Supremacía Constitucional
Magdiel313 de Marzo de 2013
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La Supremacía constitucional consiste en los principios que rigen la justicia, según los cuales la Constitución es la norma de mayor jerarquía y cuya vigencia se logra a través de su capacidad reguladora en la vida histórica de la nación y sólo puede tener eficacia siempre y cuando sea garantizada jurisdiccionalmente.
Para la justicia constitucional, el enunciado que constituye su fundamento legal en nuestro ordenamiento jurídico es el artículo 7, que recoge los principios de supremacía y fuerza normativa de la Constitución”, Art 7: “La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución”.
La supremacía de la constitución a su vez contiene consigo un estado de rigidez ya que solo puede ser modificada por dos mecanismos establecidos en su contenido que son la reforma que nos permite modificar, cambiar, o adicionar artículos o capítulos de la norma suprema o toda la norma si es necesario y la enmienda que permite modificar solo artículos de la misma.
La supremacía de la constitución tiene dos sentidos. En un sentido fáctico, propio de la constitución material, significa que dicha constitución o derecho constitucional material es el fundamento y la base de todo el orden jurídico-político de un país; pero el sentido con el que se utiliza la noción de supremacía constitucional es otro: apunta a la noción de que la constitución formal, revestida de supe legalidad, obliga a que las normas y los actos estatales y privados se ajusten a ella. Ello envuelve una formulación de deber-ser; todo el orden jurídico-político del estado debe ser congruente o compatible con la constitución formal.
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