ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SOCIEDADES MERCANTILES


Enviado por   •  5 de Mayo de 2015  •  1.058 Palabras (5 Páginas)  •  164 Visitas

Página 1 de 5

SOCIEDADES MERCANTILES

Las sociedades mercantiles o civiles han sido creadas en virtud de las limitaciones que posee una persona en lo particular para realizar actividades físicas, Biológicas, económicas, políticas, etcétera. Esto obligó al hombre al agrupamiento Con la finalidad de lograr alcanzar y realizar objetivos que por sí sólo no podría Obtener. Esto ocasionó que el creador del derecho legislara para concebir una figura Jurídica ficticia que contemplara ese tipo de vinculación y agrupación colectiva encaminada a satisfacer las necesidades de sus integrantes relacionadas con los actos que regula el derecho. A esa entidad se le dio el nombre de “Persona Moral”.

Clasificación de las sociedades mercantiles.

Cuando se habla de clasificación de sociedades mercantiles o de cualquier otra cosa, se está haciendo alusión directa a los tipos de sociedades que la doctrina y la teoría del derecho mercantil ya establecido, en otras palabras, a un fenómeno de disciplina normativa, en contraposición a los negocios de carácter atípicos, que son los que la ley no los regula por lo que las partes son su fuente de generación y origen; en base a la libertad de contratar que les otorga la norma constitucional. desde el punto de vista de la Ley General de Sociedades Mercantiles, las sociedades de este tipo que están reguladas en su creación, funcionamiento, conformación y extinción son las siguientes: “Artículo 1o.- Esta Ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles.

I.- Sociedad en nombre colectivo;

II.- Sociedad en comandita simple;

III.- Sociedad de responsabilidad limitada;

IV.- Sociedad anónima;

V.- Sociedad en comandita por acciones, y

VI.- Sociedad cooperativa. Cualquiera de las sociedades a que se refieren las fracciones I a V de este artículo podrá constituirse como sociedad de capital variable, observándose A su vez el artículo 4º del citado cuerpo de normas que regula las sociedades mercantiles dice: Se reputarán mercantiles todas las sociedades que se constituyan en alguna de las formas reconocidas en el artículo 1º de esta Ley.” De esto se infiere que la creación y existencia de las sociedades mercantiles en el sistema jurídico mexicano están sujetas a la tipicidad de la ley, esto es, que no hay posibilidad alguna de que se puedan crean sociedades atípicas. Son sociedades mercantiles, tanto las que se constituyen con esta finalidad especulativa –criterio de naturaleza causal y finalista- como aquellas que adopten la forma de cualquiera de las sociedades que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles

Los tipos de sociedades en el artículo 1º de la Ley de Sociedades Mercantiles.

a) Sociedad en nombre colectivo.

Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales. Las cláusulas del contrato de sociedad que supriman la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios, no producirán efecto alguno legal con relación a terceros; pero los socios pueden estipular que la responsabilidad de alguno o algunos de ellos se limite a una porción o cuota determinada

b) Sociedad en comandita simple.

Sociedad en comandita simple es la que existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios, que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones

b) Sociedad de responsabilidad limitada.

Es aquella sociedad que se constituye entre socios que solamente están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan estar representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues sólo serán cedibles de conformidad con pasos y requisitos que establece la Ley General de Sociedades Mercantiles. c) Sociedad anónima.

Por esta se entiende, la sociedad que existe bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus acciones. Su denominación será libre, pero siempre diferente al nombre de las ya existentes al momento de la constitución. A ese nombre social siempre le seguirán las palabras “Sociedad Anónima” o de su abreviatura “S.A.”

d) Sociedad de comandita por acciones.

Es la sociedad en comandita por acciones, es la que se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que únicamente están obligados al pago de sus acciones. e) De la sociedad cooperativa

Es aquella sociedad que representa una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios

Cualquiera que sea la sociedad mercantil que se constituya, deberá de satisfacer las exigencias que señala la Ley General de Sociedades Mercantiles para su conformación en particular, pero además, ciertos requisitos.

a) Sociedad en nombre colectivo.

El contrato social no podrá modificarse sin el consentimiento unánime de los socios, a menos que pueda acordarse la modificación por la mayoría de ellos

b) Sociedad por comandita simple.

La razón social que se hará constar al momento de la constitución de la sociedad, se formará con los nombres de uno o más comanditados, seguidos de las palabras “y compañía” u otros equivalentes, cuando en ella no figuren los nombres de todos. A la razón social se agregarán siempre las palabras “Sociedad en Comandita” o su abreviatura “S. en C”.

c) Sociedad de responsabilidad limitada.

La constitución de las sociedades de responsabilidad limitada o el aumento de su capital social, no podrá llevarse a cabo mediante suscripción pública. Al constituirse la sociedad el capital deberá estar íntegramente suscrito y exhibido, por lo menos, el cincuenta por ciento del valor de cada parte social. Para la cesión de partes sociales, así como para la admisión de nuevos socios, bastará el consentimiento de los socios que representen la mayoría del capital social, excepto cuando los estatutos dispongan una proporción mayor

c) Sociedad anónima. La sociedad anónima puede constituirse por la comparecencia ante Notario, de las personas que otorguen la escritura social, o por suscripción pública. La escritura que formula el Notario Público debe de satisfacer determinados requisitos.

e) Sociedad de comandita por acciones.

La sociedad en comandita por acciones se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo los siguientes: El capital social estará dividido en acciones y no podrán cederse sin el consentimiento de la totalidad de los comanditados y el de las dos terceras partes de los comanditarios

...

Descargar como  txt (6.9 Kb)  
Leer 4 páginas más »
txt