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Seguridad Industrial Y Salud Ocupacional


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  461 Palabras (2 Páginas)  •  290 Visitas

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ACTIVIDAD 3 SEMANA 2

Caso N°1

Verónica Gómez Minota

Seguridad Industrial y Salud Ocupacional en la Industria de la Construcción

1. El procedimiento que debe seguir Ana María como no sabe de primeros Auxilios es el de llamar una Ambulancia para trasladar al herido a un centro de salud, realizar el informe de Accidente laboral y reportarlo a la ARP y la EPS. La recomendación es que ella debe aprender primeros auxilios y contar con un botiquín porque es parte de su función.

2. El problema es que Hugo radicó la afiliación el mismo día del accidente y la cobertura en riesgos profesionales empieza el día siguiente a la afiliación, es necesario que el trabajador esté afiliado a la ARP antes de iniciar labores en la empresa.

3. Un Extranjero si se puede afiliar de acuerdo al Artículo 13 del Decreto 1295 del 22 de Junio de 1994. (a-en forma obligatoria: los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo o como servicios públicos).

4. Si. Hugo sufrió un accidente de trabajo ya que fue un suceso que le sobrevino por causa de una labor que estaba realizando en la obra.

5. Decreto 1295 art. 35 servicios de prevención: la afiliación del sistema general de riesgos profesionales da derecho a la empresa afiliada a recibir por parte de la entidad administradora de riesgos profesionales:

capacitación básica para el montaje de la brigada de primeros auxilios

-Ley 9 1979 art. 127. todo lugar de trabajo tendrá las facilidades y los recursos necesarios para la prestación de primeros auxilios a los trabajadores. Y además en el artículo 125 de la misma ley dice que: “Todo empleador deberá responsabilizarse de los programas de medicina preventiva en los lugares de trabajo en donde se efectúen actividades que puedan causar riesgos para la salud de los trabajadores. Tales programas tendrán por objeto la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud de los trabajadores, así como la correcta ubicación del trabajador en una ocupación adaptada a su constitución fisiológica y sicológica”.

6. Si la cobertura de los riesgos profesionales estuviera vigente, es deber de la ARP cubrir el tratamiento odontológico de Hugo, pero como no es así, la ARP no está en la obligación de hacerlo.

Caso N° 2

1. La incapacidad de Paco la debe pagar la entidad Administradora de Riesgos Profesionales al cual éste se encuentre afiliado.

2. Todo afiliado a quien se le defina una incapacidad temporal, recibirá un subsidio equivalente al 100% de

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