Teoria General Del Derecho
jesusgodoy5 de Febrero de 2012
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Introducción.
En el desarrollo de una adecuada teoría general del derecho, deben estar presentes y ser considerados aquellos elementos fundaménteles, que posibilitan contar con un marco integral de referencia y análisis, por lo tanto, es importante partir del principio y fundamento, que origina y desarrolla el tema en cuestión y en ese principio, afloran el concepto de teoría y el de derecho y para abundar en el contenido, se complementa con la generalidad, (es decir, una teoría general del derecho) tenemos entonces que el derecho se refiere a su vez a lo que es justo y de acuerdo con el significado y origen mismo de la palabra derecho, que proviene del latín y que es un equivalente a recto, lo que marca un punto de equilibrio para determinar la justicia.
Desarrollo.
El concepto de teoría, significa la conformación de un sistema con una doble característica, es decir, Lógico y Deductivo, el que a su vez se encuentra conformado por una serie de hipótesis. En términos generales, las teorías nos permiten el desarrollo definición y practica de modelos científicos y en este sentido, una teoría general del derecho, esta orientada según los elementos analizadas hasta el momento, a fundamentar y representar a una ciencia jurídica, que en este caso, se trata de la ciencia que se encarga de implementar los sistemas y ordenamientos jurídicos, que permiten la organización de las sociedades, a través de la regulación de las conductas humanas.
Conclusión.
La teoría del derecho al igual que otras tantas teorías, ejemplo: sociológicas, antropológicas y psicológicas, teorías descriptivas, analíticas o conceptuales, prescriptivas, normativas o críticas, resultan indispensables para el desarrollo de las ciencias, la teoría es el resultado de un método científico, que permite postular diferentes hipótesis, que al igual son producto del pensamiento de aquellos personajes, que se ocupan de una materia en particular y significa una herramienta y recurso necesario, incluso para el ordenamiento universal, es decir, desde el mismo seno familiar, hasta los pequeños núcleos sociales, los pueblos, las regiones y los países, se han visto beneficiados y han logrado una relación mas armónica y de respeto, en base a las normas emanadas del derecho, el que ha su vez ha sido factible gracias a la teoría general del derecho.
Apreciación personal.
Desde mi particular punto de vista, considero que la teoría del derecho, ya desde su primera postulación, encerraba una esencia y fundamento, es decir, que no obstante, como es de suponerse ha experimentado cambios, a lo largo de la historia, para conformar lo que ahora entendemos por teoría general del derecho, ha sufrido modificaciones, criticas y hasta ataques, algo que es lógico y entendible, en virtud de que el pensamiento evoluciona, así como lo exige el cambio y comportamiento humano, de tal forma, que para que existiera un sistema y ordenamiento jurídico como el que ahora tenemos, debió de existir necesariamente la teoría del derecho y debieron existir pensadores, y por supuesto materia de estudio, que desafortunadamente en este caso la materia era y sigue siendo humana, es decir los errores que han afectado a la humanidad, para que el ser humano lograra sobrevivir en una atmosfera de respeto y libertad, aun no esta culminada y la teoría general del derecho deberá en consecuencia, seguir cambiando, seguir proponiendo modelos que se ajusten a los complejísimos tiempos de violencia, anarquía e indiferencia por la vida humana, hasta lograr un sistema jurídico, compatible o que represente un elemento de equilibrio para las sociedades modernas, pero complejas en sus relaciones humanas y sociales.
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