibilidad de toda persona para que haga uso de éste, con previa satisfacción de los requisitos señalados en su normativa jurídica, sin otro límite que su propia capacidad operativa. Como dice el profesor argentino Manuel M. Díez, “el servicio público es para todos, y no para determinadas personas”.

La Igualdad: también llamada uniformidad, consiste en el trago igualitario que debe darse a sus usuarios, sin que ello impida establecer diversas clases o categorías en su prestación, siempre y cuando, dentro de cada categoría se dé el mismo trato a los usuarios de ella. A este respecto, Marienhoff comenta: “” La expresada igualdad de trato que deba dársele a los habitantes en la utilización de servicio público, es un corolario del principio fundamental de igualdad ante la ley”.

La Regularidad: escriba en que su prestación no se realiza de manera arbitraria o caprichosa sino que está sujeta a una regulación específica, es decir, sometida a una precisa normativa jurídica que la regula.

La Continuidad: este es el carácter esencial por autonomasia del servicio público, habrá de entenderse como la oferta permanente, y correlativa posibilidad constante, de usar un servicio público dentro de los horarios y bajo las condiciones predeterminadas de las normas que lo regulan.

La Obligatoriedad: debe de ser brindado hacia todas las personas de forma obligatoria.

La Adaptabilidad: habrá distintos tipos del servicio público acorde a las posibilidades de cada persona, adaptándose a cualquier tipo de estatus.

La Gratuidad: no debe de perseguirse un fin de lucro.

III. CLASIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

El SERVICIO PÚBLICO, está encuadrado dentro de las actividades del Estado (junto con la función pública, la actividad de interés público y la actividad socioeconómica simple), como dentro de las actividades de los particulares (al lado de los servicios al consumidor, los servicios al productor y los servicios profesionales); por lo antes dicho, es por la razón por la que puede clasificarse en acepciones distintas el servicio público y son las mencionadas a continuación:

Por las características de los usuarios: pueden ser determinados, es decir, los servicios públicos se prestan a personas que pueden ser identificadas como en el caso del suministro de energía eléctrica; o indeterminados, cuando no es posible individualizar a quien se le presta el servicio como en el alumbrado público.

Por razón de su aprovechamiento o utilización: se toma como voluntario cuando el usuario lo aprovecha sin que se ejerza coerción alguna sobre este, como por ejemplo los teléfonos públicos y se considera de carácter obligatorio cuando la decisión de su uso no se sujeta al criterio del particular, como por ejemplo en el servicio de drenaje.

Por el ejercicio de autoridad: el servicio público se sub clasifica como de gestión pública si cuando se presta es necesario el ejercicio de la acción pública como en el caso del tránsito, y gestión pública cuando no es necesario el ejercicio de la autoridad como es el caso de los cargadores e

n las terminales donde se presta el servicio de transporte.

En razón de su importancia: esta clasificación tiene sus vertientes en indispensables, las cuales consisten, como su nombre lo señala en servicios que son necesarios para la satisfacción de necesidades primordiales de la población como lo es el suministro de agua potable; los secundarios, consistentes en la satisfacción de necesidades como la obtención de información como lo es el servicio de radio y televisión y por último, los llamados superfluos, los cuales consisten en satisfacer necesidades como la diversión, es decir, espectáculos.

Tipo de necesidad: constantes: la necesidad de su impartición comprende un horario completo, es decir, todo el día y a cualquier hora y durante todo el año como el servicio de tránsito; los cotidianos son aquellos que aunque su prestación sea diaria y de forma cotidiana se limita a un horario previamente establecido, como el alumbrado público, los intermitentes, teniendo como característica que su prestación no se da durante todo el año, o diariamente y también se sujetan a un horario preestablecido como lo es la educación en escuelas públicas; y por último los esporádicos los cuales se dan solo en momentos de especifica necesidad como los bomberos.

Por razón de su cobro: existen los servicios públicos gratuitos, ya que son financiados completamente por recursos fiscales por lo que no se cobra el acceso a su utilización, y los onerosos, en estos, el usuario debe pagar por su uso de acuerdo a una tarifa determinada por autoridad competente.

Por su régimen jurídico: público, se consideran dentro de esta clasificación los que se rigen exclusivamente por el derecho público, y los mixtos, los cuales se rigen en parte por el derecho publica, en parte por el derecho privado, como los impartidos a través de la concesión.

Competencia económica:

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