ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sentencia Declarativa Divorcio Voluntario


Enviado por   •  16 de Febrero de 2016  •  Tesis  •  3.062 Palabras (13 Páginas)  •  266 Visitas

Página 1 de 13

CHIHUAHUA, CHIHUAHUA, A VEINTICINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - VISTOS para resolver en definitiva los autos que integran el expediente número 1844/2015 relativo al JUICIO DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, promovido por CARLOS X y LUISA ELISA Y, y: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - R E S U L T A N D O: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 1. Que mediante escrito presentado ante la Oficialía de Turnos del Tribunal Superior de Justicia del Estado en fecha veintidós de octubre de dos mil quince, recibido en este Tribunal el día hábil siguiente, se presentaron los señores CARLOS X y LUISA ELISA Y a solicitar en la Vía de Divorcio por Mutuo Consentimiento la disolución del vínculo matrimonial que los une, de conformidad con el artículo 255 del Código Civil y refieren que dicho vínculo fue celebrado el día dos de diciembre de mil novecientos noventa y tres. Fundan su solicitud, en los siguientes hechos: que contrajeron matrimonio en la fecha antes señalada, bajo el régimen de Sociedad Conyugal, con base en lo dispuesto por el artículo 171 del Código Civil, y por así convenir a sus intereses han decidido finalizar el vínculo matrimonial que los une, anexando a la referida solicitud el convenio a que hace referencia el artículo 411 del Código Procesal Civil. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 2. Dicha solicitud fue radicada por auto de fecha treinta de octubre de dos mil quince, y agotados los actos procesales del negocio precisado al rubro, se citó a los promoventes para oír la resolución correspondiente, que hoy se pronuncia al tenor de los siguientes:- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - C O N S I D E R A N D O S:- - - - - - - - - - - - - - - - - - I.- La competencia para conocer del presente asunto se surtió a favor de este Tribunal, en base a lo dispuesto por los artículos 155, Fracción XII del Código de Procedimientos Civiles, en relación con el 94 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.  - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - II.- A juicio de este Tribunal se estiman cumplidos los requisitos de forma y de fondo que la ley exige para la procedencia de la Vía de Divorcio por Mutuo Consentimiento, toda vez que de autos se desprende que los promoventes contrajeron matrimonio el día dos de diciembre de mil novecientos noventa y tres, ante la fe del Oficial del Registro Civil de esta ciudad, tal como se justifica con la copia certificada del acta de matrimonio que obra a foja cuatro del sumario. Con la documental en mención, se actualiza la hipótesis comprendida en lo dispuesto por el artículo 410 del Código de Procedimientos Civiles, en virtud de que el Divorcio por Mutuo Consentimiento sólo puede instarse hasta un año después de la celebración del matrimonio cuya disolución se pretende, del mismo modo, se cumplimentan los elementos establecidos para las actas de matrimonio especificados por el artículo 99 del Código Civil, toda vez que constan los nombres, apellidos, edad, nacionalidad, ocupación, domicilio y lugar de nacimiento de los contrayentes; los nombres de los padres de éstos, así como que no hubo impedimento para el matrimonio y la manifestación de los cónyuges de que contraen matrimonio bajo el régimen de Sociedad Conyugal. Por otra parte, los solicitantes, ofrecen copias certificadas de sus partidas de nacimiento, las cuales se localizan a fojas diecisiete y dieciocho, a fin de probar que ambos son mayores de edad de acuerdo a lo establecido por el artículo 621 del Código Civil. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Por otra parte, los comparecientes aseveran que durante su matrimonio procrearon tres hijos de nombres LUIS CARLOS, DIANA KARINA y LAURA LIZETH de apellidos XY, quienes nacieron los días treinta de enero de mil novecientos noventa y cuatro, quince de junio de mil novecientos noventa y cinco, y dieciocho de diciembre de dos mil nueve, respectivamente, para lo cual exhibieron copia certificada de sus actas de nacimiento que obran visibles de la foja cinco a siete del sumario, documentales con las que se confirma la filiación existente entre los antes mencionados con respecto a sus padres, en los términos previstos por los artículos 301 y 317 del Código Civil, así como la minoría de edad de LAURA LIZETH XY. Documentales públicas, todas las antes señaladas, a las que se les confiere eficacia convictiva plena de acuerdo a lo previsto por los artículos 51 del Código Civil y 279 fracción II, 310 fracción IV y 380 del Código de Procedimientos Civiles. - - - - - - - - - - - - - De igual manera, mediante escrito de solicitud de divorcio recibido en este Tribunal el veintitrés de octubre de dos mil quince, los promoventes manifestaron que durante su matrimonio no adquirieron bienes, por lo que, no existe controversia alguna al respecto. - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - III.- Asimismo, en cumplimiento a lo requerido por el precepto 412 del propio Código Procesal, los señores LUISA ELISA Y y CARLOS X se presentaron ante este Tribunal los días veinticuatro y veintisiete de noviembre  de dos mil quince, respectivamente, a efecto de ratificar plenamente su solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, así como el convenio inmerso en la misma, y declaran que reconocen las firmas que calzan en tal promoción por ser puestas de su puño y letra, que son las que utilizan en todos sus actos ya sea públicos o privados, dándole autenticidad a dicho acuerdo de voluntades que los promoventes sujetaron a las cláusulas que a la letra dicen:- - - - - - - - - - - - “PRIMERA.- EN CUANTO A LA GUARDA Y CUSTODIA DE LAURA "LIZETH XY, AMBOS CONVENIMOS EN QUE LA "EJERZA LA MADRE, ES DECIR LA C. LUISA ELISA X "Y (sic) Y SEÑALA COMO SU DOMICILIO PERSONAL EL QUE "SE UBICA EN LA CALLE MEXICO (sic) XX NUMERO (sic) 1006 DE LA "COLONIA D, EN ESTA CIUDAD. SEGUNDA.- RELATIVO "A LA PATRIA POTESTAD AMBOS PADRES LA CONSERVAN SOBRE "SU MENOR HIJO. TERCERA.- CON RESPECTO A LA PENSIÓN "ALIMENTICIA DE NUESTRA MENOR HIJA, EL C. CARLOS BASILIO "X (sic) SE COMPROMETE A APORTAR "SEMANALMENTE LA CANTIDAD DE $300.00 TRECIENTOS (sic) "PESOS. CUARTA.- LAS PARTES CONVIENEN EN QUE EL PADRE DEL "MENOR, C. CARLOS BASILIO X (sic), PODRÁ "VISITAR A SU HIJA LAURA LIZETH XY, LLEVARLO "DE PASEO, LOS FINES DE SEMANA, Y EN PERIODOS "VACACIONALES, AMBAS PARTES CONVENDRÁN EN EL TIEMPO DE "DÍAS Y HORAS, EN QUE DEBAN EL MENOR PERMANECER CON "CADA UNO DE LOS PADRES, DE ESTA MISMA FORMA LA C. ELISA "(sic) ELISA Y (sic), SE OBLIGA A "CUMPLIRLO, DE IGUAL FORMA ESTÁN AUTORIZADAS AMBAS "PARTES, PARA VIAJAR EN COMPAÑÍA DEL MENOR ALUDIDO, "DENTRO Y FUERA DE LA REPUBLICA (sic) MEXICANA, Y DEL PAIS "(sic), PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE LA PARTE "CONTRARIA. QUINTA.- RELATIVO A LOS HORARIOS DE VISITA Y "CONVIVENCIA DEL C. CARLOS BASILIO X (sic), "PARA CON LA MENOR LAURA LIZETH XY, ESTOS, "NO AFECTARAN DE NINGUNA FORMA SUS DEBERES ESCOLARES, "NORMALES Y/O EXTRAORDINARIOS.” - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Cabe precisar que mediante auto de radicación de fecha treinta de octubre de dos mil quince, se previno a los solicitantes a efecto de que manifestaran los mecanismos mediante los cuales se iría incrementando la pensión alimenticia pactada en el convenio de marras, conforme a lo estipulado por el artículo 286 del Código Civil del Estado, para lo cual a efecto de dar cumplimiento a dicha prevención, mediante comparecencias de fechas veinticuatro y veintisiete de noviembre  de dos mil quince, los promoventes

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (14.7 Kb)   pdf (197.8 Kb)   docx (11.5 Kb)  
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com