Soberania Del Estado Venezolano En El Exterior
vickiespe30 de Octubre de 2013
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DESARROLLO
1. Diplomacia
La diplomacia es la ciencia que estudia las relaciones y los intereses de unas naciones con otras.
2. derecho internacional del derecho
Puede definirse como el conjunto de normas jurídicas y principios que las jerarquizan y coordinan coherentemente. Estas están destinadas a regular las relaciones externas entre, sujetos soberanos, los Estados, y otros sujetos, a los cuales también se les confiere calidad de sujetos de derecho internacional. El propósito es armonizar sus relaciones, construyendo un ideal de justicia mutuamente acordado por ellos, en un marco de certeza y seguridad que permita realizarla.
3. Embajada
La noción de embajada se utiliza para nombrar al cargo, residencia y oficina del embajador (el diplomático que representa a un Estado en un país extranjero). La plantilla de empleados que el embajador tiene a cargo, incluyendo a las personas de su comitiva oficial, también se conoce como embajada.
4. Cónsul
Persona nombrada por un gobierno para proteger los intereses del país y de sus ciudadanos en un Estado extranjero
5. Cuerpo diplomático y consular
Cuerpo Diplomático y Representaciones en Organismos Internacionales acreditados ante el Gobierno Nacional y Embajadas, Consulados .Cuerpo Consular, son de las embajadas. las relaciones diplomáticas y consulares están unidas por un perfil externo común. Ante todo las relaciones diplomáticas y consulares van a establecerse y llevarse acabo por el órgano que, autorizado por el derecho interno, cumple la función de dirección política exterior del país.
El personal que se ocupa de las relaciones diplomáticas y consulares, en su nivel más alto, va a estar unido administrativamente (es decir, juntos diplomáticos y consulares).
Las relaciones diplomáticas y consulares presentan analogías porque ambas son un sistema relaciones internacionales basadas en acuerdos entre sujetos de derecho internacional público y regido dicho acuerdo también por el derecho internacional público.
Estas relaciones diplomáticas y consulares gozan de una serie de inmunidades, privilegios, prerrogativas y facilidades diversas conceden el status diplomático.
6. derecho de legación
Derecho que tiene el estado de nombrar y recibir funcionarios diplomáticos. El derecho de legación es activo cuando el Estado nombra representantes, y es pasivo cuando los recibe. Las Embajadas se reservaban para las grandes potencias y las legaciones para las pequeñas. Venezuela tiene establecidas embajadas en todo el continente americano.
7. Diplomático
Es un funcionario público, sea de carrera o por designación política, que ejerce la representación del Estado en las relaciones internacionales.
Las funciones básicas de un diplomático son la representación del Estado al que pertenece, la negociación y la información.
Esta profesión puede ejercerla en una misión diplomática o consular, ante un organismo internacional, en el Ministerio de Relaciones Exteriores al que pertenece o destacada ante cualquier repartición estatal en el interior de su país.
8. Inmunidad diplomática
La inmunidad diplomática se refiere a los beneficios de inmunidad o inviolabilidad que goza un diplomático sobre su persona y el país en donde reside y se desempeña oficialmente, la exención de impuestos y de la jurisdicción civil y criminal respecto con los tribunales locales.
Estos beneficios fueron convenidos históricamente en reconocimiento a que el diplomático representa a una soberanía diferente y que el ejercicio legítimo de sus funciones no le será innecesariamente impedido.
La inmunidad Diplomática está regulada por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961.
La Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1964,
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