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Sociedad Mercantil


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  338 Palabras (2 Páginas)  •  142 Visitas

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PROCEDIMIENTO CONSTITUTIVO DE LA SOCIEDAD MERCANTIL

Organización e inscripción de sociedades en Guatemala:

Autorización de la escritura pública por el Notario, debiendo cumplir con lo establecido en los artículos 1730 del Código de Constitucionalidad, 46 del Código Notarial y todos aquellos del Código de Comercio que prevén lo que debe constar en el contrato social.

Dentro del mes siguiente a la fecha en que se autoriza el contrato de sociedad, debe presentarse el testimonio al Registro Mercantil, solicitando la inscripción de la sociedad. Si la escritura cumple con los requisitos legales, el Registrador Mercantil hace una inscripción provisional y ordena que se publiquen edictos en el Diario Oficial y otro de mayor circulación, por tres veces dentro de un mes y a costa del solicitante, haciendo saber al público un resumen de la sociedad que se pretende registrar.

Quince días después de la última publicación, si no hubiere objeción de terceros, se ordena la inscripción definitiva, con efecto retroactivo a la fecha de la inscripción provisional.

Inscrita definitivamente la sociedad, es razonado el testimonio y se extiende la patente de comercio por parte del registrador.

Inscripción de sociedades extranjeras:

Solicitud de autorización que se presenta al Registro Mercantil, acompañando la documentación requerida por el artículo 215 del Código de Comercio. Calificación de la legalidad de la documentación y si no hay contravención a la ley guatemalteca, se ordenan las publicaciones correspondientes. No se hace inscripción provisional. Concedida la autorización, regresa al Registro Mercantil procediéndose a su inscripción y extensión de la patente de comercio.

Inscripción de sociedades extranjeras para operaciones temporales:

Solicitud de autorización para operaciones temporales que se presenta al Registro Mercantil. Publicación de un aviso de la solicitud en el Diario Oficial y otro de mayor circulación. El ejecutivo resuelve, por medio del Registro Mercantil autorizando las operaciones temporales, siempre que se haya cumplido con probar la existencia legal de la sociedad en el país de origen, de haber constituido mandatario y constituir el capital adecuado para responder de sus operaciones (Artículo 215, inciso 1º, 4º y 5º.)

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