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Tribunal Distribuidor del Municipio Urdaneta y Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave

yessikafernandezResumen7 de Noviembre de 2015

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NOTA cambiar los datos si el terreno es municipal

Ciudadano: Juez Distribuidor del Municipio Cristóbal Rojas.

Tribunal Distribuidor del Municipio Urdaneta y Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Charallave.

Su Despacho.-

Yo, MARIA TERESA ABREU INFANTE, venezolana, mayor de edad,  estado civil soltera, de este domicilio, hábil en derecho y portadora de la cédula de identidad Nº V- 2.981.093, debidamente asistida por la Doctora Niurka M Castro, abogado en ejercicio y debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 219.152,  ocurro ante usted con el debido respeto para exponer: Sobre un terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI). Según se evidencia en el documento registrado ante la Oficina Subalterna de Registro de los Municipios Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda  Nº 45, Folios 318/322,  Protocolo 1, Tomo 4 de fecha 06/ 11/ 1985. El cual se encuentra ubicado en la Calle Felipa Toro, Sector La Fila, Parroquia Cúa, Municipio Urdaneta, Estado Miranda. De acuerdo a la Aclaratoria de Medidas y Linderos realizada por la Dirección de Catastro Municipal, el mismo tiene una superficie de ciento diez coma treinta y nueve metros cuadrados (110, 39 mts2).  Dentro de los siguientes linderos, NORTE: Línea recta que mide 6,80 mts, con Calle Felipa Toro, SUR: Línea recta que mide 5,50 mts, con terreno improductivo,  ESTE: En una línea recta que mide 17,95 mts, con casa  que es o fue de la Familia Toro, OESTE: Línea recta que mide 17, 95 mts, con casa que es o fue de Nelson Bernal, he construido una bienhechuría que posee  un área de construcción de treinta y tres coma sesenta y cuatro metros cuadrados (33, 64 mts2), con techo de platabanda y otra de  treinta y seis coma cincuenta y cuatro metros cuadrados (36,54 mts2), con techo de zinc, constituida por una (01) vivienda como asiento principal de mi grupo familiar la cual cuenta con las siguientes características:  Paredes de bloque  frisado, pisos de cemento, sala, comedor, cocina, un (01) baño, dos (02) dormitorios, lavandero y un patio trasero de platabanda, dos (02) puertas de hierro, cuatro (04) ventanas de hierro, servicios de aguas blanca y aguas negras, luz eléctrica, en la que he invertido aproximadamente la cantidad de

CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (180.000,00 Bs), siendo el caso Ciudadano Juez que no poseo ningún instrumento legal que compruebe y justifique mi legitima propiedad sobre la construcción realizada con dinero de mi propio peculio amparando el capital invertido. En virtud de lo antes planteado  ocurro ante su competente autoridad para promover un Justificativo de Perpetua Memoria (Titulo Supletorio),  y a tal efecto ruego que Usted, previo requerimiento de Ley, interrogué a los testigos que oportunamente presentaré ante su despacho, con el fin de que declaren al tenor del siguiente interrogatorio----------------------------------------

PRIMERO: Si me conocen suficientemente de vista, trato y comunicación desde  hace varios años.-----------------------------------------------------------------------------

SEGUNDO: Si  por ese conocimiento que dicen tener de mi persona, saben y les consta que la bienhechuría construida por mi persona fue hecha con dinero de mi propio peculio, habiendo pagado por los materiales que se utilizaron y por la mano de obra, en dinero en efectivo y no quedando a deber a ninguna persona natural o jurídica por este concepto.-----------------------------------------------------------------

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