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UBUNTU.


Enviado por   •  8 de Agosto de 2013  •  Síntesis  •  1.028 Palabras (5 Páginas)  •  233 Visitas

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Si bien es cierto uno de los aspectos y temas más complicados de entender para la ciudadanía colombiana es lo que tiene que ver con las leyes, los decretos, los acuerdos y demás referentes que logran involucrarnos en los diferentes procesos que se ejercen en los mandatos constitucionales sobre la función pública. De esta manera es de vital importancia tener en cuenta algunas de las leyes y decretos que atribuyen a ciertas funciones y obligaciones que tienen las personas que trabajan en algún sector público y que de alguna manera desconocen la importancia de estas para el cumplimiento de cada una de las funciones otorgadas y requeridas en cada cargo y desconocen la forma en que están los benefician.

Por ello se enfatizará en la ley 909 de 2004 (normas que regulan el empleo público, la carrera administrativa y gerencia pública) el Decreto 1567 de 1998, el Decreto 1227 de 2005 y el Acuerdo 137 de 2010.

Para lograr tener un concepto claro sobre esta ley es necesario mencionar el objeto principal que tiene esta dentro de la función pública, por ello es necesario saber que: “La presente ley tiene por objeto la regulación del sistema de empleo público y el establecimiento de los principios básicos que deben regular el ejercicio de la gerencia pública. Quienes prestan servicios personales remunerados, con vinculación legal y reglamentaria, en los organismos y entidades de la administración pública, conforman la función pública. En desarrollo de sus funciones y en el cumplimiento de sus diferentes cometidos, la función pública asegurará la atención y satisfacción de los intereses generales de la comunidad.” (Alcaldia de Bogotá, 2004). Teniendo en cuenta lo anteriormente mencionado, podría decirse que esta ley garantiza a cualquier ciudadano la oportunidad de acceder a cargos oficiales.

¿Será que esta ley si se cumple realmente con lo que tiene establecido ante el país? ¿Será cierto que cualquier colombiano tiene la oportunidad de ingresar a trabajar en cargos oficiales?; quizá estas son una de las preguntas que nosotros habitualmente nos hacemos, sabiendo las muchas garantías y beneficios que esta ley nos brinda; pero es claro que somos muchos los colombianos que pensamos que ingresar a trabajar en alguna rama de función pública es algo casi que imposible, inclusive creemos que para lograrlo debemos contar con una persona influyente que pueda involucrarnos, o más conocido como “palanca”.

Adicional a ello cabe mencionar los diferentes principios por los cuales está regida la ley 909, los cuales están divididos en: 1. Mandatos constitucionales de moralidad, igualdad, celeridad, trasparencia, mérito, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, economía y publicidad; 2. Proceso de selección del personal fundamentado en el mérito y 3. La función Pública que debe estar orientada hacia la prestación adecuada del servicio y a la satisfacción del bien común. De igual forma es importante saber que existen dos tipos de funcionarios, los de carrera administrativa y los de libre nombramiento y remoción.

Estas dos denominaciones son definidas de la siguiente manera “en cuanto a los cargos de libre nombramiento y remoción existe una subcategoría denominada de gerencia pública, que implica responsabilidad directiva. En cuanto a la carrera administrativa, se estableció que es un sistema técnico para administrar el personal que trabaja en el Estado” (Universidad del Rosario). De esta manera se logra evidenciar que las personas que buscan ser parte de actividades publicas, deben hacerlo atraves de un ingreso, permanencia y ascensos, que se dan por medio de los meritos que cada uno tenga, atraves de un seguimiento de selección, el cual se da por medio de un concurso dado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Me parece interesante el hecho de crear este tipo de concursos, ya que permite que todas las personas tengan las mismas oportunidades, y se reflejen verdaderamente los conocimientos de cada participante, lo cual hace que las personas interesadas se sientan a igualdad de condiciones independientemente del nivel de conocimiento que cada una posea.

Sin embrago la ley menciona que cuando el concurso no se ha ofertado o cuando el titular del cargo este presentando una situación de tipo administrativo que le esté impidiendo el cumplimiento de sus funciones, se logran ocupar ciertos cargos de carrera por un periodo llamado provisionalidad. La permanencia se logra cuando los funcionarios demuestran un rendimiento apto, dependiendo de cuatro aspectos fundamentales: el mérito, la evaluación, el cumplimiento y la promoción del bien general y a través de los resultados de la evaluación de desempeño, ya que si sus resultados son negativos, será retirado de la carrera administrativa.

Teniendo en cuenta el análisis anterior, traigo a colación el Decreto 1567 de 1998 el cual “regula el ingreso al servicio público en los empleos de carrera de las entidades y organismos a los cuales se aplica la Ley 443 de 1998, la permanencia en ellos y el retiro del servicio” (Alcaldia de Bogotá, 1998). Este decreto trata principlamnete del sistema de capacitacion que existe para los empleados del estado, con el proposito de obtener una mayor capacidad de aprendizaje, buscando mayor eficiencia y eficacia de la administracion, a traves de una coordinacion pertinente y un crterio apto para conseguirlo.

Este decreto me parece muy importante, de hecho considero que si este fuera aplicable para las entidades privadas, el desempeño de las personas seria mas eficiente, puesto que el hecho de capacitar a las personas, independiemente del cargo, les genera mas seguridad y les aporta a sus conocimientos nuevas habilidades, lo que hace que su trabajo sea mas efectivo. Por ende mencionaré alguno de los objetivos que el decreto establece para tener mas claro la influencia que este tema trae para el cumplimiento de logros: “contribuir al mejoramiento institucional fortaleciendo la capacidad de sus entidades y organismos; promover el desarrollo integral del recurso humano y el financiamiento de una ética del servicio público; elevar el nivel de compromiso de los empleados con respecto a las políticas, los planes, los programas, los proyectos y los objetivos del Estado y de sus respectivas entidades” (Alcaldia de Bogota).

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