Tratados Internacionales
zepelin197428 de Junio de 2014
3.090 Palabras (13 Páginas)201 Visitas
Organismos internacionales
Se entiende por organismo internacional aquella organización sujeta al derecho público internacional, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, formada por acuerdo de distintos Estados para tratar aspectos que les son comunes.
Los organismos internacionales pueden ser de muy diversos tipos. Una clasificación sobre los mismos establece las diferencias:
En función de su duración:
Permanentes:
Que son creados sin fijar un plazo para la finalización de su mandato. (ONU)
No permanentes:
Que son aquellos a los que se establece un cometido específico para una duración determinada en el tiempo, transcurrido el cual dejan de existir.
Por sus competencias:
Plenos:
Que son aquellos que tienen plena capacidad de acción sobre las materias delegadas por los Estados que los crearon y que pueden adoptar resoluciones a cuyo cumplimiento están obligadas las partes. (Unión Europea)
Semiplenos:
Que son aquellos que, aún teniendo plena capacidad, requieren para adoptar resoluciones vinculantes, la decisión preceptiva previa a cada acto de los miembros que lo componen. (OPEP)
De consulta:
Cuyas resoluciones no son vinculantes y que pertenecen al ámbito del estudio reflexión. (OCDE)
Por razón de la materia, según sean las cuestiones que traten:
Económicas, culturales, y otras.
Por su composición:
Puros:
Los integrados sólo por Estados soberanos. (Tribunal Penal Internacional)
Mixtos:
En los que, además de los Estados, con voz y, en algunos casos voto, se integran otras instituciones públicas (municipios, provincias, Comunidades Autónomas, Estados Federados, etc). (UNESCO)
Integrados:
En los que participan Estados y otros organismos internacionales. (FMI)
Autónomos:
Sólo compuestos por organismos internacionales previamente existente
Tratados Internacionales
Si se busca en el diccionario el término tratado se podrá encontrar la siguiente definición: "convenio entre dos o mas partes" (gobiernos, empresas, etc.).
Si bien es bueno saber cual es la definición, en este caso lo más importante es determinar cual es su función.
Si se toma como punto de partida al tratado como sinónimo de pacto o acuerdo es necesario establecer porque se realizan los tratados, cuales son sus integrantes, que normas se deben tener en cuenta para su confección, quien/es esta/n a cargo de su cumplimiento, los distintos tipos de interpretaciones que tienen y varios interrogantes más que trataremos de disipar en este trabajo para así entender como y porque los diferentes actores internacionales optan por este medio de resolución.
Cabe destacar que los tratados se vinculan con compromisos, solidaridad, intereses, derechos y obligaciones entre las diferentes partes y que son vitales para el desarrollo y el progreso de la Comunidad Internacional, considerando de esta manera imprescindible su existencia.
Los temas que pueden tratarse o discutirse son amplios, es por esta razón que encontramos acuerdos en los órdenes políticos, económicos y sociales entre otros. Estos documentos pueden utilizarse para establecer acuerdos o coincidencia de opiniones entre distintos actores, para cooperar o recibir ayuda, para marcar límites o ampliar derechos, para adjudicar responsabilidades o trabajar en conjunto, etc. Cabe destacar la importancia de los aspectos históricos, vale decir, la ideología que mantiene un Estado; el tratado no debe ir, en ningún aspecto, en contra de la misma, ya que, de ser así, la parte afectada deberá rehusarse a firmar y ratificar el acuerdo. Otro de los puntos que cabe destacar es la posible disidencia existente en la interpretación de los acuerdos. Esto significa que se debe comprender la totalidad del texto por ambas partes (o la cantidad de partes firmantes) antes de su ratificación. Si algún término, oración, frase o párrafo presentara más de una interpretación posible se estaría frente a un problema que puede llegar a requerir la intervención de la Corte Internacional de Justicia. Por ello es fundamental que en la redacción y confección del tratado no queden elementos que alimenten la incertidumbre de las partes firmantes.
La idea del apartado denominado "Tratados Internacionales" es que el lector llegue a comprender la importancia de los mismos en la Comunidad Internacional, se da por sabido que ésta incluya a países en vías de desarrollo, países desarrollados, potencias, así como también a empresas transnacionales, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales y la totalidad de actores del Sistema Internacional, y comprender , además, cuales son los requisitos para su confección, los puntos a tener en cuenta y observar distintos ejemplos que sirvan como guía en este arduo trabajo de compartir intereses u objetivos en un mundo tan distinto y cambiante como es el actual y del cual todos somos parte.
Definición:
Si se toma en cuenta la definición tradicional del Derecho Internacional se debería presentar como "un acuerdo entre dos o más partes", pero, en la actualidad, este concepto debe ser ampliado. Es así que llamamos tratados internacionales a "los acuerdos existentes entre dos o más sujetos del Derecho Internacional". Estos pueden ser tanto Estados como organizaciones internacionales.
Cabe destacar que para definir completamente el término se debe conocer cuales son las intenciones, derechos y obligaciones que se desean ratificar a través de estos documentos.
Cada país tiene sus propias normas de derecho interno que regulan la jurisdicción internacional en sus casos multinacionales, el derecho aplicable a estos casos y el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras se encuentra estrechamente relacionado con la definición de tratado internacional.
Tipos de Tratados:
- Bilaterales: Son aquellos tratados que se realizan entre dos actores del sistema.
- Multilaterales: Son aquellos que se realizan entre más de dos actores del sistema. Estos están sujetos a reglas especiales con respecto a la entrada en vigor y a las reservas, el acceso de otras partes, y su aplicación y terminación.
- Colectivos: Son firmados por un número importante de actores, abiertos a la adhesión de otros y destinados a establecer reglas generales aplicables con independencia del número o importancia política de las partes.
- Simplificados: Poseen un procedimiento simplificado para su celebración generalmente porque presenta dificultades constitucionales pero se hacen por conveniencia técnica o administrativa.
- Índole contractual: Son aquellas que rigen relaciones mutuas entre las partes.
- Matices o aspectos de leyes: Son aquellos que fijan leyes generales e imponen obligaciones reciprocas a las partes.
- Localizados: Tienen el efecto legal de conferir al territorio en disputa una condición legal que se pretende sea permanente y que es independiente de la personalidad del Estado que ejerce la soberanía. Regulan límites territoriales, establecen regímenes ribereños y crean obligaciones similares a las servidumbres.
- No localizados: Contrato que solo pueden cumplirse personalmente. Su validez continuada depende de la existencia continuada de las partes contratantes. Pueden ser bilaterales como los de comercio y navegación o multilaterales como la Carta de Naciones Unidas.
Esos dos últimos tipos de tratados ligan a la persona del estado que los concierta o que accede a ellos. Todos estos tipos de tratados deben cumplirse de buena fe (principio de la Carta de la ONU) que se expresa literalmente como "los tratados deben ser cumplidos" mediante el pacta sunt servanda. Todas las reglas establecidas en los tratados dependen de esta norma de tal manera que si esta se deshecha toda la superestructura del derecho internacional contemporáneo se desplomaría. Es por estas razones que de buena fe se refiere a que no se le agrega nada al pacta sunt servanda.
Propósitos de los tratados internacionales:
Son diversos los propósitos de los tratados internacionales. Pueden ser: compensaciones por pérdidas derivadas de la guerra, conflictos armados, revoluciones, estados de emergencia y desastres naturales, entre otros.
En estos supuestos los tratados bilaterales de inversiones no proveen un derecho absoluto en la compensación. Este derecho tampoco podría devenirse del Derecho Internacional, a menos que el Estado receptor haya sido responsable por no haber tomado razonables medidas para proteger la inversión, de acuerdo a la regla general de la debida diligencia, sino que aseguran que los inversores serán tratados de una manera no menos favorable que el acordado a los inversores nacionales o a los de la nación mas favorecida.
Cabe destacar que gran cantidad de propósitos están estrechamente relacionados con los Derechos Humanos, o que son guía de confección de los mismos, o al menos deberían serlo.
Con el transcurso del tiempo, y sobre todo, a partir de la segunda mitad del siglo XX, algunos organismos internacionales se preocuparon por comprometer a la mayor parte de los Estados, a través de la firma y adhesión a declaraciones y pactos con la lucha por los Derechos Humanos. Todos estos documentos tienen como principal preocupación el cumplimiento de los derechos que tienden no solo a la preservación y respeto de la vida humana, sino además a garantizar mejores condiciones de vida para todos los seres que habiten
...