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SOLICITUD DE REBAJA


Enviado por   •  15 de Enero de 2019  •  Ensayos  •  469 Palabras (2 Páginas)  •  99 Visitas

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SOLICITUD DE REBAJA

Es la solicitud que el obligado a prestar alimentos hace al juez para que se reduzca el monto de la pensión alimenticia que fue fijada, y debe ser modificada por haber cambiado las circunstancias y hechos que sirvieron de base para fijar el monto.

El señor Byron Arizaga Cárdenas, solicita la disminución de la pensión alimenticia, alegando que no se tomó en cuenta el aporte que tiene al IESS, motivo por el cual su capacidad económica no le permite cumplir con el monto de la pensión establecida.

El señor solicita que el valor, de sus pagos, en concordancia a la tabla de pensiones pase de 167.23$ a 134.07$.

SOLICITUD DE AUMENTO

El monto establecido de las pensiones alimenticias es variante, ya sea por la situación del alimentante o del alimentado, la pensión alimenticia debe ajustarse a la variación de precios al consumidor. Tomando en cuenta que el monto no podrá superar el 50% de la remuneración del alimentante.

La señora Lady Vélez Fríos, solicita el aumento de la pensión alimenticia, argumentando, que ahora el menor necesita de mayores gastos económicos, tomando en cuenta que tiene un año de edad, razón por la cual la pensión que recibe es insuficiente. La madre no consta con una buena situación económica, ya que se dedica al hogar, motivo por el cual solicita el alza de la pensión establecida.

En la solicitud presentada, se establece que la cuantía sea de tres mil dólares (doscientos cincuenta dólares mensuales).

REGIMEN DE VISITAS

Nace con los derechos y obligaciones de la Patria Potestad que tienen los padres sobre los hijos.  Es obligación del Juez de la Niñez y Adolescencia, fijar el régimen de visitas cuando ha dado la custodia de un menor a uno de los padres, a fin de precautelar la integridad y desarrollo tanto psicológico como afectivo del menor.

A través de un escrito al juez, el accionado alega que en la audiencia que se llevó a cabo para establecer el valor de la pensión alimenticia, no se fijó el régimen de visitas, motivo por el cual, el mismo no ha podido tener contacto con su hijo, solicita que se establezca día y hora para que tenga lugar una audiencia que regule el régimen de visitas, fundamentándose en los artículos:

  • CRE: Art. 169.-EI sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.
  • CODIGO ORGANICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA: Art. 122.- Obligatoriedad. - En todos los casos en que el Juez confíe la tenencia o el ejercicio de la patria potestad a uno de los progenitores, deberá regular el régimen de las visitas que el otro podrá hacer al hijo o hija.

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