Salud Ocupacional
912371124 de Febrero de 2014
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Ley 100 de 1993
La ley 100 busca la inclusión de todos los ciudadanos dentro de un sistema general de seguridad social.
Componentes de la Ley 100:
1- Componente de Pensiones
2- Componentes riesgos profesionales
3- Componente de Salud
Para nuestro interés vamos a mirar el contexto el tema de Salud
Esta Ley es una Ley de naturaleza estatutaria
El estatuto es el que regula todo el escenario del marco normativo en primera instancia.
Esto quiere decir que la Ley 100 como estatuto define cual es la estructura orgánica del sistema, Ósea:
1- Organismo Rector
2- Organismo de Vigilancia y Control
Quienes son los Organismos técnicos que determinan los beneficios y planes para acceder a ese derecho de la salud.
Dentro del nivel de la organización o estructura orgánica el ente de vigilancia control y rectoría del sistema es el Ministerio de la Protección Social. El cual tiene a su cargo definir las políticas, vigilancia y el control de los actores del sistema.
El Ministerio está acompañado por la Súper Intendencia Nacional de Salud, esta entidad es el ente de vigilancia superior al cual todos los integrantes del sistema tanto aseguradores, prestadores de servicio, entes territoriales y todo el personal de la salud debe reportar y notificar el cumplimiento de lo reglamentado en las normas.
Igualmente el Ministerio está acompañado por la Comisión Reguladora En Salud (CRES) esta comisión es quien define los planes de beneficio para el acceso a los servicios de salud, en los niveles de medicamentos, procedimientos e insumos para la prestación de los servicios.
La comisión CRES determina el costo para los planes esta determinación lo hace atravesó de un unidad de pago por Capitación.
La unidad de pago por capitación es el valor que el estado reconoce como pago a cada una de las empresas que aseguran la población para garantizar el acceso a ese plan de beneficios es decir hay una lista de servicios, medicamentos tratamientos e insumos que tienen un valor a este valor es al que se conoce como la unidad de pago por capitación UPC
Esta UPC es diferencial de acuerdo a la forma de aseguramiento, si es del régimen contributivo o si es del régimen subsidiado.
En el régimen contributivo el valor de la UPC es un poco más alto que el del régimen Subsidiado.
La ley contempla las formas de aseguramiento ya sea independiente o dependiente
Deberes de los Usuarios: estos están relacionados con el auto cuidado velar porque se asista de manera oportuna a las citas de salud, la toma de sus medicinas y realizar los tratamientos de manera adecuada.
Derechos del usuario: calidad en la prestación de los servicios, oportunidades a la seguridad y eficiencia de los servicios.
Nivel de Responsabilidad: del asegurado, del prestador del servicio y de los entes territoriales.
La ley pretende en su forma y contenido una cobertura universal que busca garantizar el goce efectivo del derecho a la salud sin ninguna discriminación de ningún tipo, esa cobertura pretende garantizar una obligatoriedad en el aseguramiento sin importar la patología que dicha persona tenga cáncer sida u otra condición, el sistema está obligado a recibirla, prestarle y garantizarle la atención permanente.
La Cobertura: no es solamente en la parte de beneficios sino que trasciende en la parte de territorialidad, es decir que todos tenemos derecho a acceder a la atención en salud en todo el territorio nacional incluido el insular, para ello los aseguradores deben garantizar una red de prestadores de servicios con las cuales realizan contrataciones para así facilitar que los ciudadanos podamos ingresar a través de esa red requiramos de acuerdo en la ubicación donde nos encontremos. Así en general somos libres de elegir el prestador de salud
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